Así es, es necesario que ponga usted el cartelito de "zona videovigilada". Y recuerde inscribir la cámara en la Agencia Esapñola de Protección de Datos": se puede hacer por internet.
Es una planta baja y al grabar desde dentro de la casa a través del cristal de la puerta, si se ve la calle o vía pública. Entiendo que esas imágenes si no están alertadas con un cartel de aviso, no serían válidas. Gracias por su respuesta.
Si la cámara no graba la vía pública, sino solamente su propiedad, si que puede.
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales:
"Artículo 22. Tratamientos con fines de videovigilancia.
1. Las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, podrán llevar a cabo el tratamiento de imágenes a través de sistemas de cámaras o videocámaras con la finalidad de preservar la seguridad de las personas y bienes, así como de sus instalaciones.
2. Solo podrán captarse imágenes de la vía pública en la medida en que resulte imprescindible para la finalidad mencionada en el apartado anterior."
Pero tenga en cuenta que ha de cumplir una serie de requisitos:
Poner un cartel que reseñe que es una "zona videovigilada". Lo puede poner de tal forma que solamente sea visible una vez que se ha accedido a la zona.
E inscribir la cámara en un registro.
Entiendo que puede usted cumplir ambos trámites y esperar a que el bromista repita, o confiar en que al ver el cartel dejará de molestarle.
Buenos días, hay un gracioso que de madrugada me toca el timbre de casa. He puesto una cámara dentro de mi propiedad ya que la puerta de acceso a la vivienda es de cristal y lo he podido grabar desde dentro de mi propiedad. Puedo utilizar esa grabación para denunciarlo?. Gracias.