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Gastos y Costas Ejecucion hipotecaria

8 Comentarios
 
Gastos y costas ejecucion hipotecaria
10/10/2014 12:41
En un préstamo impagado, queria saber los gastos que me pueden sumar al capital pendiente de amortizar en la ejecucion hipotecaria. En la escritura figura los Intereses remuneratorios de un año segun contrato (euribor 1,5) hasta máx. 8%; mas Intereses moratorios de un año: 11puntos intereses remuneratorios, con max. 12% anual, mas una cantidad fijada para costas y gastos; pero que no se como se calcularia, por cuanto lo pendiente de amortizar es 1/6 parte del valor de tasación. Y un par de cuestiones: El prestamo esta a nombre de sociedad: Pueden ir a por otros bienes de la sociedad antes de ir a por el hipotecado?; y en caso de que ejecuten la hipoteca sobre el bien hipotecado, entiendo que se la adjudicaria el banco por el 50% del valor de tasacion, y en este caso habria alguna reducción si el 50% no cubriese la cuantia reclamada?.
Gracias
10/10/2014 14:01
Iniciada la Ejecución Hipotecaria, el acreedor suele solicitar un 30% por intereses y costas.
En un préstamo con garantía hipotecaria se supone que el inmueble es garantía suficiente, por lo que sería una tontería iniciar otros procedimientos (diferentes al de ejecución hipotecaria) con el fin de embargar otros bienes.
A priori no se puede saber quién se adjudicará el inmueble ni en qué precio. Si se lo adjudican por un valor inferior a la deuda, el acreedor podrá reclamar a la deudora lo que corresponda.
10/10/2014 14:42
Hola joselegas y tripoli
Hace dos semanas cruzaba por un paso de peatones y un coche me atropelló… Diagnóstico fractura de fémur. No sabia que hacer pero una amigo me habló del Centro del Accidentado, sus abogados se encargaron de todo desde el primer momento, los recomiendo”.
Aquí os dejo su link: www.centrodelaccidentado.com
saludos
10/10/2014 16:45
En primer lugar, esos gastos y costas se tienen que justificar o ese 30% esta regulado?, y luego doy por hecho que no va a haber puja en subasta por el bien hipotecado y que su valor de adjudicación en este caso entiendo que seria el 50% del valor de tasación; por lo que mi duda es si el banco puede emprender otro tipo de procedimiento, previo a la ejecución hipotecaria para reclamar la deuda
11/10/2014 00:06
¿El 30% es de la deuda pendiente de amortizar o del importe total del prestamo?
11/10/2014 01:44
lee este articulo:
4º. Subasta del bien hipotecado y pago a la entidad financiera acreedora.

Hasta el día señalado para la celebración de la subasta, el deudor podrá paralizar el procedimiento de ejecución hipotecaria siempre y cuando consigne el importe que por principal e intereses estuviese vencido en el momento de presentación de la demanda incrementado por los vencimientos de capital e intereses que se hubieren producido hasta el momento, a lo que hay que añadir las costas del procedimiento. Una vez paralizado el procedimiento por primera vez, para volver a hacerlo habrán de mediar un mínimo de tres años.

En toda escritura de hipoteca debe especificarse la valoración del bien a efectos de subasta. Este valor no podrá ser inferior al 75 por ciento del importe de la tasación del bien que se efectuó para la concesión del préstamo hipotecario.
11/10/2014 22:40
1.- Se tienen que justificar (en su momento cuando se solicite la Tasación de costas y liquidación de intereses). La Ley establece que la parte que corresponda a los abogados y demás profesionales que no estén sujetos a tarifa o arancel, no excederá de la tercera parte de la cuantía del proceso.
2.- Como se comentó anteriormente, al Banco no le interesa iniciar otro procedimiento antes del Hipotecario, después si.
3.- Habitualmente solicitan el 30% del principal reclamado.
12/10/2014 14:10
Un 30% en una deuda de 500.000€ es un poco fuerte no?, me imagino que las costas procesales estarán tarifadas?. Si en la escritura del préstamo hipotecario refleja una cantidad para esos gastos y representa aproximadamente un 10% del importe del préstamo; aunque no especifica porcentaje y solo como limite; se podría proporcionar a la deuda pendiente de amortizar?
13/10/2014 10:27
El 30% es lo que habitualmente solicitan. Durante la Tasación de Costas habrá que determinar la cantidad concreta, en base a lo que realmente soliciten y a las posibles impugnaciones.