Hola eternia.
En nuestro caso, las escribimos primero nosotros. Son como ocho o nueve conversaciones, algunas bastante largas, y no creo que ningún notario aceptase oirse una vez, y otra, y otra... la conversación para ir pasándolas. Algunas son bastante largas. Hay empresas que lo hacen, pero no creo que un notario.
Lo que si puede hacerse después es llevarlo una vez pasado al notario para que él certifique que efectivamente se transcribe lo que se dice, o que se compruebe el número del que se hacen las llamadas. Yo pregunté en su día en el foro y así me dijeron algunos como cimero.
En nuestro caso tampoco hicimos aún ese trámite. La abogada nos explicó que el dar fe de que lo que se dice es lo que se escribe, que es lo que haría el notario, también lo podía hacer el juez, pues se acompañaba el CD con las grabaciones. Y, más o menos como explica Nuria, que en caso de que la otra parte pretendiera invalidar la prueba aludiendo que no es ella quien habla o que han sido manipuladas, habrían de probarlo pidiendo y llevando a cabo un peritaje. Lo que no creo que hagan, aunque lo intenten por si cuela, pues de sobra saben que ni maipuladas ni nada.
Ojalá alguien las escuche porque, de verdad, que en ese caso casi no haría falta nada más, pues la inestabilidad de esta persona, la animadversión hacia el padre, la que ha venido siendo su postura durante todos estos años o el chantaje y manipulación del niño resultan claros y evidentes.
Y por eso nos da miedo. No interesa y aún riesgo elevado de intentar pasar........
Pero desde luego vamos a intentar todo lo que esté a nuestro alcance. En primera instancia o en la Audiencia. De ahí el motivo de preguntar.
Sin ningun problema eternia.
Contestando a tu pregunta. Yo si que llevaria los SMS a transcribir literalmente por el Notario, ademas asi si por cualquier circunstancio se os borraran tendriais una copia de seguridad excelente.
Cuando yo lleve al notario mi grabacion para que la transcribiera me comento que era la primera vez que lo hacia y que lo que era normal en casos de divorcios etc era transcribir los SMS, asi que mi humilde consejo es que lo hagais.
Saludos.
Mamaria, una pregunta dices que presentáis las grabaciones en CD y transcripción literal.
Nosotros no tenemos grabaciones pero si sms, habéis ido al notario para que de fe o algo, es que queríamos presentar los sms en el próximo juicio y no creo que lean todos allí con el móvil, por eso nos interesaba llevarlos en papel y la idea que tenemos es ir al notario y que de fe de que la transcripción es literal.
Un saludo
Gracias Nuria.
Teníamos ya una idea, pero...siempre ven más cuatro ojos que dos.
Se trata de una demanda civil, por modificación de medidas.
Respecto a la legalidad.... son todas conversaciones entre mi marido y la madre de su hijo, que él graba, casi siempre, desde hace mucho tiempo. Cosa que ella sabe, también desde hace años.
Con todo lo que ha pasado hasta ahora, es que no le ha quedado otra Así, por lo menos, se puede dejar constancia de tantas mentiras, de lo que realmente pasa.
Y en cuanto a la autenticidad, que hagan todos los peritajes y pruebas que quieran. Ojalá. Porque se lo van a tragar!
Ojalá sean tenidas en cuenta. Ojalá.
Por cierto, las grabaciones se escuchan o se pueden escuchar en el juicio???
Algo nos comentó la abogada, incluso de pedir que algún tipo de reproductor o...estuviera disponible, por si acaso. Pero...no se. Igual eso ya es demasiado.
Nosotros presentamos las grabaciones en CD y su transcripción literal. Y supongo que para el juicio ya habrían de haberlas visto, y no se si oído. Pero...
En fin, es todo tan difícil. Tántas cosas que decir y que aportar y tan poco tiempo.... Que luego pasa lo que pasa: custodia para la madre, régimen de visitas estándar y....se supone que todos contentos.
La impugnación puede hacerse sobre la validez de su presentación (sobre la legalidad) o en cuanto a la autenticidad del contenido (negando que sea su voz o su imagen). En procedimiento civil, quien impugna, prueba y como prueba, pericial (el coste es elevado). En penal, la prueba que se suele pedir es la de la científica y hasta aqui puedo llegar...
Un saludo.
Nuria, la mayoría de las grabaciones que se han aportado (como unas ocho o diez) a la demanda presentada corresponden a incumplimientos del régimen de visitas. Así que ahora mismo recuerde, por ejemplo, al inicio de unas vacaciones de verano, correspondiendole a ella elegir y avisar (cosa que, como tantas veces, no hizo) es ella quien llama, al día siguiente de haber dado las vacaciones, para decir que no pueden ir a llevar al niño y que sea el padre quien le recoja, reconociendo incluso que el niño ni siquiera había ido al coelgio ese día y que su padre nada sabía de una supuesta fiesta que se había celebrado en el colegio la tarde de antes. En el correspondiente juicio, negaron tales cosas, exponiendo que era día lectivo y que si mi marido había recogido al niño casi tres días más tarde había sido por "su interés", porque él así lo había querido. Otro en que siendo fiesta en toda la provincia y coincidiendo puente, cuando mi marido llama para ver qué pasa y por qué no habían llevado al niño, esta señora empieza diciendo que tiene que llevar al niño al colegio, después que "no es fiesta nacional", que ella trabaja, y no se cuántas más cosas, que cómo sabía ella que él estaba enterado de que era fiesta (lo que ya me parece el colmo!) y otras excusas, total para que, como cada vez que han ocurrido situaciones similares, por una u otra razón, pero curiosamente siempre por la misma parte, el niño pase menos tiempo con su padre del escaso que ya le corresponde. Otro en que después de un fin de seman que tampoco se presentan, dice que al siguiente van ellos a traer al niño; días más tarde llaman de nuevo y dicen que no pueden y que seamos nosotros quienes vayamos, lo que vuelven a negar en el juicio, indicando que ella propuso llevarlo al siguiente fin de semana y mi marido no quiso.
En su día, aunque algunos de los incumplimientos se denunciaron y se llegó a juicio, dichas grabaciones no se presentaron como prueba y ella ha salido siempre absuelta. Pero, al parecer, según nos han explicado, al plantear otra demandanda por vía civil, siendo un aspecto tan importante el cumplimiento o no del régimen de visitas y sobre todo para acreditar quien ha venido dando todos los problemas y la que claramente ha venido siendo su intención, se han explicado cada uno de los incumplimientos y se han aportado las correspondientes pruebas y grabaciones.
Otras corresponden, por ejemplo, a conversaciones en las que "informa" de aspectos relacionados con el niño que resultan no ser ciertas. U otras en las que se coacciona al niño para que reaccione o responda en contra de su padre.
En todas ellas, aparte de un discurso impropio de una persona "estable" emocionalmente hablando, se insulta, burla, descalifica.... a mi marido, e incluso a mi, pero sobre todo: la mayoría se producen delante del niño!.
Creemos que suficientemente en ellas se pone en evidencia la idea general que planteamos y en base a la cual se solicita la custodia del pequeño. Por eso se han presentado.
Pero....nos han pasado tantas cosas, que ya no nos fiamos de nada.
De qué manera podrían intentar impugnarlas?
Curiosamente apenas nada dicen sobre ellas en su contestación a la demanda. Y desde luego nada de que hayan sido grabadas sin su conocimiento (que si que sabe desde hace años que se le graba) ni su consentimiento, como esperábamos iba a ser lo que hicieran.
Y entonces, qué pueden alegar para impugnarlas?
Que no son reales? Que han sido manipuladas?
mamaria, la validez dependerá del contenido. No todos los casos son iguales. Si el contenido no es impugnado y si lo es, la pericial acredita la autenticidad de la grabación y ésta prueba la falsedad de una acusación o la veracidad de unos insultos o amenazas o X, entonces pueden suponer una sentencia favorable a quien las presente.
Un saludo.
Pues ojalá cimero.
Mi marido, gracias a Dios, no ha tenido que enfrentarse, todavía, a ninguna denuncia (que por supuesto sería falsa) por maltrato hacia ella. Aunque es más habitual de lo que debería, y si se les hubiera ocurrido no nos habría quedado otra que ser uno más de la larga lista que os habeis visto en esas, no les ha dado por ahí. Eso ya habría sido el colmo!!
Pero, como dije en su día, si que hemos presentado varias en nuestra demanda.
Además de que a través de ellas se acreditan varios de los incumplimientos que se han producido (alguno de los cuales resultaron en su día sin condena, pues pese a existir no se presentaron entonces como prueba), creo que resultan bastante ilustrativas y explícitas sobre la manera de actuar y comportarse de la madre; el total menosprecio y descalificación hacia la figura del padre, incluso en presencia del niño, que tanto niegan; o las que claramente han sido sus intenciones en todo este tiempo.
Asique rezamos porque el día del juicio sean tenidas en cuenta.
Ojalá......
Un saludo cimero. Gracias por compartir tu experiencia y enohorabuena de nuevo por tus logros.
Saluda de mi parte también a alondra.
2 juicios ganados (aparte de otros) presentando sendas grabaciones.
Condena a mi ex suegro por vejaciones hacia mi persona (insultos delante de los niños) prueba una grabacion transcrita.
Denuncia de malos tratos y vejaciones de mi ex hacia mi, prueba fundamental grabaciones del hecho en audio, transcrita por notario, fijate si me sirvio que como he colgado la sentencia me absuelven y condenan a mi ex.
Un abrazo.
Y qué posibilidades hay de que un juez las llegara a tomar en cuenta en una determinada causa?
Gracias Nuria.
Esperemos que no haya nunca que recurrir a ellas. Pero, si llegara el caso, esperemos que sirvan y sean tenidas en cuenta para demostrar ni más ni menos que lo que pasa: mentira tras mentira, insultos, teatro.... Situaciones verdaderamente infumables para cualquier persona y especialmente, desde nuestro punto de vista, para un niño.
Un saludo
Si se oye la voz, si se graba algo que identifique al porteador de la cámara (basta grabarse indicando día y hora), ya forma parte de la grabación.
Saludos.
Hola atodos.
Aunque un poco tarde entro en el hilo por lo que pueda aportar y más bien por también preguntar.
Nosotros hace tiempo que grabamos. No siempre, pero cada vez que es posible, también en vídeo. A mimarido, vérsele no se le ve, ya que es él quien lleva el dispositivo. Sólo se le oye.
Tampoco nunca nadie, hasta ahora, nos ha dicho que pudiera haber algún problema.
No es que nos guste. Ni muchísimo menos. Mi marido está incluso bastante "cansado" de la situación. De tener que pasar y archivar después las grabaciones y demás. Pero, qué otra alternativa queda?
Si es la palabra de uno contra la del otro, si no dispones de testigos que puedan acompañarte o cualquier otro medio de prueba, cómo llegado el caso demuestras que lo que dices es cierto?
En nuestro caso han sido muchas las denuncias por incumplimientos. Varias veces en que se nos ha amezado, insultado...delante del niño. El niño nunca trae ninguna ropa, documentación o maleta.
Y encima han llegado a dcir que es él, mi marido, el que "busca" esas situaciones para denunciar.
Ante todo esto, si no tienes alguna prueba que lo demuestre (y no se me ocurre otra), cómo te puedes defender?
Yo desde luego, no se si hago bien, pero le aconsejo y le recuerdo cada vez que se lleve el dispositivo, o que grabe con el mp3 o el móvil. Porque, desgraciadamente, con determinado tipo de personas...no sabes qué te puedes encontrar.
Coincido plenamente contigo eternia.
Y, reconociendo mi total desconocimiento legal en estos temas, si los jueces necesitan pruebas en qué basar sus fallos...pues ahí están.
Otra cosa es que quieran.
Saludos
Nuria, no se como lo hará cimero, pero nosotros grabamos desde el coche, por lo tanto no se nos ve, se nos escucha despedirnos de los niños y se ve como bajan del coche y entran en casa de su madre.
En ocasiones ella está fuera, pero rara es la vez.
Nuestra abogada lo sabe y nunca nos ha dicho que no lo hagamos, las grabaciones se han hecho a partir de entregas problematicas con denuncias de por medio.
Esperamos no tener que utilizarlas pero ya tengo una tarjea de 4 gb llena.
Gracias por las respuestas.
Esta sentencia que te pego, las permite cuando se estén realizando diligenciad de investigación por agentes de policía en la vía pública (Tribunal Supremo Sala 2ª, S 13-3-2003, nº354/2003, rec.337/2002).
En cuanto a los particulares, si se realizan en la calle, son válidas y no atentan contra el derecho a la intimidad y propia imagen, siempre que seas parte en ellas, no hayan sido inducidas de mala fe por quien graba, o se manipule interesadamente el contenido. Ver STS 968/1998 de 17 de julio de 1998
La parte contraria puede impugnarlas pero para eso (y ya te adelanto porque te pasará...) hay que solicitar prueba pericial de la científica.
Salvo mejor criterio jurídico. Un saludo.
Entiendo que no habría ningún problema. Una cuestión importante en cualquier caso es no difundir a terceros lo grabado, publicando, por ejemplo, la grabación en internet, esto si podría causar problemas. Por otra parte, antes de usar una grabación como prueba, lo más aconsejable es consultar con un abogado para cerciorarse sobre la legalidad de la misma.