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grado consanguinidad

7 Comentarios
 
29/12/2017 15:48
andres1
según mi convenio me corresponden dos dias de licencia por la muerte de un tío..
si no pienso acudir al velatorio ni al funeral, puedo hacer uso de esa licencia?
13/04/2005 15:08
Iñaki, ya te vale!, ya sé que a ti te va la marcha (pero "de bue rollo", eh?), jeje, y yo siempre caigo en la tentación de soltar mis diatribas.
Tomo nota de tus direcciones de e-mail, aunque creo que el problema es mio.
Un saludo, paisano.

Andres, siento si te has podido sentir ofendido. Pero veo que no has entendido nada o eres tu el que hace juicios de valor gratuitos o precipitados. En primer lugar, ni animo es ayudarte, y de hecho te confirmo que tienes apoyo legal en tu pretension y que la empresa no tiene razon (respecto a conseguir los grados de consagunidad, al margen de algun cuadro que circule por ahi, está en el Código Civil, pero ahora no te puedo decir el artículo.
Luego, y teniendo presente otras discusiones recientes por temas similares pero no tu caso concreto, hago algun comentario, sobretodo tras la 1ª intervencion de Iñaki (y es que en concreto co el caso de los "abuelos politicos" por una cuestion personal que ya he comentado varias veces, reconozco que me activa la vena moral, pero, por supuesto cada caso es un mundo y no pretendo generalizar y menos aún, vuelvo a repetir, que te des por aludido), . Precisamente he repetido reiteradamente que no iba por tu caso concreto, el cual desconozco, no trato de darte ningun rapapolvo, y por último, como le contestaba ya a Iñaki, por un lado hablamos de los dos dias de permiso retribuido y por otro lado simplemente de asistir al entierro del abuelo politico, y no voy a repetir de nuevo (la verdad es que me he extendido mucho mas en otros mensajes recientes sobre el tema) el porque me puede parecer un poco inmoral o poco responsable EN ALGUNOS CASOS CONCRETOS solicitarlo, pero te aseguro que el simple hecho de asistir al entierro (que salvo que sea fuera no va a implicar mas que una breve ausencia durante una parte de la jornada laboral) del abuelo de tu mujer, no solo no me parece inmoral, sino perfectamente normal y un deseo perfectamente lógico por tu parte, y dudo que tu empresa te ponga pegas para ello ni que tu debas tener ningun cargo de conciencia.
No confundamos, una cosa es pedir los dos dias y otra ausentarte un rato para asistir al entierro.

¿Y es que tan dificil es comprender que, en condiciones normales, no es justo que me den los
mismos dias por el fallecimieto de mi esposa que por la muerte del abuelo de ella???
Y es por eso que digo que a veces la ley , a mi entender, se queda corta (de verdad que, Dios no lo quiera, si falleciera mi queridisima esposa con dos dias no tendre suficiente para volver con normalidad a m i actividad laboral), y en otras tal vez se pasa (porque en CONCIDIONES NORMALES, si muere el abuelo de ella me conformare con asistir al entierro y tal vez alguna ausencia mas si fuera preciso). Ahora, si hablamos desde el plano meramente legal, si alguien pretende discurtir ese derecho, esta clara mi postura, TIENES DERECHO!.

Espero que ahora me hayas entendido mejor.

Un saludo
13/04/2005 13:15
Hola, gracias a los dos por responder.

Nacho, la verdad es que me he quedado sorprendido con tu respuesta. Yo simplemente he hecho una pregunta. Creo que todos los comentarios fuera de su respuesta están de más. Tu no sabes nada sobre mi y creo que esa especie de suposición o rapapolvo ¡por si las moscas! están fuera de lugar.

Yo, por supuesto que iré al entierro de mi abuelo político aunque no me den días, pero ¿porque tiene que ser, en cualquier caso, un abuso solicitar un derecho ? ¡cuantas veces si que es un abuso exigir un deber! en fin, cada uno que actue en función de su conciencia y moral.

¿Hay algún sitio oficial donde pueda encontrar el esquema de los grados de consanguinidad?

Un saludo
13/04/2005 12:56
Hola Nando

Si en el fondo es que me encanta discutir contigo. No he recibido nada. Te paso mis e-mails por si hubiera algún error:

logistica@salesa.es (trabajo)
inakipere@wanadoo.es (casa)

Espero tus notícias. Un abrazo.
13/04/2005 10:19
Apreciado Iñaki, supongo que al final, aunque dije que no queria hacerlo, no he podido reprimir un leve "juicio de valor" (genérico, no necesariamente aplñicable al caso concreto del consultante), pero no confundamos. A ver... por un lado nunca pretendo poner a todos los trabajadores en el mismo saco (de hecho, yo soy un trabajador más, y no me considero un jeta, pero como sabes, los hay, y a veces la ley se lo pone fácil). Por otro lado, entiendo perfectamente que uno quiera asistir al entierro del abuela/o de su conyuge, incluso que tenga otras necesidades u obligaciones objetivas o anímicas, y eso entiendo que en ningun caso deba discutirse, ni en el plano moral. Pero el asistiir al entierro y otras posibles circusntancias no necesariamente te han de ocupar dos dias. Aunque si los necesitas o simplemente quieres disfrutarlos, la ley te lo permite, y eso no admite discusión alguna, está claro.
Y en ese sentido, y vuelvo a repetir, que sin animo de generlizar, veo muy significativo el ejemplo que a veces comento (y totalmente real) de quien pretende solicitar un par de dias por la muerte de su tio y cuando sabe que ha de ser a costa de sus vacaciones o recuperar ese tiempo no lo pide ni para ausentarse un par de horas para ir al entierro.

Tu hablas de ejercer un derecho. Yo ya comente mi punto de vista (particular y perfectamente subjetivo y opinable) al respecto. Yo o veo como una opcion que ma ley me da y que la empresa deber respetar, y como un máximo. Sera mi responsabilidad si decido acogerme a esa opcion hasta el máximo que la ley (o el convenio) me da, o solo una parte o incluso no hacer uso de ella. Y si solo tomo una parte (por ej. un dia o unas horas, porque entiendo que en ese caso es perfectamente suficiente) o simplemente no me tomo ese permiso, no tengo la sensacion de que estoy renunciando a nada.
Para desterrar cualquier idea de que pretendo generalizar con esa idea de que el trabajador tpor naturaleza es una persona con morro y sin ningún sentido de la responsabilidad, comentar que de hecho conozco muchas mas casos de empleados que hacen ese uso responsbale de este tipo de derechos en la linea que apunto que casos de abusos, asi como que tambien en muchos casos, al menos en las empresas que he estado, la empresa ha concecido permisos retribuidos por circunstancias no previstas en la ley o convenio (por ej.asistir al funeral de un amigo, acompañar al hijo al médico, acudir al notario, etc, etc), y cuidado, tampoco va luego la empresa alardeando de lo buena y flexible que es y trata de hacer un chantaje en base a esas concesiones, simplemente que, como siempre digo, se puede ser flexible y sensible con quien tambien a su vez es flexible y responsable.

Un saludo

PD.: por cierto. Iñaki, no se si has recibido mi correo de ayer.

13/04/2005 09:42
Andrés1

Lamentando la situación que estaréis pasando, te corresponde el permiso. Los grados de consanguinidad están equiparados entre familia de sangre y familia política. Por ello, los suegros tienen "categoría" de padres, los cuñados tienen "categoría" de hermanos y los abuelos políticos tienen "categoría" de abuelos de sangre. Quienes ya no entran en esta clasificación son tíos, primos y sobrinos, aunque sean carnales.
Por otro lado, disiento de la opinión de Nando, siempre respetabilísima, sobre la solicitud de permisos por parte de los trabajadores. Evidentemente, de jetas los hay en todos lados, pero nos pones siempre en el mismo saco. Por ejemplo, yo sé el cariño que tenía por la abuela de mi mujer y no me hubiera perdonado no asistir a su entierro. Efectivamente hubiera ido aunque me lo descontaran, pero ¿por qué no ejercer un derecho que me corresponde? Reitero que siempre hay quien puede abusar de determinadas situaciones, pero no todos.
13/04/2005 09:32
Andres, los grados de consaguinidad evidentemente o dependen del convenio. Son los que son (ademas es materia de Derecho Civil).
Lo que el convenio puede hacer es ampliar el permiso a un ambito familiar superior (incluso parientes "de hecho") o dar mas dias o flexibilidad en el disfrtue. Pero cambiar los grados no, claro.

No voy a entrar a realizar juicios de valor sobre lo que moralmente me parece pretender, EN CONDICIONES NORMALES (que no sé si será el caso, ni cuantos días solicitas) disfrutar de 2 dias (o 4 si hay desplazamiento) completos por muerte del abuelo de tu conyuge, que luego pasa lo que pasa, pero la verdad es que el para ti se trata de un FAMILIAR DE 2º GRADO, y por tanto, segun el ET tienes derecho a ese permiso.

Es uno de esos ejemplos que demuestran que la ley a veces se queda corta y a veces se pasa y puede dar lugar a abusos (insisto que en conciones normales, que a veces la muerte del abuelo del conyuge puede afectarnos de forma importante y directa) . Pero vaya, por conecepto, PUEDES PEDIR ESE PERMISO, y no es correcta la respuesta de la empres aal afirmar que tu abuelo politico es de 3er. grado (entiendo que a la empresa no le haga gracia tu solicitud, pero no lo que puede es alegar cosas que son incorrectas).

Un saludo y mi condolencia por ese, parece que inminente, desenlace.
Grado consanguinidad
13/04/2005 09:07
quisiera saber si los grados de consanguinidad son los mismos independientemente del convenio que tengas. Va a fallecer mi abuelo político y en mi empresa dicen que soy de grado 3 y no me corresponde ningún día de permiso y yo creo que soy de grado 2 y por tanto si me correspondería