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Grado de incapacidad

3 Comentarios
 
11/02/2005 22:53
Gracias Jesusfer. Intentaré buscar algun profesional que me asesore al respecto, ¿no conocerás a alguien en Barcelona?.Yo no conozco a nadie.De cualquier modo, gracias.A tí tambien Ninfa.
09/02/2005 14:34
Hola.

Hasta no hace mucho (creo que mas menos un año) las evaliaciones del EVI eran homologables por los Servicios Sociales de las Distintas CC.AA. Actualmente esto ha cambiado y la valoracion que hace el EVI no es vinculante para estos servicios, ya que mientras el EVI barema en función de tu ioncpacidad puesta en relacion con el trabajo, los Servicios sociales lo hacen artendiendo a estos y otros parámetros.

De cualquier modo, como muy bien te explica Jesusfer, cualquier resolución es impugnable y en la misma debe decirte la vía a seguir..

Saludos
09/02/2005 10:52
Hola.
Todas las resoluciones administrativas pueden ser recurridas y en tú caso debes realizar el recurso correspondiente de alzada en el plazo estipulado.

En particular, se considerará acreditado un grado de minusvalía igual o superior al 33% en el caso de los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de Incapacidad Permanente en el grado de total, para los efectos de las deduciones correspondiente para el IPRP.

Mi consejo es que recurras la resolución y tratas de argumentar que el porcentaje no es correcto. Para ello debes buscar un profesional que realice el recurso, siempre que tengas interés en conseguir la declaración de la minusvalía.

Saludos.
Grado de incapacidad
08/02/2005 21:46
Hola me llamo Ana, era autonoma ytengo concedida la pensión en la ss por incapacidad total para el ejercicico de la actividad habitual (era agente comercial). solicité el grado de incapacidad para poder solicitar el aparcamiento de minusvalidos, me llamaron de la Generalitat el Equip de valoració d'adjults de barcelona, y ni me miraron. Me han concedido un 15% de disminución, cuando casi no puedo ni andar., y en la carta que me han enviado me dicen que hasta dentro de dos años no se me puede volver a mirar, pero aún así me dan q5 dias para reclamar si no estoy de acuerdo. ¿Qué puedo hacer? ¿Debería coger un abogado?. Ah! no lo he dicho pero mi enfermedad es de artritis de rodilla.Gracias