Respecto a los gastos que reclama la exmujer de su primo:
- Los que sean de antes del divorcio no tiene que volver a pagarlos, se supone que ya los pagó en su día.
- Los gastos de las extraescolares, que ya se venían produciendo antes del divorcio, podrían estar incluidos en la pensión alimenticia, salvo que el convenio o sentencia indique lo contrario. Si es una nueva actividad no tiene por qué pagarlo si no da su autorización, excepto si es imprescindible para la educación de los hijos. Para ello debe expresar su oposición en cuanto tenga conocimiento de dicha actividad.
- Los gastos escolares tipo libros, bolígrafos, cuadernos... normalmente están incluidos en la pensión alimenticia, salvo que el convenio o sentencia diga lo contrario.
- Los gastos del psicólogo son gastos médicos necesarios para la salud de su hija, además muy dificiles de conseguir en la seguridad social. Si se produjeron después del divorcio deberá pagar la mitad. Así será con cualquier otro gasto de salud: dentista, farmacia, gafas, etc. que no esté cubierto por la seguridad social.
Ambos progenitores tienen derecho a estar informados de los asuntos que correspondan a la patria potestad, mientras los menores estén con ellos. Esto incluiría los asuntos de educación, salud, etc. Si la exmujer de su primo no le informa de estos asuntos puede recurrir directamente al colegio, al médico que corresponda para pedir la información.
El hecho de que no le permitan ver a sus hijos no le exime de pagar la pensión alimenticia y los gastos extraordinarios. Si ese tema ya está demandado, él debe seguir cumpliendo sus obligaciones. De todos modos es muy difícil que un juez obligue a los hijos con 16 y 17 años a que vean a su padre. En mi opinión lo mejor es intentar hablar y negociar con ellos, quizás intentar una mediación familiar. Mucha paciencia y mucho amor serán las mejores armas y nunca dejar de cumplir con sus obligaciones ni atacar a la madre.
Buenas tardes,
Mi primo lleva seis meses divorciado y por desgracia ha perdido todo incluido a sus hijos de 16 y 17 años. A sus hijos nos lo ve desde que abandonó la casa primero porque la madre les prohibía a los hijos ir a ver a su padre y después del divorcio según dice la madre son los hijos los que no quieren verlo. ( Eso está denunciado donde procede).
Hoy ha recibido tres e-mails de su ex mujer con fotos de facturas supuestamente de gastos de los hijos donde ella le obliga y amenaza de que si no paga lo va a demandar.
Son nueve factura, ocho de ellas del 4/09/2020 osea de cuando aún estaban casados legalmente y ella utilizaba el.dinero de la cuenta conjunta para comprar esas cosas pero aún y muestra duda es....
Las facturas proceden una clase extraescolar, otras de fotocopias que no define, bolígrafos, una mochila y matrícula de deporte. Esas facturas ascienden a unos 300€. Luego una de ellas que para mí sería la más controvertida es una de 15/12/2020 donde ambos padres firmaron porque la niña andaba mal porque decía la madre que el divorcio le estaba afectando y la llevo a dos sesiones. 2 sesiones 90€
El caso es que mi primo le pidió por activa o pasiva ser informado de cómo iba a niña con la psicóloga ( amiga de la familia) y nunca fue informado. Mi primo decidió llamar a la psicóloga para pedirle información directamente y le dijo la psicóloga que la niña solo había ido a dos sesiones y que tanto la madre como la niña habían decidido suspender las citas porque consideraron que ya no le hacia falta que fuera más con lo cual no había dado tiempo a hacer ningún diagnóstico. Osea que para pagar más de seis meses después si es bueno su padre y ex marido pero para informar no.
Nuestras preguntan son si se tiene que hacer cargo de esas facturas cuando en el convenio pone que los gastos extraordinarios son al 50% , además pagarlos cuando casi ha pasado un año y si encima no ve a sus hijos??? Lo utilizan como un banco.