Tengo un cliente (funcionario en un ayuntamiento) que se le concedió una gratificación (en principio solamente para tres meses) por disponibilidad 24 horas al día, esa gratificación la sigue cobrando en nómina (con la denominación de gratificacion) y ya han pasado cinco años desde que se le concedió aunque ya hace más de cuatro años que no tiene esta disponibilidad, pero la sigue cobrando igualmente. Pero ahora (después de cinco años) disponen de quitarsela
¿se le puede considerar como derecho adquirido?
¿como podríamos hacer para que no se la quitaran? ¿en que nos podemos basar?
Pues me temo que se la van a quitar... salvo que su "convenio" diga algo.
Con los cambios de gobuierno local se está viendo casos similares.
Todo lo que se pague en demasia a los funcionarios que no sea:
- sueldo base
- complemento de destino
- complemento especifico
- antigüedad
- complemento singular de puesto
le puede ser retirado pues se consideran cantidades "graciables" máxime si se pagan por nada, es el principio de eficacia de los servicios publicos