Gracias Mayi por su testimonio porque creo que es muy ilustrativo, y seguro sirve para abrir la mente de cómo es el comportamiento mafioso de algunos administradores y algunas comunidades. Y yo creo que usted tuvo suerte de poder tener abogado gratuito, con el tasazo ahora a las clases media-bajas (porque medias ya se las han cargado), ya bastante esquilmadas, se les coarta bastante la tutela judicial efectiva y para un procedimiento que es un juicio ordinario te lo piensas y repiensas.
Señor Dick, como a mí me gusta ser objetivo, tengo que decir que por primera vez cuenta usted algo, que además de estar bien fundado, sirve de utilidad para dar seguridad en las comunidades mafiosas. Así que le agradezco sus palabras.
Mi pregunta venía sobre todo a raíz de que al intentar formular denuncia deontológica contra mi administrador, él había contestado al colegio que el hecho de que yo grabase infringía los derechos de la comunidad y de él, y yo no veía donde estaba la infracción. Me quedo mas tranquilo sabiendo que en teoría no me pueden prohibir grabar.
Hoy he descubierto que el juicio penal que yo daba pos supuesto que iban a archivar porque así lo había solicitado yo al quedar cubierta la responsabilidad civil de la derrama ocultada en la venta, no se archiva, al menos de momento. La verdad es que si algo se va aprendiendo es que los juzgados son imprevisibles, a veces para bien y a veces para mal....Sorpresas te da la vida... Aunque se merecen un buen escarmiento, prefería que se hubiese archivado para centrarme en intentar que el reparto de gastos en mi comunidad se haga de forma legal...
El derecho fundamental a la intimidad tiene por objeto garantizar al individuo un ámbito reservado de su vida, y, por tanto, veda que sean los terceros, particulares o poderes públicos quienes decidan cuáles son los contornos de nuestra vida privada (por todas, STC de 22 de abril de 2002). Los hechos de naturaleza privada, esto es, los que presentan carácter reservado personal o familiar, quedan siempre protegidos por el derecho fundamental a la intimidad. Pero la grabación por un particular de un acto "público" como lo es una Junta de Propietarios no afecta por sí mismo al derecho a la intimidad, ni al derecho a la imagen de los demás por el mero hecho de hacer la grabación, ya que, como he referido anteriormente, otra cuestión es el uso perverso que de esa grabación se pretenda hacer.
Por lo anterior si un propietario quiere grabar una Junta no se le puede impedir hacerlo, o el administrador negarse a intervenir en la misma, ya que ningún perjuicio le puede suponer el hecho de que un propietario quiera tener un documento visual y sonoro del desarrollo de una Junta de Propietarios para una mayor constancia del resultado de los acuerdos adoptados, o el sentido de los votos si en otras ocasiones ha planteado dudas acerca de determinados puntos que se han aprobado o el sentido de los votos emitidos.
Cuestión distinta es que luego quisiera, quien ha grabado la Junta, proceder a difundir por cualquier medio de comunicación el contenido de la misma, ya que aquí sí que estaría incurriendo en responsabilidades civiles por la vulneración del derecho a la imagen ajena al difundir imágenes obtenidas en un acto que no tenía por fin su difusión pública, por ejemplo, del contenido de una Junta.
Debe quedar claro que solamente sería posible utilizar la grabación con la intención de obtener una prueba civil, por si fuera viable el ejercicio de una acción de impugnación, si se hubiera realizado alguna actuación delictiva en el acto, ya que primaría el interés público en la averiguación de hechos delictivos.
yo impugné porque le manddé montones de burofax al presidente y administrador para pedir informacion de las cuentas de la comunidad y no se molestaba ni en recogerlos siendo que tiene la oficina abierta al publico como es logico. le mandé como diez burofax y nada. en la junta de ese año yo me negué ha aprobar los gastos y dije en voz alta qué votaba en contra de las cuentas por no estar aclaradas debidamente y dije que constara en acta qué iva a inpugnar ante los tribunales. el tio tardo casi 3 meses en entregar las actas pero yo en ese tiempo le fui mandando burofax reclamandoles las actas y aclarando que pensaba impugnar y la tardanza de las mismas me lo estaba obtaculizando. cuando recibi las actas me fui al juzgado pedi asintencia juridica gratuita y me la concedieron. le volvi a mandar otro burofax y le informé que estaba a la espera de abogado de oficio y que por lo tanto se paralizaba el tiempo legal para impugnar. todo el proceso me fue bien e incluso consegui que la jueza ordenase una auditoria legal donde salieron varias infraciones. pero pocos dias antes del juicio mi abogada comenzó a comportarse de un modo muy extraño y el mismo dia del juicio me hizo firmar un escrito que yo cometi el error de no leerlo en su totalidad porque confiaba plenamente en ella por detalles que me demostró. pues bien el documento era una renuncia y yo ignorante de mi la firmé asi que me fué mal. pero cuando el administrador vio que le podia denunciar aunque no entro a juicio si devolvio casi 200.000€ en 3 años diciendo y asi consta en acta que se avia equivocado en las cuentas y avia sobrecalculado los gastos. a mi el engaño de mi letrada me a enseñado a desconfiar de las personas que tienen obligacion de protegerme cuando pido amparo a la ley pero a cambio consegui que nos roben menos. y que me respete un poco mas. saludos
Sin duda la grabación da seguridad, y aun así ciertos administradores no tienen miedo a seguir haciendo de las suyas, es como si gozasen de plena impunidad pare delinquir o falsear todo.
Mayi, por que impugnó usted y como le ha ido?
yo desde hace 4 años grabo las juntas. en un juicio de impugnacion la jueza aceptó la grabacion tb tiene que ir acompañada de un escrito en texto de lo que dice la grabacion. os puedo asegurar que el administrador sigue haciendo de las suyas pero menos y con mas cuidadin. antes nos faltaba el respeto y nos levantaba la voz siendo que es un empleado de la comunidad. yo al principio me escondia de grabarlo pero en la ultima junta que se celebró no me corté un pelo y me senté frente a él y encendi la grabadore apuntando hacia él no se atrevió a decirme nada y mucho menos a levantarme la voz.
Se votan 4 opciones de reparto de gastos. Sale por mayoría simple la que han propuesto el presidente y sus secuaces, que no tiene ningun sentido ni ninguna justificación, y contradice las cuotas de participación de escrituras. Pero es que además transcriben el acuerdo mal, y tras quedarse hablando entre ellos despues de la junta, me encuentro con que ha alterado el contenido de la propuesta votada, y han minorizado la cuota de una persona con la que se quedaron hablando.
Otra falsedad: ponen que se autoriza a la presidenta a designar abogado y procurador de su elección para demandar a morosos, cuando nada de esos e concretó, y resulta que las reclamaciones a morosos las cubre el seguro comunitario! El administrador que es un listo estaba buscando que le asignasen a su despacho las reclamaciones de morosos, morosos que llevan siéndolo desde hace mas de 20 años!
He presentado alegaciones a estos y muchos mas hechos, pero sé que me van a salir por la tangente, no van a corregir nada del acta, y nunca me van a dar la razón en nada por mucho que la tenga. Estoy esperando la respuesta de ellos para intentar ir por la vía penal por falsedad documental, pero no sé bien que probabilidades tengo que de un juzgado lo admita a trámite.
Estoy de acuerdo luna. Tenian que grabarse por Ley, y así se ahorrarían el acta. Aunque si se grabasen ya se encargarían ciertos administradores de poderlas falsificar igual.
Pero yo creo que es bueno fomentar las iniciativas individuales de grabarlas, así hay mas medios de prueba para poder demostrar falsedades documentales en las que incurren ciertas comunidades de forma sistemática.
Mi comunidad ya sabe que le grabo las juntas, y sabe que voy a presentar las grabaciones como prueba en mis denuncias por falsedad documental. Lo que no sé bien es como proceder si en la siguiente junta me prohiben grabar...
Yo hace tiempo que grabo las reuniones, pero a escondidas. Lo bueno sería que la ley lo contemplara y así no se producirían ni la mitad de las situaciones que en la actualidad suceden.
Si alguien informa de dónde hay que dirigir un escrito pidiendo que se graben las reuniones para evitar, en lo posible, las escenas de agresividad verbal que se dan por parte de algunos propietarios, no dudaría en mandar una carta explicando la necesidad de que las reuniones sean grabadas, tal y como sucede en los Juzgados.
Ahora, que no lo pidieran pocas personas porque no harían caso, deberían de ser muchas para así hacer fuerza.
Hola,
en mi nueva comunidad, hasta ahora grabar juntas me ha servido para verme en posición de poder demostrar hechos que constituyen falsedad documental por parte del administrador y de los presidentes, en la redacción de las actas.
Pero ahora los mafiosos ya saben que las grabo, y sé que la siguiente junta extraordinaria van a tratar de prohibirme que grave. El administrador dice que violo "sus derechos", pero yo digo que grabar una conversación donde yo intervengo no viola ningún derecho y me permite poder demostrar posteriores falsedades documentales o "errores" en las transcripciones de las juntas. Por eso están tan interesados en que no las grave.
¿Que ocurre si me dicen que no puedo grabar y me niego? ¿Puedo llamar a la policía? Tengo derecho a grabar, dado los precedentes de falsedades documentales (que quiero abordar pero aun no están judicializados)?
Me boicotean la inclusión de puntos de interés general en el orden del día, intentan poner la junta cuando saben que tendré dificultades en asistir, y sé que van a prohibirme grabar. No les gusta que les diga las verdades y que les delate sus ilegalidades, que llegan a ser delitos delitos de falsedad documental, en una comunidad totalmente arbitraria e ilegal. Que puedo hacer?