Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Gastos juicio

2 Comentarios
 
24/05/2013 21:55
esta es la que lo aclara mejor:
TS, Sala Primera, de lo Civil, 475/2011, de 24 de junio
Recurso 1959/2007. Ponente: JOSE ANTONIO SEIJAS QUINTANA

La misma cita las STS anteriores que marcan la línea jurisprudencial, y extracto:

" es de toda lógica concluir que sí la Comunidad de Propietarios no actúa de consuno sino que rota la armonía surge la contienda judicial enfrentándose aquélla y uno de sus componentes, los desembolsos impuestos por la situación litigiosa no merecen la calificación de "gastos generales" con relación al segundo, por lo mismo que han sido causados en conflicto seguido entre el disidente y los propietarios restantes, y en consecuencia sí el enfrentado al grupo ha de soportar el pago de las expensas propias, no podrá imponérsele contribución en el de las correspondientes a la otra parte aplicando la cuota de participación, pues de mantener distinto criterio podría llegarse al injusto resultado de que el titular agraviado por un acuerdo de la Comunidad, que se vio en la precisión de combatir judicialmente para restablecer el orden conculcado, tendría que soportar en parte los gastos procesales causados por la Comunidad de Propietarios vencida, a lo que cabe añadir que no obstante las notas de carácter asociativo o comunitario que presenta la propiedad horizontal, no constituye una verdadera comunidad, sino unión de propiedades singulares cuya sustantividad y relevancia permanecen, y por lo tanto la representación que ostenta el Presidente de todos y cada uno de los titulares de los pisos se entenderá que desaparece por lo que respecta al propietario contra el que se litiga, disipando así la paradoja de un "autoproceso" parcial, ello además de que no se trata propiamente de gastos comunes ocasionados por el ordinario desarrollo de la situación de propiedad horizontal, sino de extraordinarios desembolsos impuestos por un conflicto que lleva ya aparejado para el disidente el pago, por su condición de parte, de las expensas correspondientes».
24/05/2013 21:23
Tienen que hacer una derrama para los gastos del juicio y deben contribuir todos menos tu.
Obviamente si se paga con el fondo comun tu tambien lo estas pagando y serias parte de los dos "bandos".

hay una sentencia:
Sentencia nº 46/2008 de Audiencia Provincial de Madrid, Sección 12ª, de 23 de Enero 2008

Gastos juicio
24/05/2013 19:59
He tenido un juicio contra la comunidad sobre un asunto que estaba claro que era a mi favor y sin embargo me denunciaron.
Los gastos del juicio tiene que abonarlos la comunidad ya que la sentencia fue a mi favor y lo han abonado del fondo común.
Yo no estoy de acuerdo que de mi fondo se pague los gastos, ?qué puedo hacer¿; puedo deducir mi parte del próximo recibo de la comunidad.
Gracias y saludos.