Cimero, espero que alguien le conteste porque a nosotros también nos interesa.
Por experiencia le puedo decir que nosotros grabamos desde hace mas de 2 años las recogidas y las entregas, la policia local lo sabe, y lo que me han dicho es que no se puede grabar a menores en la vía pública sin consentimiento de los progenitores. En nuestros casos es uno de los padres el que graba por lo tanto no debería haber problema.
Otra cosa sería que se utilizasen esas imagenes para otros fines, pero supongo que su caso es igual que el nuestro y lo hacemos para cubrirnos las espaldas y si hay que utilizarlas sería en un juzgado.
Espero que alguien nos pueda aclarar bien este asunto.
Un asludo
A cotinuacion de la sentencia absolutoria hacia mi, aunque no ha terminado el periodo de alegaciones, tengo otra pregunta.
Varios foreros aconsejaban grabar pero con video que claro deja las cosas mucho mas claras en aras de una posible denuncia de viogen, yo hasta ahora lo hacia en audio.
Como no me fio ni un pelo de mi ex ni su familia estoy pensando grabar entrega/ recogidas de mis hijos con video y la consulta viene ahi.
Las entregas/ recogidas son en la via publica, que jurisprudencia hay respecto a las grabaciones de video si por ejemplo la camara graba tambien a mi ex, familia y demas porque la lleve grabando lo que pasa delante mio, podria tener problemas, sabemos que las de audio no lo hay siempre que participes en la conversacion pero que normas conoceis de las grabaciones de video si grabas a terceras personas en via publica.
Muchas gracias por todo.