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Gravedad de trabajar sin contrato

11 Comentarios
 
20/09/2011 18:14
Ojalá que todo te salga bien!!! eso espero!!,

pero pongamos un ejemplo: a lo mejor cuando se presente el inspector y te pille trabajando sin dar de alta en la SS, (algo MUY incomodo para el empresario) el empresario quiere que firmes un contrato a tiempo parcial, (aunque te pertenezca indefinido si tu lo firmas lo aceptas) y si te niegas vas a tener un frente abierto MUY GRANDE. El salario te corresponde pues según tu categoria profesional que diga tu convenio colectivo... si eso te lo respeta.. porque viendo lo visto... (sin dar de alta... sin contrato)
20/09/2011 17:49
Wow! Muchas gracias por esa info!!

Ojalá salga todo bien, porque el trabajo me gusta y es una buena oportunidad. Y si me hacen fijo (algo prometido), sería genial! Aunque sea cobrando una m...

por cierto, como se estableceria el sueldo? Y el tema de declararse en bancarrota sabes como afectaria?
20/09/2011 17:36
Ok. Con eso te comento un poco más.

Art, 8.2 ET "2. Deberán constar por escrito los contratos de trabajo cuando así lo exija una disposición legal y, en todo caso, los de prácticas y para la formación, los contratos a tiempo parcial, fijo-discontinuo y de relevo, los contratos de trabajo a domicilio, los contratos para la realización de una obra o servicio determinado, así como los de los trabajadores contratados en España al servicio de empresas españolas en el extranjero. Igualmente constarán por escrito los contratos por tiempo determinado cuya duración sea superior a cuatro semanas. De no observarse tal exigencia, el contrato se presumirá celebrado por tiempo indefinido y a jornada completa, salvo prueba en contrario que acredite su naturaleza temporal o el carácter a tiempo parcial de los servicios."

Esto quiere decir en mi opinión que tu compañero al no tener contrato se considera indefinido y a jornada completa, lo dice aquí: Igualmente constarán por escrito los contratos por tiempo determinado cuya duración sea superior a cuatro semanas. De no observarse tal exigencia, el contrato se presumirá celebrado por tiempo indefinido y a jornada completa

Y tú, pues cuando se presente el Inspector estarás en la misma situación....

Si te pilla el Inspector obligara al empresario a que te de de alta, el empresario te hará un contrato, vete tu a saber de que:

1º CONTRATO 100% LEGAL PORQUE LA INSPECCIÓN LO HA INTIMIDADO

2º incluso puede ser de horas y vete a saber que mas irregularidades, aquí eres tú quien debe sopesar si firmas cosas que te perjudiquen o no, ya sabes que te correspondería INDEFINIDO Y A JORNADA COMPLETA.

Nadie puede saber como racionará la empresa... pero puedes estar alerta para tal caso, ya te digo que no es un camino fácil y SOLO PUEDES DECIDIR TU, LAS ACCIONES QUE QUIERES TOMAR Y SI QUIERES LLEGAR AL FINAL SI FUERA NECESARIO.
20/09/2011 17:20
ahora mismo llevo 3 semanas, y mi compañero unos 2 meses
20/09/2011 17:13
Se me ha olvidado preguntarte cuanto tiempo llevas trabajando allí me lo puedes decir? es para comentarte un poco más
20/09/2011 17:09
Gracias por la información.

Entonces, según me cuentas, tengo derecho a tener mi contrato por el hecho de que el inspector nos pille in fraganti? El empresario estará obligado? Y en qué condiciones se tiene que hacer ese contrato? Quiero decir: con que duracion y sueldo? Y si se declara en bancarrota? La empresa no va muy bien que digamos... estábamos intentando reflotarla pero sin pagarnos, va a ser que no...
20/09/2011 17:02
Bueno, entonces te comento

Si crees que no te va a pagar o simplemente no estas de acuerdo con esa situación puedes poner una denuncia en Inspección de Trabajo, ante estos casos suelen ser rápidos pero también es según quien te toque, como ahora mismo han sacado las nuevas sanciones para sacar la economía sumergida a lo mejor son más rápidos de lo normal por el tema de las estadísticas... intenta redactar una denuncia donde se especifique muy bien en donde trabajas y a las horas que pueden ir para encontrarte allí y diles que la tramiten de forma URGENTE por posibilidad de sufrir un accidente laboral sin estar dado de alta.

Si tienes suerte y te asignan un Inspector, en una semana lo tendrás allí (si lo tramitan de forma urgente), sino podrá tardar un mes y poco (esto varia según cada provincia y el volumen de denuncias)

Las cuantías que ponen según mi experiencia son bajas para lo grave que es el asunto, a si que no esperes que la empresa se vaya a arruinar, eso si, si se presentan y os ven trabajando os regularizaran la situación a fecha y esto tenlo claro de la que tu pongas en la denuncia en inspección.

A partir de ahí ya no se sabe como racionará la empresa. La denuncia la empresa jamas sabrá que has sido tu, el inspector no puede decirlo.

TU ERES QUIEN DEBE TOMAR ESA DECISIÓN, NADIE PUEDE TOMARLA POR TI

Tienes 3 opciones:
*Tragar y seguir como estas y vete a saber si cobras
*Denunciar este hecho y que te regularicen
*Irte de la empresa tu mismo

Salvo mejor criterio
20/09/2011 16:43
jaja

no, no estoy cobrando nada, de NADA! (más quisiera!)
20/09/2011 16:33
pero estas cobrando la prestación o alguna ayuda? o solo estas inscrito como demandante de empleo? es para saber que decirte
20/09/2011 16:30
nada de nada, yo estoy apuntado al paro
20/09/2011 16:29
pero estáis dados de alta en la S.S. o solo sin contrato por escrito?
Gravedad de trabajar sin contrato
20/09/2011 16:20
Hola

Hace pocas semanas he empezado a trabajar en un sitio sin contrato. Sé que no debería hacerlo pero las cosas no están como para rechazar oportunidades.

El caso es que lo grave del asunto, ahora que ya llevo un tiempo, no es que no me hagan contrato, simo que no me paguen. Somos 2 personas en la misma situación, y a la otra persona ya se le adeudan varias semanas. A mi sin embargo todavía no me han pagado nada porque en principio el acuerdo era de cobrarlo todo a final de mes.

Puestos en situación, me surgen algunas dudas:
Me sirve de algo denunciar a esta persona/empresa? La actuación de las autoridades es rápida/eficaz? Qué es lo peor que le puede pasar al empresario? Y si tengo un accidente, ni que sea de tráfico mientras voy a trabajar, se le cae el pelo? Cómo puedo demostrar que estoy trabajando aqui? El trabajo es de redactor en una revista que "en principio" debe salir a la calle con mi nombre como redactor, pero no sé si eso se considera una prueba...

Por otro lado, y dadas las circumstancias, en caso de que el jefe decida no pagarnos, hemos pensado en tomarnos la justicia por nuestra mano (mal hecho, lo sé). Tenemos fácil acceso a material informático de cierto valor, aunque inferior a nuestros sueldos, y seguramente nos lo podríamos llevar sin "demasiados problemas". Se podría atrever el energúmeno este a demandarnos por robar un ordenador, sabiendo que nos tiene trabajando sin contrato y sin pagarnos?

No hace falta decir que, a poco que nos vaya pagando, nos olvidamos de coger nada eh? No os penseis que somos unos ladronzuelos. Simplemente no me gustaría (como a nadie) que nos estafasen...

Un salufo