Si en algún momento pagara cantidades extra que no son obligadas por la sentencia, en caso de una reclamación de la otra parte es posible que aumenten la cuantía a alimentos o aportaciones extra (a gastos) ya que sin obligación lo viene haciendo...
Pepa68, cada caso es cada caso, si la sentencia de su marido dice que pague en setiembre doble de alimentos para aportar a gastos "escolares", debe pagarlo y con ello ya cumplió en temas escolares (a no ser que la sentencia diga que debe pagar mas gastos escolares...)
Si la sentencia no menciona gastos extra es que no debe pagarlos hasta que una sentencia diga que deba pagarlos...
Total que lo que dice mi marido no se equivoca, siempre dice que tenga o no razon el siempre delante la ley saldra perdiendo, que apoyan siempre o en el 99% de las veces a las mujeres (yo soy mujer) y yo siempre le decia que no que habia que confiar en la ley que se supone es justa, empiezo a pensar que no lo es, ojala me equivoque
Chioal.........eso es algo que hemos leido muchas veces, que los gastos tienen que ser consensuados, si no no se pagan.
Pues uno se arriesga a que sin tener constancia de ellos, la otra parte solicitee una ejecución de sentencia, y embargo de nomina, luego quedarás a disposición del juez que te toque si esa noche a cenado "olbran" o no.
Yo tambien pensaba lo mismo de que habia que tener comunicación y aceptarlos o no..............pero te enteras de que la justicia tienen muchos caminos y lo que en el juzgado X es blanco, en el Y es negro.
en el convenio de mi marido pone que en septiembre pagara la manutencion doble para gastos escolares, por eso preguntaba si al referirse a gastos escolares se refiere a todo tipo de gastos que tengan que ver con el colegio, libros, excursiones, colonias, fin de curso, matricula, como digo no pone nada de gastos extras ni escolares ni de ningun tipo.
Es que tiene tela, que solicites una modif. de medidas por reducción de ingresos cosa que se demuestra, incluso yo solicite en 2008 ya casados créditos porque no llegábamos a final de mes, al estar mi marido en la lista del asnef, tenía que ser yo titular de los créditos, claro desde entonces vamos pagando los mínimos casi 350.00 al mes por los 3 , y resulta que dicen en la sentencia que esos créditos no se demuestra que se hallan utilizado como gastos de la unidad familiar y no lo toman en cuenta como gastos fijos, que pasa que los créditos me los tengo que comer con patatas....
….A él solo le toman en cuenta 350.00 que sería la mitad del alquiler del piso que pagamos, claro porque se supone con que yo aporto el otro 50% , eso es justicia? La verdad que no hemos perdido la fe que con el recurso presentado demos con una persona sensata, porque de otra manera estamos perdidos.
La leche carla81, este post si que puede recibir la calificación de vergonzoso, tanto por la actitud de la ex como la del juez que os ha tenido la mala suerte de tocar.
En este caso jamás le han pedido consentimiento alguno, ella hace y deshace a su antojo, al punto que ni siquiera fue invitado a la comunión del menor en 2009, y el instituto que acaba de empezar se le a tenido que preguntar a el mismo donde quedaba para pedir las tutorías, también se pidió en el centro de actividades los importes de las actividades actuales del menor, y han hecho oídos sordos cero respuesta. Dijo la jueza porque mi marido presenta la modif. de medidas hasta junio 2010, el caso es que se solicito justicia gratuita en marzo del 2009 y hasta abril del 2010 no se lo aprobaron y luego se presento la demanda. Cuando se dijo de que no es necesidad básica ir de casales y colonias, respondieron que el menor tendría también que divertirse, que pasa que todos los niños van a piscina, casales, colonias…..
Es de locos yo trabajo pero gano poco aprox. 450 mes haciendo escaleras, a mi me han visto mis extractos bancarios, a ver si no cobro alguna pensión, o tengo propiedades, pidieron a mi empresa los ingresos del 2010 como si yo tuviera que pagar la pensión, menos mal que no tengo dinero porque si no le quitan todo el sueldo a el, y a mi me toca mantenerle.
Si en el comedor del colegio tiene media beca 42.00 y han puesto que de alimentacion aparte 140.00 ahhh que gasta 30.00 gas al mes? etc...etc....cuando nosotros somos 2 y gastamos 25.00 cada dos meses...y es que tampoco coinciden las facturas con los gastos de la tabla, y ni siquiera se lo han visto.
Por supuesto todos losgastos extraordinarios deberan ser consensuados si no se arriesga que no se le abonen no puede hacer lo que le de la gana ,a lo mejor al padre no le interesa determindas cosas ,por lo que si la madre lo quiere tendra que abonarlos ella.El año pasado la ex de mi pareja le quiso cobrar los disfraces de final de curso ,que se componian de camiseta y pantalones con lonetas todo ello se lo pondrian para vestir posteriormente y no los pago.Tambien unas clases de deporte que apunto al niño ,el padre se entera por el niño y éste considera que hubiese sido mejor unas clases de apoyo pues en el cole no le va muy bien , de hecho el niño ha repetido este año con 8 años pero es mas importante el deporte....
Lo que no entiendo es el concepto de gastos extraordinarios como tal
Debera estar dentro los gastos medicos que no los cubra la seguridad social,gastos de extraescolares ,excursiones,de apoyo( siempre consensuados),asi como gastos del material escolar a comienzo de cada curso.No se considera el comedor del colegio pues lo que le abonas al mes de pension de alimentos se lo esta ahorrando en el colegio.Animo
En el de mi marido ponía que los gastos extras serian al 50 % (casales, colonias, deportes etc…) debían ser pactados de lo contrario no debían abonarse.
Mi marido pidió una modif. de medidas ya que sus ingresos han bajado y se a demostrado, la otra parte respondió pidiendo un aumento de la pensión y presento una serie de gastos extras como necesidades básicas del menor de 13 años, incluyendo casales, piscina, colonias, comedor del colegio , comedor del casal, libros, material escolar, refuerzo escolar, seguro de decesos, seguro de hogar , alimentación, etc., etc.……. Piden 430.00 de pensión. La jueza decidió un 70 % que tiene que abonar mi marido y un 30 % ella, hemos recurrido a ver si hay suerte.
En principio un gasto extra, es eso extraordinario y se considera que no entra dentro de la pensión alimenticia.
Pero sobre gastos extras hay muchas opiniones, de lo que son, la forma de hacer el gasto, su comunicación, etc.
En el juzgado donde yo me divorcié, si consideran gastos extras: los libros, uniformes, matriculas, las clases de apoyo, gastos medicos no cubiertos por la SS, y algunos mas.
En contra de los que leemos por aqui, pero es que en cada juzgado "cocinan" de una manera distinta.
Yo estoy metido en una reclamación por parte de mi ex, de gastos sin habermelos notificado, ni saber que los habia tenido..........por mucho que se diga que si no se notifican no se pagan.
Ya os contaré si al final si tengo que pagar, o habrá embargo, o lo que sea, y eso que en la sentencia solo estipula que los gastos extraordinarios seran al 50%, sin mas palabras, y como repito nunca tube constancia de ellos, pues me reclaman 4 años............a pesar de estar dandole mas dinero todos los meses por un acuerdo verbal que tuvimos.