Mi pareja ha iniciado los tramites de divorcio de su ex y ha pedido la custodia del niño. Tenemos en nuestro poder varias grabaciones de telefono donde se oye claramente como la madre maltrata verbalamente al niño. Estas grabaciones las ha realizado el niño por iniciativa propia y, la verdad es que se nos han puesto los pelos de punta por la crueldad con que le trata la madre... Bien, la pregunta es: las podemos presentar en el juicio del divorcio como prueba???
Muchas gracias y un saludo.
LICITUD GRABACIÓN: T. SUPREMO Y T. CONSTITUCIONAL
TS 2ª, S 06-07-2000, núm. 710/2000, rec. 1602/1999. Pte: Conde-Pumpido Tourón, Cándido
RESUMEN
La acusación particular, que actúa en representación de los padres del fallecido, víctima del delito, interpone recurso de casación contra la sentencia que absolvió por falta de pruebas a los acusados por el delito de robo con homicidio, al entender vulnerado el derecho fundamental a la prueba, denunciando la inadmisión de una prueba testifical y otra de cargo consistente en unas cintas magnetofónicas.
NORMATIVA APLICADA
• Conv. 24-11-83. Convenio Europeo núm. 116, Indemnización a Víctimas de infracciones violentas :
• CE 27-12-78. Constitución Española : art. 15, art. 24.1, art. 24.2
• RDLeg. 14-09-82. Año 1882. Ley de Enjuiciamiento Criminal (RD 14 septiembre 1882) :
art. 729.3, art. 746.6
FUNDAMENTO DE DERECHO
SEXTO.- El Ministerio Fiscal alega, también, en su impugnación del recurso, que las grabaciones son de una legalidad "más que cuestionable". Sin entrar en un análisis en profundidad de una cuestión que no ha sido formalmente planteada, pues como se ha señalado la Sala de Instancia únicamente inadmite la prueba por su extemporaneidad y supuesta inutilidad, pero no se refiere a su ilicitud, debe recordarse que el Tribunal Constitucional en su S.T.C. 114/1984, de 29 de noviembre, señala que "no constituye contravención alguna del secreto de las comunicaciones, la conducta del interlocutor en la conversación que graba ésta"; asimismo la Sentencia de esta Sala de 20 de mayo de 1997, señala que "no existe vulneración del derecho a la intimidad cuando es el propio recurrente quien ha exteriorizado sus pensamientos sin coacción de ninguna especie", y que "la grabación de las palabras de los acusados realizada por el denunciante con el propósito de su posterior revelación no vulnera ningún derecho al secreto, ni a la discreción ni a la intimidad del recurrente".
Este mismo criterio es acogido por la Sentencia de 1 de marzo de 1996 al señalar que "cuando una persona emite voluntariamente sus opiniones o secretos a un contertulio sabe de antemano que se despoja de sus intimidades y se las transmite, más o menos confiadamente, a los que le escuchan, los cuales podrán usar su contenido sin incurrir en ningún reproche jurídico", añadiendo que el contenido de una conversación puede llegar al proceso por la vía de su reproducción oral si alguno de los asistentes recuerda fielmente lo conversado, o mediante la entrega de una cinta que recoja textualmente, con mayor o menor calidad de sonido, el intercambio de palabras entre los asistentes.
Dicho lo anterior Jaisa, donde se vislumbra la "posibilidad" de que sean utilizadas las cintas grabadas, quiero daros mi opinión, y siento si ésta os pueda molestar,
Me parece mezquino y manipulador, hasta límites extremos, instrumentalizar la voz de un menor; utilizar sus sentimientos, sus miedos, su dolor, para sacar partido en un proceso de custodia; que aunque sea muy lícito luchar por ella, me parece de una prevaricación emocional funesta que lo hagais con el engaño y la utilización de la intimidad del menor con su madre.
Y no se puede ir con la excusa de que el "menor", el niño, las ha grabado a iniciativa propia. Los niños no nacen detectives, no sienten la necesidad de grabar a su madre mientras ésta puede estar más o menos enfadada con él.
Utilizadlo, si el juez os deja. Supongo que no utilizareis los buenos momentos con la madre; sobre todo cuando los padres no estaban separados. No lo hareis con el sentimiento positivo que pueda existir dentro del niño hacia ella. Eso, eso no lo direis.
Destruireis la intimidad del niño, para justificar que está siendo destruida por la madre. ¿Quién es más destructor?.
Creo que el mejor camino para la custodia es "mostrar la mayor capacidad y disponibilidad del padre", conjugada con el deseo del menor si tiene el suficiente sentido común para reconocer su necesidad de vivir con papá. Lo demás, son tropelías.
Esa es mi opinión moral, la jurídica la tenéis arriba. No siempre van por el mismo camino.
Gracias Tiento, es otro punto de vista que no habiamos tenido en cuenta, pero te contesto para que nos entiendas. Ya se que los niños no nacen detectives, pero esto ha surgido de él, por que esta harto de las mentiras de su madre y de que ella llame a la policia y de su version y no le crean. Aunque te parezca mentira (a nosotros tambien nos sorprendio) a el se le ocurrio grabar un par de "conversaciones" con su madre para enseñarselas a la policia cuando su madre la llame y le acuse de mentiroso y de agresivo. Es cierto que no le hemos preguntado al niño, y ahora lo haremos, si le parece bien que las presentemos en el juicio, pero es que tenias que oirlas, de verdad.... Son muy duras y hemos pensado que usarlas era doloroso para el, pero menos que permanecer con su madre tal y como le trata. Por supuesto que nuestra linea va a ser demostrar la mayor capacidad del padre, pero tambien tenemos que rebatir los argumentos de la madre de que inculca un amor sin limites hacia el padre, cosa que es totalmente falsa. No obstante, me parece que tu opinion es muy digna de tener en cuenta y nosotros, lo ultimo que queremos es dañar al niño, pero hay que sopesar todas las posibilidades.
Muchas gracias y un saludo
Bueno jaisa, supongo que si el chaval se tomó la molestia de hacer las grabaciones, es porque su intención era utilizarlas.
Por si sirve de algo, quiero recordar que el caso que nos expone Jaisa, es el caso que vive el hijo de su pareja, a manos de su madre.
El caso de una madre que ha intentado meter a su hijo en un centro de menores, con tal de impedir que el niño vaya a vivir con su padre. Mintiendo a la trabajadora social acerca del padre, diciendo que era la peor de las influencias, mientras disfruta de la generosa ensión de 900E.
El caso de una madre que le ha puesto tropecientas denuncias falsas a su ex marido, y otra falsa denuncia a Jaisa por agresión. Y que afortunadamente, en los juicios, Jaisa y su pareja han saludo absueltos.
El caso de un hijo maltratado por su madre, y que quiere ir a vivir con su padre para terminar de sufrir, y la verdad, si podéis demostrar el maltrato, y que no tenga que volver a ver jamás a esa mujer, mejor.
No se si legalmente las grabaciones de audio serán los mismo que las grabaciones de vídeo. Me explico, cuando alguien ha querido demostrar que la niñera maltrataba al niño y ponía una cámara oculta en casa, me parece que las grabaciones se aceptan. Espero que en este caso sea igual, y que al menos acepten la grabación de audio como prueba, y ya de ahí, que decidan si su contenido demuestra el maltrato sicológico.
Soy Carmen Varela, abogada especializada en derecho de familia (www.circulolegal.com) Si aportais la grabacion con la demanda sera admitida sin problemas, pero si lo haceis en el acto del juicio, la mayoria de juzgados no la aceptan. Saludos