Mi padre murio hace unos años (8 años) y mi hermano y yo nos hicimos cargo de la empresa, sin pensarnoslo, resulta que mi padre en el año 1991 no pago el iva de le venta una propiedad y mas de 20 años despues sale la sentencia del supremo diciendo que la empresa debe de pagar 266.578,74 euros , la empresa esta casi en quiebra , la empresa tambien debe a los bancos una cantidad importante, y tal y como estan las cosas ni ahun vendiendo la empresa de los cojones podria pagarlo todo.......me acaban de comunicar la sentencia y estoy muy muy asustado , no se que hacer, mañana me reunire con mi abogado para valorar las opciones que tenemos, pero ya me ha dicho que son pocas....no se que hacer...estoy muy asustado , no se que va a ser del resto de mi vida para pagar esa cantidad
Se me olvidaba comentaros que tanto mi hermano como yo no tenemos propiedades a nuestro nombre, si que las tenemos pero mi madre es la usufructuaria, si la cosa fuera mal podrian por ejemplo hechar a mi madre de la casa familiar ?? que aunque estemos nosotros somos los herederos ella tiene el usufructo
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Como estaba en litigio no ha prescrito. Tienes que pagarlo. Como es una cantidad muy importante, podrían imputarte delito fiscal, con penas de cárcel o quiebra culpable. ¿Habéis declarado concurso de acreedores?
De embargarte, sólo sería la nuda propiedad, que es lo que tienes.
De todas formas habría que ver detenidamente el tema para ver qué opciones hay. Pero no le veo fácil solución a simple vista, con la información que facilitas.
Yo no he hecho nada para que se me pueda imputar quiebra culpable y el delito fiscal lo cometio mi padre en 1991 , no soy abogado pero no veo logico que un juez me meta en la carcel sin antecedentes penales previos por una cosa asi, la empresa no esta en concurso de acreedores sigue viva a duras penas y en estos momentos estamos intentando venderla (o mal venderla ) para poder pagar la deuda de hacienda entre otras
Tambien decirte que nosotros somos administradores desde el año 2009 ya que previamente lo fue mi madre hasta que se jubilo, no se si eso influye en algo
Mi abogado solo hace que decirme que me este tranquilo que al final de alguna forma u otra todo se solucionara, pero la verdad es que estoy muy asustado , ni como ni duermo y voy a base de ansioliticos,ahora tengo 38 años y bastante experiencia como para emprender cualquier negocio desde 0, pero esto me parte por la mitad todo, estoy pensando en la posibilidad de dejar que todo se derrumbe, hacer suspension de pagos y irme a vivir a inglaterra donde tengo amigos dominio el idioma y empezar desde 0
Al haceros cargo de la empresa os hacéis responsables, no sólo del presente, sino también del pasado, y según qué casos del adminsitrador anterior. Además, sois herederos, se hereda lo bueno y lo malo, los activos y los pasivos.
En cuanto a la quiebra culpable no hace falta que lo hayas hecho sin querer. Hay un juicio y se decide si tienes responsabilidad o no y en qué grado.
Yo acudiría a otro abogado, para tener una segunda opinión.
De todas formas, éste no es el medio indicado para dar una respuesta a tu consulta, pues es algo muy complejo y habría que analizar toda la documentación para hacer un análisis en profundidad y poder decirte algo concreto.
Supongo que tu abogado te estará asesorando correctamente y debes fiarte de él. Te diré que se hereda el activo y el pasivo pero no las sanciones. Por tanto, heredarás lo referente al principal de la deuda, lo que se dejó de ingresar en Hacienda más intereses y costas pero nunca una sanción y menos penal. Por ese lado no te preocupes que no vas a ir a ninguna cárcel.
De momento, yo esperaría a ver como se puede solucionar el asunto. No te precipites en tomar decisiones y espera y sigue los consejos de tu abogado que supongo que conocerá el caso con detalle y lo habrá estudiado en profundidad.
Por eso digo que según qué casos hay cosas que se heredan y otras que no y que por eso habría que ver el caso detenidamente, porque es bastante complejo. Si se hicieron cargo de la empresa, según qué casos, puede que hayan aceptado la responsabilidad del anterior administrador. Con la información que facilita no es suficiente para poder hacer un juicio de valoración. Es un tema tan complejo que no se puede ver aquí y lo mejor es que un abogado experto revise toda la documentación detenidamente. Lo que está claro es que la sociedad tiene una deuda y la tiene que pagar, siempre y cuando no esté prescrito, que no parece que sea el caso. Y si no la paga la empresa, se derivará a los administradores.