Soy arrendadora y hay gastos que no tengo muy claro donde ván, osea, si se deducen en el ejercicio correpondiente, en su totalidad, ó tienen que pasar a amortización. Estos gastos, por ejemplo, serían, la compra de un calentador de agua, el arreglo de una lavadora, la compra de enseres para la cama, etc.
Gracias de antemano a quién me lo pueda aclarar.
Saludos.