Hola amigos:
A un cliente le pasa una cosa extraña, resulta que lleva 10 años tratándose de una dolencia psíquica y se propuso pedir la incapacidad permanente parcial, porque toda la vida se ha dedicado a la construcción (es aparejador) y quiere seguir trabajando en ello al tiempo que sobrelleva su enfermedad.
Fué al Inss a entrevistarse con un médico que le hizo una batería de preguntas de todo tipo, y le derivó a un psiquiatra de la mutua, quien estuvo de acuerdo en que debía seguir trabajando, según relata mi cliente.
El problema es que ahora le ha llegado una carta al estudio donde trabaja ordenando que le dén de baja. También le ha llegado una carta a él diciendo que deberá darse de baja en autónomos.
¿Significa ésto que no le concederán la parcial?¿Le van a reconocer la total?¿A cuánto asciende una prestación por incapacidad permanente absoluta?
Muchas gracias amigos!
Evidentemente no le han dado una I.P.Parcial. si no no debería cesar en la actividad (por cierto, es autónomo o asalariado o... las 2 cosas, porque dices que le han llegado 2 cartas).
Si fuese una I.P. Total la empresa (si es que la hay) le puede (o quizá debe si así lo marca el convenio) recolocar en un puesto compabible.
Y si fuese una I.P.Absoluta debe cesar en la actividad.
La total es un 55% de la B.Reg. (más un 20% si es mayor de 55 a y no compatibiliza pensión con trabajo)
La Absoluta es un 100% e incompatible con todo trabajo.
Un apunte, cuando se pide una Incapacidad Permanente se pide eso, una I.P. lo de total, parcial, absoluta etc... lo decide el Inss. Si no está de acuerdo le queda la vía de Recl. Previa y después demanda ante Juzgado de lo social.
Muchas gracias cachalote por tu atenta respuesta.
Él es autónomo y a la vez trabaja contratado por un gabinete de arquitectura, es decir, está en los dos regímenes.
¿Puede trabajar en tanto sale el juicio?¿Puede renunciar, si le han dado la total?
Repito, gracias.
Un saludo.
Hola haber si me podéis ayudar a aclarar mi situacion desde éste hilo,que creo está relacionado...
Me han concedido una incapacidad total para mi trabajo,pero sigo trabajando sin cambios de contrato,pero si fisicamente,en la misma empresa.
Tengo otras enfermedades diefrentes a la que me causó la incapacidad ,que no me la reconocen aún como enfermedad profesional...
-Debo pasar por valoracion con todos los informes para que me den la absoluta y dejar mi trabajo para otro que lo necesite?
-Mi contrato actual es de administración,igual que cuando se produjo mi enfermedad,pero si que no hacía el trabajo que em correspondía,y causó mi problema,ahora me han cambiado a trabajos administrativo que es el que me corresponde,es por ello por lo que no hacen cambios después de mi incapacidad?
Es compatible el trabajo con al epnsión,me perjudica en algo ?
gracias a todos
Me han concedido una incapacidad total para mi trabajo,sigo trabajando en la misma empresa pero en otro lugar de administrativo,que es mi trabajo por contrato desde hace tres años,aunque llevaba 8 años ejerciéndolo.
sigo trabajando sin cambios de contrato,es necesario hacerlo..? teniendo en cuenta que mi contrato es de administracion desde antes de causar mi enfermedad,solo que antes no hacía el trabajo que me correspondía por contrato y ahora si...
Hay límites de la extinción del contarto una vez que me conceden la pesnión?
Es decir si no me han despedido ni dicho nada,se entiende que han respetado mi situacion al cambiarme de trabajo..?
No sé si me he explicado como debiera...
Gracias
Renunciar no sería la palabra, pues el INSS siempre le mantendrá la calificación de I.P.Total. Lo que puede hacer es (contestando a tu otra pregunta) trabajar, comunicándolo al INSS, y puede ocurrir:
1-Si es una total la que le han dado, el INSS determinará si es compatible el nuevo trabajo.
2- Si hablamos de una Absoluta es CASI seguro que el INSS lo declarará incompatible (hay muy pocas excepciones)
Si se declara incompatible, podrá seguir con su trabajo pero el INSS le suspenderá la pensión.
Tras el juicio el juez podrá cambiar la resolución, pero el tratamiento jurídico que te comento será el mismo.
Gracias por su respuesta kachalote,pero soy muy torpe por lo que deduzco teneidno en cuenta la respuesta de joven....
Mis preguntas era que ya estoy trabajando en otro lugar,delq ue causó mi enfermedad,pero mi preocupacion es que NO HA HABIDO CANBIOS,mi contrato sigue igual,he llamado al INSS y me dicen que ellos comunicaron a la empresa que me cambiaran,ya que fueron ellos los que me propusieron para unaincapacidad sin yo saberlo...
He entendido que ya ellos el INSS y la empresa se han puesto deacuerdo sobre mi situacion,el INSS le dice que me cambien y ellos me cambian..pero yo no tengo certificados del cambio ni nada,es eso asi..? o me pueden extinguir el contrato aún si la empresa lo estima....? o ya una vez que me dan la pension automçaticamente se extingue el contrato y en mi caso no lo han hecho ,optando por cambiarme de trabajo? ya llevo dos pagas trabajando eso quiere decir que ya me han recolocado...?
Perdonen,pero estoy preocupada proque me parece que las cosas han salido demasisdo bien para mí y nosería lógico...llevo ya mucho pasado con mi enfermedad,por esto me gustaría saber si ya me puedo tranquilizar...
Y lo del juicio no sé a qué se refiere,no tengo pendiente ningún juicio,bueno tenía uno para reclamar porque mi enfermedad es profesional,pero no sé si se llegará a celebar puesto que mi abogado dice que no hará falta ,al ser evidente...
Gracias y siento la isistencia....
Siento ser insistente,pero no sé si tengo plazos para causar derechos o por el contrario es lo mismo...me pueden extinguir el contrato cuando mejor les venga sin motivos,al no ser por crisis claro....un saludo
Pregunto: ¿es imposible que le dén una parcial?
Teniendo en cuenta esas comunicaciones para que se dé de baja, ¿podemos estar seguros de que le concederán una ip total o absoluta?
Gracias amigos!