Un propietario, ha instalado una cámara en la fachada, para grabar zonas comunes de paseos y escaleras exteriores, pertenecientes a la comunidad.
¿Que se puede hacer?.
No puede instalar esa cámara en un elemento común como es la fachada sin permiso de la comunidad, incluso aunque fuera para filmar zonas privativas suyas.
La intromisión en el derecho a la intimidad de los propietarios sería un tema aparte, bajo su propia responsabilidad (supongamos que instala una cámara dentro de su vivienda filmando zonas comunes a través de la ventana).
Hola:
lo que tienes que hacer es ir a Seguridad Privada y denunciarlo allí.Es competencia directa de ellos.No se puede instalar cámaras si no es por unanimidad de propietarios y sólo podrían ser visualizadas cuando se trate de motivos de seguridad (robos,etc) por personal de seguridad.
En resumen,es ilegal lo de este señor.
UOCSP=unidad orgánica central de seguridad privada.No obstante cada provincia tiene una unidad provincial de seguridad privada;si no más cómodo,cuando veas un policia nacional pregúntale donde se encuentra SEGURIDAD PRIVADA y el te remitirá.
Mi duda, si la cámara la instala un vecino y no una empresa de seguridad, según dice la consulta la instalación la ha realizado un vecino, ¿qué tiene que ver esto con la UOCSP?.
Más grave todavía,si ya es ilegal que una comunidad pudiera instalarla sino es por decisión unánime de los propietarios imagínate un vecino por su cuenta.
Partiendo de que la unanimidad no es necesaria para dicha instalación, y dejando al margen la gravedad de la actuación ... qué tiene esto que ver con la UOCSP???
Este tipo de instalación de camaras sin cumplir los requisitos legales, al tomar datos de carácter personal como son las imágenes de personas, si una vez requerido el propietario en cuestión hace caso omiso, presente una denuncia ante la agencia española de protección de datos, que ellos investigarán los hechos y en su caso iniciarán el correspondiente expediente sancionadoR.
Si, la competencia en materia de seguridad privada es competencia de Policia nacional. No obstante, para que entre en juego la ley de seguridad privada esa cámara de video vigilancia debería estar conectada a un centro de control de video vigilancia de una empresa de seguridad.
Pero si veo oportuno llamar a policía nacional y que levanten acta y lo remitan a la AEPD.
Saludos.