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Guarda legal menor

8 Comentarios
 
31/10/2012 09:01
Convenio de comercio y no dice nada al respecto, solo dice: bla, bla, bla...nada q especifique algo.

Quiero hacer 35h de lunes a sábado pero quisiera hacer una hora menos el sábado.

Sí cada semana es un turno aunque si ellos quieren te lo modifican, también hay gente que se ha tirado meses en un turno a conveniencia de la empresa pero sin acuerdo escrito alguno.

Los turnos cambian como ellos quieren, en princio hay 3 mañnana y 3 tarde variando en medias horas de inicio y salida más o menos pero ya te digo q lo pueden cambiar cuando quieran, a veces también cambian al personal de turno si lo necesitan de un día para el otro.

El cómputo de horas es semanal, de lunes a sáb se reparten 40, es decir, algunos días haces más o menos. Ejm; 7, 6.30, 6...

Ejemplo horario:

L: 7 A 14
M: 7.30 a 14
x: 7a 14
j: 7.30 a 14
v: 7a 14
s: 8a14


Le he propuesto a la empresa de todo, incluso q me trasladen de centro más cerca de casa, varios horarios pero nada. Me dicen q no a todo incluso a entrar antes en el de mañana y salir antes.

Las horas por lo q te entiendo, corrigeme si me equivoco, tienen q ser iguales cada día? No puedo quitarme más rato el sáb por ejemplo?

Disculpa mi falta de cultura si me explico mal.

Si demando saldré del juicio con una reducción y la concreción fijada aunque ganen ellos, o me quedaría a 40 horas y saldría del juicio sin concretar nada?

Es muy difícil todo esto. No paro de llorar y me comen los nervios, parece que sea muy mala por haber tenido un hijo y necesitar tb trabajar.
Perdona si me dejo algo, tengo la cabeza q me va a explotar

26/10/2012 00:56
Ok...yomisma...no pretendía ser desagradable, pero me daba la inmpresión de que bien no habías leido bien el post mio o igual yo no me expliqué. Además ahora das datos más concretos, que por ahi tenías que comenzar, para hacer más fácil la respuesta. Voy a intentar ser más clara:
1) Lo de antes de la reforma laboral, lo olvidamos, puesto que ahora ya no nos vale, como fuera antes no tiene sentido pensarlo pues ya no vale.

2) Lo siguiente que te recomiendo es que veas tu convenio colectivo puesto que éste puede mejorar lo dispuesto en el ET o concretar lo que dispone el art. 37.5 ET dentro de los límites permitidos, esto aclararía más cual es tu situación real, pues yo sólo puedo responderte con la ley. Si quieres puedes decir el convenio y sin problema intento mirarlo.

3) Luego sería interesante que dijeras cual es la reducción concreta que pretendes, nº de horas, que ya sabes que tiene que ser entre 1/8 y el 50% de la jornada.

4) Entiendo que trabajais en turno de mañana una semana y otra en turno de tarde. Si no es así específicalo.

5) Cual es el nº de horas al día que haceis...es decir, tu contrato pone 8 horas al día, 7, 6 etc...con independencia del turno o simplemente pone 40 horas semanales (o las que sean).

6) Voy a poner un ejemplo en el que tienes 7 horas de jornada diaria y reduces 2 horas diarias de jornada, y por ejemplo, partiendo de que el turno de mañana es de 7 a 14 horas (7 horas) y el turno de tarde es de 14 a 21 (7 horas). En este caso, partiendo de que tu jornada es de horas en turno de mañan y 7 en turno de tarde y que pretendes reducir 2 horas (es un ejemplo), las opciones serían:
-Turno de mañana, reducir 2 horas, bien al inicio o bien al final...bien trabajar de 9 a 14 o bien de 7 a 12...esto sería así de lunes a sábado.
-Turno de tarde, reducción de 2 horas, bien trabajar de 14 a 17 horas, o bien de 16 a 21..esto así de lunes a sábado.

Espero haberme explicado mejor con el ejemplo, tu reduces el nº de horas que quieres, yo puse de ejemplo 2 horas, y luego practicas la reducción al inicio o al final de la jornada de lunes a sábado igual, ya sea en el turno de mañana o en el de tarde.

Lo único que no me queda claro es si los horarios irregulares dentro de cada turno, es decir, si eso de entrar a las 7, 7.30 y 8...va por semanas rotándose o bien es como le cuadre a la empresa. Si no es un horario fijo en el que un día entres a una hora, luega a otra, y luego a otra....la empresa no puede imponerte unilateralmente el turno.
Tu no puedes decir quiere sólo trabajar en turno de mañana, pero si puedes concretar el horario al inicio o final de la jornada en el turno de mañana y lo mismo cuando te toque el turno de tarde.
La empresa tampoco puede reducirte el horario a su antojo, existen límites para las 2 partes.

Mira haber si entiendes mi ejemplo, y en todo caso, si quieres concretar más hay que ver lo que dice el convenio aplicable.

Si no me entendiste pregúntame las dudas, pero procura dar todos los datos sino es muy difícil dar una respuesta certera.
Y reitero que mi intención no era abroncarte ni ser desagradable, escribí corriendo pues pensé que no habías leido bien mi post anterior, pero si yo no me expliqué lo siento.
Ya me dices si te quedó más claro.
Saludo.
25/10/2012 23:50
mmmm

Que no puedes elegir horario!! Que es muy fácil.
25/10/2012 23:11
No es por eso ainhoa, sí q quiero saber y estoy dispuesta a oir lo q sea, lo digo porque hasta la reforma se han estado dando reducciones por la mañana e incluso en horarios de 10 a 5 por ejemplo.

Lo q no entiendo es si puedo escoger el porcentaje a reducir diariamente, es decir, por ejemplo hacer de 14 a 19 por la tarde el sabado y el resto de dias salir a las 20, pq tb me dicen q no.

tampoco entiendo como computan los turnos pq la empresa abre de 7 a 21 es un super, abrimos a las 9 pero trabajamos dsd las 7 depende del horario q te toque, o sea se puede entrar a las 7, 7.30, 8, etc por lo tanto entiendo q acaba a las 14h, puedo exigir q en vez de ponerme hasta las 14.30 me pongan hasta las 14?

Gracias
25/10/2012 22:47
Tu tienes derecho a reducir tu jornada diaria de trabajo, en x horas al entrar o al salir, lo que no puedes es si trabajas a turno decir trabajo sólo en el turno de mañana, pues la ley no permite alterar el régimen de jornada, únicamente te reconoce el derecho a reducir la jornada DIARIA.
Es más, ya antes de la reforma no se permitía el tomar un turno, pero ahora con la reforma ya lo dejaron claro, pues afectaba a los establecimientos comerciales mucho, donde nadie quería trabajar el sábado ni por la tarde.

Mira el convenio por si te pone algo mejor que la ley, pero sino no puedes concretar turno, sólo reducir la jornada diaria.

Ya te lo expuse en el anterior post, igual no es lo que queires oir, pero yo te puse lo que dice la ley.
25/10/2012 21:18
Gracias.

Jamgpreve, sí eso lo se, me refiero a que me quieran echar improcedentemente pq demando.

El tema de los turnos... en mi contrato no dice nada, pero rotamos mañana y tarde de lunes a sabado. Yo he incluido el sabado tb por lo del tema de jornada diaria. He pedido de 8 a 14 de luens a viernes y sabado de 8 a 13.

Ellos me ofrecen de 8.40 a 14.30 y de 14.10 a 20h de lunes a sábado. ¿Tampoco puedo reducir más en un día concreto?

El tema es que la empresa tiene mucha gente con horario maternal por la mañna dsd hace muchos años...debe haber cambiado esto con las reformas.

Tengo hora para abogado pero me han llamado de RRHH y dicen q si no acepto su jornada me envian escrito a la tienda diciendo q me lo deniegan y q yo no acepto su propuesta y además q entro a 40 horas. No sé si firmar... lo de decir q no acepto su horario me huele mal... a las muy malísimas lo tendré q aceptar pero no me arrregla nada... no hay guarderias hasta las 21.30

Puedo firmar NO CONFORME y llevarle el papel al abogado o mejor me hago la sueca hasta hablar con abogado?
22/10/2012 17:27
Solamente matizar tras lo expuesto por ainoa1, que sobre lo de demandar a la empresa, para tener inmunidad ante el despido esto no es así, que este usted demandando a la empresa no la exime de un despido disciplinario, si este tiene causa legal, o de un despido por causas objetivas, si se diese el caso.
22/10/2012 09:52
1) Usted tiene derecho a reducir la jornada por cuidado de menor de 8 años en los términos del art. 37.5 ET, esto era así antes de la reforma y ahora también.

2) Usted no puede alterar unilateralmente la jornada, es decir, si está contratada a turnos no puede cambiar el régimen de turnos rotativos por un turno fijo, pues el art. 37.5 ET le habilita para reducir la jornada pero no para modificar el régimen de distribución de jornada. Esto era así antes de la reforma y se mantiene.

3) Lo que cambió tras la reforma es que pueda reducirse la jornada diaria y concretarla en determinados días, vamos de lunes a jueves o a a viernes. Esto era para evitar que sobre todo en las pequeñas empresa (abiertas al público como comercios) con una mínima reducción se concretara la jornada de lunes a viernes y el sábado quedaba sin personal, con lo cual obligaba a contratar a otra persona o a perjudicar a otra persona de la empresa que tendría que hacer todos los sábados. Por tanto, ahora tras la reforma la reducción se aplica sobre la jornada diaria, si reduce 2 horas la jornada, pues las reduce al inicio o final de la jornada.

4) El empresario y el trabajador deberán llevar sus respectivas propuestas y alternativas de concreción a los actos de conciliación previa al juicio y al propio acto de juicio, que podrán acompañar, en su caso, de informe de los órganos paritarios o de seguimiento de los planes de igualdad de la empresa para su consideración en la sentencia.

5) Finalmenta, si no llegais a acuerdo pues en base a lo alegado decidirá el juez a quien da la razón.
Guarda legal menor
21/10/2012 21:41

He presentado petición de reducción jornada por guarda legal menor en mi empresa y me lo deniegan. Con toda la reforma laboral voy un poco perdida.

¿Según la reforma tenemos yo y la empresa q aportar horarios alternativos al juicio? No sé si presentar ya otro o otros escritos más con varios horarios antes de demandar o si bien mejor los presento en el juicio, porque me han dicho q ya no hay conciliación en estos casos.

Si demando y presento tb horarios alternativos para la reducción quiere decir que allí tb se negocia con la empresa como si fuese un arbitraje? Es decir, ¿ Saldré de allí con un acuerdo concreto? No quiero pasarme la vida demandando y he oído que para q la empresa no pueda despedirte por haberla demandado es mejor volver a demandar inmediatamente.

¿Saldría del juicio sabiendo algo claro? Aunque gane la empresa por lo q respecta al horario? Tengo turnos y me quieren hacer rotar. No me pueden negar la reducción pero sí el horario verdad?
Gracias.