De hecho en estos foros podemos ver abogados que piden consejos, e información, sobre todo cuando empiezan, y es que todos no lo sabemos todo. Soy el primero que cuando tiene dudas pregunta.
Lamento haber herido vuestra sensibilidad, pero se debe entender que cuando uno solicita asesoramiento en una materia, busca el consejo de alguien titulado en el asunto, y más en este foro donde se supone que tienen que responder abogados, no opinadores. Las opiniones, por muy bienintencionadas, no sirven de mucho y en ocasiones perjudican más que ayudar.
Hace años en este foro solo respondían abogados; no sé que ha podido pasar como para que ahora respondan personas que no tienen dicha formación.
Luisconrad, déjelo, es imposible ni usted ni yo tenemos ni idea, esta señora no sabe que sabe mas el diablo por viejo que por diablo.
No es usted ni Licenciado en Dcho ni Grado en Dcho, eso si lo que parece desconocer esta señora es que los titulados en esta carrera estudian dcho del trabajo pero como una mera asignatura en la carrera y qu luego depende a que se dediquen, (ya sea Dcho laboral, Administrativo, Tributario, Familia, Civil, penal y un largo etc de dchos), con esto quiero decir que un profesional del dcho muchas veces tiene igual o menor nivel que algunos de los que por aquí pasamos que nos dedicamos al dcho del trabajo pero bueno, como usted dice que le responda alguno de los profesionales que por éste foro pululan o sino que siga adelante con su idea y ojala los trabajadores a los que quiere denunciar pregunten en este foro que pueden hacer que ya les daremos unas nociones de lo que pueden hacer bueno pero eso a la consultante no le perjudicará porque como no teneos ni idea, no somos profesionales del dcho.
Genial. haga lo que crea conveniente. Cuando tenga usted una respuesta de un abogado, si lo desea puede hacer nos la llegar y así hacernos sacarnos de nuestra ignorancia, sobre todo a mi que como mediador y perito en Derecho Laboral me seria muy interesante la opinión de un abogado o graduado
Te agradezco el comentario, pero dudo mucho que sea 100% ilegal, pues la circunstancia siempre es condicionable y valorable para que se pueda discutir la penalidad de un hecho, además que en un puesto de trabajo se puede grabar perfectamente si hay documento firmado de por medio, y se tiene que valorar si ha sido una conversación privada o no, y en este caso no ha sido una conversación privada.
Por eso me interesa la opinión de un abogado, pues, por su formación y experiencia, es quien está capacitado a aplicar matices legales con los detalles que he comentado.
Agradezco la intención de personas sin formación, pero realmente me ayudaría la postura de un abogado.
Más que nada porque en el foro pone "consultorio jurídico", y entiendo que esto está enfocado a que profesionales de la abogacía de forma desinteresada aclaren consultas con un mínimo de garantía de conocimiento. No sabía que las respuestas las pudieran dar personas que no se dedican a ello y respondan a modo de opinión que puedan conllevar a error.
Sin desmerecer tu intención, me interesa conocer la opinión de un abogado, es decir, alguien que pueda dar una información con conocimiento de causa en función de la legislación vigente y la práctica jurídica. Yo también tengo nociones jurídicas, pero busco contrastarlas de forma objetiva.
Pues no, no soy abogado pero sospecho que visites tampoco es un investigador privado por lo que no tiene autorización para hacer grabaciones Desde el momento en el que usted deja de estar presente no forma parte de la conversación por tanto esa grabación para el ámbito laboral deja de ser legal, (aunque en la misma se dediquen a hablar mal de usted seguiría siendo nula), el que la conversación suceda tanto en el lugar de trabajo como en horario laboral carece totalmente de interés y esa grabación sin tener autorizacion vulnera el dcho a la intimidad al honor y a la propia imagen, (dcho fundamental recogido en la CE, la vulneración de este tipo de dcho es delito).
No sé de qué va el tema ni el interés que viene usted en hacer llegar una conversación privada de dos compañero a sus superiores pero la empresa no podría hacer uso de esa conversación para sancionar a los trabajadores y usted si descubren que grabó esa conversación pueden denunciarla por cometer un delito.
Y el que usted desconozca que eso es delito no le exime de cumplir la ley.
SMO
Jamgrrhh28, es abogado?
Un detalle que me interesa considerar y es lo que me trae la duda: la grabación se inició estando yo presente, y sin detenerse continuó grabandose ausentándome yo al iniciarse mi momento de descanso laboral. Dicha grabación se realizó no en un espacio privado sino en la misma mesa de trabajo, en horario de trabajo y siempre realizando dicha actividad laboral. Es decir, no es una grabación realizada en un momento de privacidad de nadie, pues las dos personas cuya conversación se grabó estaban en pleno ejercicio de la actividad laboral y siempre dentro del espacio de trabajo. No se trata de una grabación en un momento de privacidad de terceras personas, y por eso dudo.
¿Qué hacer con esa grabación? Si quiere evitar problemas borrarla, dice usted que ¿esa grabación es legal? Para que sea legal usted debe formar parte de la misma, es decir aunque la otra parte no lo sepa para que esa conversación sea valida usted debe formar parte e esa conversación y aunque hablen de usted si ha sido grabada sin su presencia e intervención en la conversación puede usted estar incurriendo en un delito.
Por un problema laboral, puse mi teléfono a grabar sonido dentro de mi bolso en mi puesto de trabajo y sin informar a nadie. La grabación continuó aún cuando me ausenté de mi mesa por descanso y estando el teléfono dentro de mi bolso encima de la mesa.
La grabación captó una conversación que compromete a dos empleados. Dicha conversación se produjo en mi ausencia y siempre dentro del horario de trabajo sin estar dichos empleados en descanso o en un momento privado. Fue una conversación "privada" (entre comillas porque se produjo mientras estos empleados estaban siempre en su momento de trabajo, en sus puestos de trabajo y ejerciendo el propio trabajo).
Se que en un tribunal todo es admisible si así lo considera un juez, pero dejando ese detalle a un lado, ¿mi grabación es legal y sin perjuicio para mí si lo aporto como prueba en una inspección de trabajo?