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Gastos junta

5 Comentarios
 
Gastos junta
03/08/2006 08:52
Buenos días, a ver si me podeis ayudar.En una junta General de accionistas cada socio viene representado por su letrado.Yo soy administrador de dos sociedades ( una S.A.i una S.L. ).¿Los honorarios de mis colaboradores ( contable y letrado ) quién los tiene que pagar, la sociedad a la que represento o yo?Tened en cuenta que yo no cobro como administrador de ninguna de las dos sociedades.
Gracias, saludos y felices vacaciones a todos.
perfil Lea
04/08/2006 09:43
veo un error como administrador de cualquier sociedad has de tener una nomina ya que en dicha nomina se mete el autonomo mancomunado , ed. el autonomo se mete en la nomina pero has de tener una prestacion economiva creo que no lo esta haciendo bien contablemente.
05/08/2006 21:15
Yo tambien soy administrador y no cobro,pero sin embargo tenemos toda la responsabilidad. Quiero salirme pero para ello hay que gastar dinero en juntas , notarios ect, y la sociedad no tiene fondos y yo no dispongo de liquidez. no se como hacerlo.
SAludos
06/08/2006 03:58
Hola, PEP2.
Si para acudir a una Junta General de Accionistas precisas (tú) de asesoramiento contable, fiscal,... obviamente serás tú quien ha de pagarse ese gasto.
Otra cosa es que (por lo que veo, en los Estatutos no existe impedimento para que acudan a la Junta personas que no son socios) en la Junta contéis con algunos profesionales (que bien podrían ser los que la Sociedad tenga contratados y que mensualmente le pasan su minuta de honorarios, y que no tendría que suponer un sobrecoste el hecho de su presencia en la Junta para el caso de que se precisara aclarar cuestiones técnicas relativas a su campo).
En cuanto al tema de la retribución de los administradores, sólo recordar que su cargo es gratuito SALVO QUE LOS ESTATUTOS establezcan lo contrario. Y que en este caso, hay dos modalidades.
Otra cuestión, y que a veces lleva a confusión, es que sí perciban retribución POR SU ACTIVIDAD LABORAL. Es decir, que efectivamente trabajen en la empresa, con lo que se les retribuirá en nómina (CASI) como a cualquier otro TRABAJADOR de la misma.
He tratado de no extenderme, y confío en que esté suficientemente claro.
Un saludo.
15/09/2006 08:48
hola. me ha sorprendido la afirmación de lea"veo un error como administrador de cualquier sociedad has de tener una nomina " .¿Estás segura?
15/09/2006 08:51
Soy administrador, ejerzo como tal a diario y estoy cobrando desempleo.¿ Cometo alguna irregularidad?

Gracias