Hola de nuevo truefait:
De oficio la SS dices...???
Probablemente...pero se harán los locos cómo que esa sentencia no existe y si el demandante no puede contratar un abogado o es de los que se desalienta rápido...ya sabes si cuela cuela...asi que supongo que de oficio nada de nada.
Saludos
Una apreciación, esta sentencia es unificación de doctrina. En teoría si estamos en las mismas condiciones debería de servir invocándolas en los juicios. Es más la seguridad social con esta sentencia debería de darla por oficio.
Paciencia, no me falta y el proceso ya se que es largo, en mi caso, yo ya tengo una IA, por lo que el tiempo no es prioritario y el abogado, es mi hermano así que, ya sabrá lo que tiene que hacer, y si no que aprenda, que malamente puede dar clases en la facultad si no sabe sabe el camino. Gracias
Primero revisión
Luego denuncia al INSS y a la TGSS en el juzgado de lo social
Luego recurrir al TSJ
En último caso y si hiciese falta recurrir ante el TS para la unificación de doctrina.
De momento la ley ampara la ceguera tanto por perdida de agudeza cómo de campo visual por debajo de 0,10 en los dos ojos en el caso de la agudeza y a menos de 1/3 en cuanto al campo.
Que tengas suerte y mucha mucha paciencia
Saludos
Hola Arsesa ésta es la sentencia:
Copio el link que truefait ha puesto mas arriba en otro post
http://blogderecho.es/wp-content/uploads/2014/07/TS-Social-03-03-2014.pdf
Saludos y suerte
Muchisimas gracias truefait, me es de gran utilidad.
Mantekas71 por favor, mientras te queden recursos agótalos.
Lo peor que puede pasarte es que te quedes con la total pero te digo que conozco de buena mano un caso similar al tuyo que recurrio al TSJPV y le han dado una gran invalidez.
Ya ves que el INSS Y LA TGSS están revueltos y éllos también recurren asi que el mismo derecho a recurrir que éllos lo tienes tu, agota todas las posibilidades y vete hasta el final
Saludos y lo dicho truefait gracias por la aportación
hoila a todos ya esta me han concedido la imcapacidad total para mi trabajo cvender cupones por un poligono,lo que no entiendo esque puedo trabajar en otro lado que no sea vender cupones ,jaja en que puedo trabajar si me podeis ayudar,no lo e hablado con ekl abogado pero creo que deberia recurrir ,voy en sillas de rueda desde hace 8 meses y no puedo con mi alma ,condromalancia de grado 4 ,depresion moderada tirando a grave y mas patologias,me podeis ayudar y decirme si me imteresa recurrir,y si recurro se para el pago de la total,otra cosa que me han dicho es que puedo optar a cobrar el paro antes de la imcapacidad ,osea cobrar lo que ne correspoonde y luego empezar a cobrar la pension
¿Nadie conoce ningún caso en el que el INSS haya hecho recurso de casación ante el tribunal supremo por una sentencia desfavorable interpuesta por la sala de lo social del tribunal superior de justicia?....
Estoy preocupadilla porque la sentencia a mi favor salio el 4 de junio y aún el INSS no me ha comunicado nada oficial ni a través del movil ni por carta, solo tengo la sentencia.
Se que el INSS tiene un mes para recurrir y por eso me gustaria saber si alguno conoce algún caso. Todos me dicen que es muy dificil que recurran por casación pero no sé digo yo que algún dia alguién tendrá que ser el primero.
En caso de que el INSS interponga recurso mas o menos ¿cuanto tiempo tardaria el supremo en dictar sentencia?
Saludos y gracias
Hola a todos:
Despues de casi dos ańos, el TSJ me ha concedido una gran invalidez. Ante ésta sentencia cabe recurso de casación de unificación de doctrina, espero que el INSS no recurra. Mi abogado dice que él no conoce ningún caso de recurso del inss ante una sentencia del TSJ ¿algún forero sabe de algún caso?
Gracias
A ver qué opinais vosotros:
"Cuando la pérdida de visión es inferior a una décima en ambos ojos corresponde una gran invalidez"
Hay una cosa que tengo duda al respecto y discrepo con mi abogado. En mi caso yo entré a trabajar en la ONCE hace 15 ańos con una AV (agudeza visual) en el ojo derecho de 0 y una AV en el ojo izquierdo de 0,1
A dia de hoy la AV del derecho sigue en 0 y la AV del izquierdo es 0.
Mi duda y discrepancia es la siguiente y no se si me sabre explicar:
Yo ingrese en la ONCE con un 0,10 de visión aunque solo sea por el ojo izquierdo y ahora mi visión es 0 asi que ha habido empeoramiento por debajo de una décima pero ¿como se interpreta eso de "perdida de visión en AMBOS ojos"?....¿cada ojo por separado? O ¿la suma de ambos?.
En mi caso si se cuenta la suma de ambos no hay duda paso de 0,1 a 0 PERO si se valora cada ojo por separado yo cuando empece a vender cupones el ojo derecho lo tenia ya ciego por lo que no ha habido ningún tipo de empeoramiento claro está, aunque por el izquierdo si ha habido una perdida total de visión, entonces en éste caso tendria muchas dudas...
Mi abogado dice que se considera LA SUMA de la visión de ambos ojos y yo digo que para la incapacidad consideran la visión de cada ojo por separado.
¿Qué opinais vosotros?
Gracias
kapitan y tú tenéis diferentes opiniones sobre el tema que afecta a bubita.
¿No crees que, en vez de cabrearte, sería más oportuno que aportes a bubita los datos necesarios para acceder a las sentencias a las que has hecho referencia?
Luego, ella tomará la decisión que considere más oportuna. Pero, al menos, dale la posibilidad de decidir. Digo yo.
Pienso que, si realmente quieres ayudar a bubita, deberías darle esa información.