Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Grupos de cotizacion ss.ss

8 Comentarios
 
Grupos de cotizacion ss.ss
01/04/2025 02:30
Mi hija esta muy preocupada porque trabaja en una empresa y su grupo de cotizacion a la SS.SS es el 6 y su amiga le ha dicho que en una empresa similar y con una responsabilidad menor esta en el grupo de cotizacion 1.

Hemos leido que estar en un grupo u otro puede afectar a la indemnización por despido, la prestación por desempleo o incapacidad o la pensión de jubilación, aun asi no entendemos porque su amiga que tiene una responsabilidad menor en su empresa esta en el 1 y mi hija que tiene una titulacion y responsabilidad mayor esta en el grupo 6, aunque sean empresas distintas.

Alguien puede explicarme realmente como funciona ? porque yo creia que el grupo 1 solo era para directivos.

Gracias
02/04/2025 21:49
Ignorante1961
Entiendo que esto les tiene preocupados a usted y a su hija, y la verdad es que no me extraña, porque el tema de los grupos de cotización puede ser un lío tremendo. Vamos a intentar aclararlo de forma sencilla y ver por qué su hija está en el Grupo 6 mientras su amiga, con menos responsabilidad, está en el Grupo 1, aunque trabajen en empresas distintas.
¿Qué son los grupos de cotización?

En España, la Seguridad Social usa los grupos de cotización para clasificar a los trabajadores según su tipo de curro y nivel profesional. Hay 11 grupos, del 1 al 11, y cada uno tiene unas bases mínimas y máximas que determinan cuánto se paga a la Seguridad Social. Esto luego afecta cosas como la indemnización por despido, el paro, la incapacidad o la pensión. O sea, no es un detalle menor.

Por ejemplo:

Grupo 1: Aquí entran ingenieros, licenciados y los jefazos de alta dirección. No solo directivos, sino también gente con carrera que hace un trabajo acorde a su título.
Grupo 2: Ingenieros técnicos y similares.
Grupo 6: Subalternos, como conserjes o personal de apoyo.
Grupo 7: Auxiliares administrativos, y así hasta el 11.

¿Por qué su hija está en el 6 y su amiga en el 1?

Aunque su hija tenga más estudios y responsabilidad, el grupo no depende solo de eso. Aquí van las claves:

El trabajo real: La Seguridad Social mira lo que hace su hija día a día, no su diploma. Si está en tareas de apoyo, aunque sea titulada, la pueden meter en el Grupo 6. Su amiga, en cambio, podría estar en un puesto que, aunque menos heavy, su empresa lo considera de "alta cualificación".
El convenio de la empresa: Cada sector tiene un convenio colectivo que dice cómo se clasifican los puestos. El de la empresa de su hija puede ser más tacaño y ponerla en el 6, mientras que el de su amiga es más generoso y la sube al 1, aunque no lo merezca tanto.
Criterios de la empresa: Algunas empresas cotizan más bajo para ahorrar pasta, y otras suben el grupo para que sus trabajadores tengan mejores prestaciones. O puede ser un error, quién sabe.

¿El Grupo 1 es solo para jefes?

No, no es solo para directivos con corbata. También incluye a titulados que curran en algo relacionado con su formación, como un ingeniero diseñando puentes. Pero si ese ingeniero está archivando papeles, pues no, lo bajan de grupo.
¿Cómo afecta esto a su hija?

Estar en el Grupo 6 significa que cotiza por una base más baja que en el Grupo 1. En cristiano:

Despido: La indemnización va por el sueldo, pero un grupo bajo suele ir con salarios más modestos.
Paro: Cuanto menos cotice, menos cobra si se queda sin trabajo.
Pensión: A la larga, cotizar poco le puede dejar una jubilación más floja.

¿Qué puede hacer su hija?

No se queden con la duda, que esto se puede mirar:

Echar un ojo al contrato y la nómina: Que vea si el Grupo 6 encaja con lo que hace y con el convenio de su empresa.
Buscar el convenio: En internet o en la empresa puede encontrar el convenio de su sector y comprobar si su puesto está bien clasificado.
Hablar con Recursos Humanos: Si cree que merece un grupo más alto por su título y curro, que lo plantee. ¡A veces cuela!
Pedir ayuda: Un gestor o un sindicato le pueden decir si la empresa la está liando o todo está en regla.
02/04/2025 22:00
almorza
Le he mandado su respuesta a mi hija y le agradezco mucho su explicacion y ayuda

Gracias por su comentario
03/04/2025 19:08
almorza
almorza una ultima cosa, me pregunta mi hija, si su empresa atiende a su error, se puede regularizar el grup de cotizacion con efectos retroactivos ? es para saber si tiene derecho a reclamarlo

Gracias
04/04/2025 19:43
La indemnización por despido, el paro y la pensión se calculan con arreglo al salario, no al grupo de cotización.
Si bien es cierto que una persona que esté en el grupo 1 suele tener un sueldo más alto que una que esté en el grupo 6, pero cada empresa es un mundo.
05/04/2025 21:10
Como bien indica mosca cojonera, lo importante no es el grupo de cotización sino el salario y por tanto la base de cotización. Si a su hija le pagan lo acordado en su contrato, no importa que figure como un grupo u otro, y aunque la empresa le modificase el grupo no habría nada que reclamar retroactivamente ya que no afectaría a su cotización.
05/04/2025 22:20
mark9
Lo entiendo, pero por favor, entonces para que sirve el grupo de cotizacion exactamente, porque si no afecta que utilidad tiene ?

Gracias
05/04/2025 23:11
El grupo de cotización es una forma de clasificar, y cada grupo tiene una base de cotización mínima, pero en la práctica es meramente orientativa ya que como se ha dicho antes puede haber notables diferencias de sueldo de una empresa a otra. Únicamente sería estricto en lo que se refiere al Grupo 1 (Ingenieros. Licenciados y Personal Directivo), ya que un Licenciado en Medicina contratado como médico únicamente puede estar en ese grupo, lo mismo para un licenciado en derecho contratado como abogado, o un ingeniero... y en e grupo 1 hay una base mínima de cotización de 1.929 euros. Pero la titulación no es lo que rige, sino la categoría para la que se le contrata, es decir lo que ponga en su contrato. Es muy frecuente, por ejemplo, ver Licenciados en Derecho o Económicas contratados como administrativos, que sería Grupo 6, lo cual es perfectamente legal siempre que sus funciones se correspondan con las de un administrativo (según el convenio aplicable). Pero siendo de un mismo grupo las diferencias de sueldo (y de base de cotización) pueden ser importantes: por ejemplo, un administrativo podría cobrar 1.200 euros en una empresa, y 1.600 en otra.

Para el caso de su hija, habría que saber lo que pone en su contrato, para ver si se corresponde con el grupo 6 de cotización. Si por ejemplo la han contratado como administrativa, es el grupo que le corresponde, independientemente de la titulación superior que ella tenga.

Lo que tiene que hacer su hija:
- Ver en su contrato para que categoría se le ha contratado;
- Comprobar en su Convenio Colectivo que se le paga lo que le corresponde según esa categoría;
- Comprobar que la empresa cotiza correctamente en base su sueldo. En su nómina pone cada mes cual es su base de cotización, y puede comprobar en la web de la SS que la empresa esté cotizando correctamente por ella(https://portal.seg-social.gob.es/wps/portal/importass/importass/Categorias/Vidalaboraleinformes/Informesdetuscotizaciones/Informedebasesdecotizacion)
06/04/2025 00:55
Gracias por tu explciacion mark9, entonces es relativo, pero aun asi me queda la duda de si el grupo afecta a cosas como la indemnización por despido, el paro, la incapacidad o la pensión en el futuro.