Hola, os escribo desde el extranjero y tengo una pregunta. Estoy divorciado desde hace 3 anos y tengo una hija por la que paso una manutención de 200 euros. Mi ex me pide como gastos extraordinarios: los libros del colé, los materiales escolares, medicinas para el resfriado, platillas ortopédicas, actividades extraescolares organizadas por el APA, una mochila y un escuche nuevo, excursiones y otros. Ella no me informado de nada de estos gastos y no se me a consultado en ninguna manera. Quería saber que debo de pagar, y aun mas importante cual es la regla para gastos extraordinarios, cuales son y cuales no. Esto confuso y no tengo ni idea. Agradecería muchísimo la información, su abogada me esta amenazando….
Muchas gracias.
P.D.: Perdonar la falta de de algunas letras o acentos, pero mi teclado es extranjero.
No soy abogado, pero estoy divorciada y, en mi caso, mi abogado me comento que extraordinario es todo lo que sale de lo normal. Por ejemplo, los libros del cole, material escolar normal y habitual del niño, pues corre por mi cuenta dado que para eso tengo una pension de manutencion para mi hijo. Gafas, dentista, plantillas ortopédicas, entran dentro de lo extraordinario. Las actividades extraescolares habituales, como puede ser inglés, o deportes etc.... se acuerdan entre los dos padres y se pagan a medias ( extraordinario), pero entiendo que una excursión puntual a un museo o algo así se entiende como normal, la paga solo la madre en este caso.
Resumiendo, mi abogado ( que sería el de "la otra parte" en tu caso) me dijo que los gastos normales de la educacion de un niño, iban por mi cuenta. Todo lo extraordinario se debe a actividades extraescolares del tipo las que te he dicho, y y todo lo extra que en tema de salud surga con el niño ( esperemos lo menos posible!).
Pero te digo es mi caso, que no soy abogado, pero creo que la lógica impera, no??
Suerte
mmmm discrepo...y doy mi opinion....los gastos previsibles..deduzco que son los basicos, alimentacion, educacion,sanidad, etc..por lo que los gastos escolares , libros y demas...es un gasto previsible, sabemos que en septiembre siempre estan...otra cosa seria una ortodoncia...nunca se sabe cuando te toca...o bien clases de repaso o de ingles...hay algunos gastos que se saben y otros no.....es la diferencia entre previsibles y extraordinarios..creo yo..mi humilde opinion
Para los gastos extraordinarios tu exmujer tiene que consultarte si ha hecho algo sin consultarte no estas obligado a pagar. Mi ex mujer me llevo a juci o porque no quice pagar la ortodoncia y el gimnacio de mi hijo de (11 años), y el juez me dio la razon pues esos gastos tienen que informar primero. Los libros etc. lo pagmos por la mitad siempre y cuando me presente la factura una vez trato de que le pagara a precio de nuevo los libros que habia comprado de segunda mano.
Robert99, los gastos extraordinarios te los tiene que consultar tu ex- primero, antes de realizarlos. Si aceptas en pagarlos, que te de copia de la factura. Si no te consulta antes de realizar el gasto, no pagues. Los libros y el uniforme, mochila, etc., NO SON GASTOS EXTRA. Gastos extra son comprar gafas, dentista (que no lo cubra la Seguridad Social) o academias. Pero recuerda: tiene que consultarte primero. Si no, qué morro: yo gasto en lo que creo conveniente, y tú paga, sin rechistar. Te lo digo ésto por experiencia: la ex de mi marido se lió a comprar cosas por importe de alrededor de 70.000 pesetas (incluidas zapatillas de deporte, y ropa que no era ni uniforme, sino para estar con ella el niño) y como el padre se negó a pagar, le demandó, y el juez le dijo a la madre que no eran gastos extra. Después de aquello: mano de santo, no nos ha vuelto a molestar con falsos "gastos extra". No le pases ni uno, o te tendrá de por vida sacándote dinero como a un tonto. Que realice estos gastos sin consultarte ya demuestra muy mala uva por su parte.
Agradezco mucho todas vuestras respuestas. Al mismo tiempo me gustaria tener un poco mas de clarificacion. Si es posible, gasto por gasto, tal y como lo he escrito. Y sobre todo que me explicarais con casos practicos que son gastos extras y cuales no son. Asi en futuro se que decirle a mi ex.Muchas gracias.
Gastos extrordinarios, son gastos que no son ordinarios, del día a día, imprevistos, etc...
Libros para el colegio, a no ser que se pacte otra cosa, gastos extraordinarios, han de pagar la mitad cada progenitor.
Plantillas ortopédicas, gasto extraordinario, han de pagar la mitad cada progenitor, es necesaria factura e informe del facultativo de su necesidad.
Actividades extraescolares, a no ser que se pacte lo contrario no son gastos extraordinarios. Ahora bien, si esas actividades ya las realizaba el niño antes de la separación, entiendo que este no debe de salir perjudicado por la separación y que se deberían de pagar por los dos progenitores.
También sera por cuenta de los progenitores aquellos gastos que sin ser calificados como extraordinarios sean beneficiosos para el menor y asi lo dictamine el Juez.
Todos los gastos han de justificarse con factura y con los documentos precisos que avalen su necesidad.
De todos los que tú has detallado en el primer mensaje gastos extraordinarios reales solo son las plantillas ortopédicas. los libros del cole pueden ser considerados como tales pero no necesariamente, además en muchas autonomías estos ya son gratis si los padres desean la gratuicidad.
Hola Robert, yo creo que no hay nada que te pueda servir para clasificar los gastos en extras o no, solamente tú puedes hacerlo pensando en el bienestar de tu hijo.
Cuando yo me separé mi hijo iba a la guarderia y la pensión la acordamos mi ex y yo con esos gastos, donde no había ni excursiones ni estraescolares ni libros ni uniformes, etc... por lo que desde que empezó el colegio, todo lo que se sale del recibo de colegio y comedor lo pagamos a medias, libros, basket, uniformes, excursiones, extras del cole, etc...
En cuanto a lo de consultar todos los gastos, es lo correcto pero en el dia a dia es un poco complicado, mi ex nunca me ha pedido un justificante pero yo tampoco he querido cobrarle lo que no corresponde.
Robert cada separación es un mundo y tú mejor que nadie sabrás si tu hijo gana o pierde con vuestras desavenencias y si lo que tu ex te reclama es justo o no.
Un saludo
mmm aunque tengo otro post, en este mismo hilo....discrepo sobre la dichosa pension ..para los hijos...no dejo de considerarla una extorsion, ya que los crios no necesitan dinero (excepto para chuches), lo que necesitan es educacion, sanidad,ropa,vestido, clases de ingles o de basket..o lo que sea..pero lo que necesita el niño..y no solo el..tambien los padres es el dia a dia, el cariño..de sus dos progenitores, yo no quiero ser un mero "visitante" y un "proveedor", tambien quiero lavar su ropa, alimentarle, vestirle....me entendeis? ...emocionalmente me destroza, el regimen de visitas que me "imponen".
os lo resumo en dos palabras :
CUSTODIA COMPARTIDA
Que tal: a no ser que se establezca en el convenio el tema de los libros escolares, entiendo que NO son gtos. extraordinarios porque son previsibles como ya se ha apuntado.
Robert, establecer una lista detallada es casi imposible. Estaria en funcion de lo que deseais realmente cada uno para vuestro hijo. Los gtos sanitarios que no cubra la sefuridad social, dentista, oftalmologo (gafas), campamentos, etc... se pueden considerar extraordinarios pero como ya te han indicado, te lo tiene que comunicar y con la presentacion del correspondiente justificante (fra, presupuesto, etc...). De lo contrario, hasta el cumpleaños del compañero de colegio se convertiria en extraordinario para la madre, y hasta ahi podiamos llegar.
Saludos.
Por cierto Robert, las amenazas de la abogada de tu ex, simplemente ignoralas porque presionar y coaccionar es muy sencillo. Si adopta una aptitud impertinente que se ponga en contacto con tu abogado, contigo no tiene nada que hablar.
Una cosa más:
si uno de los padres consulta un posible gasto extraordinario con el otro padre (lease inglés) y el otro se niega, ¿que debe de hacer el progenitor al que se le está negando ese 50% (en realidad a quien se lo está negando es al niño)?
¿Cul es el proceder más adecuado?
Gracias.
Eres como un niño con el tema de la custodia compartida Raul37!Ya nos estas cansando un poquito a muchos.Cambia tu lema ya, yo prefiero el de : PADRES COMPROMETIDOS YA! a los que no se les tenga que suplicar el pago de pensión de los hijos, que se interesen por las actividades escolares o no de sus hijos, que se interesen por la salud de los mismos, que cumplan con los gastos extraordinarios (sobretodo si son de salud o escolares)...Si no se cumplen estos requisitos como podemos hablar de custodia compartida???O es que acaso queremos decir: ASI ME AHORRO PASAR LA PENSIÓN...No se, no se...disculpa si desconfio de tanto amor....
A ver amiga Bruji, y que tal si entre todos presionasemos para que cada caso de separación/divorcio con hijos se tomase como un caso único, no como uno más de los muchos que hay, no sería más justo así?
Igual que tú opinas "así me ahorro pasar la pensión?, otros podríamos pensar "...oño que voy a perder la pensión de los niños"
Cada caso es un mundo, no son iguales...
Y deja opinar a la gente, mujer, que nadie te quita a tí el derecho a opinar, no seas censora, si te cansas de las opiniones de determinados foristas, no los leas y punto...
bueno..a raiz de tu post me veo obligado a contestarte..y despues te ruego vuelvas a opinar.
-por las actividades de mi hijo..no es que no me interese, simplemente no he sido consultado y me he enterado, por que esas actividades son dentro de mi horario de visita intersemanal, tampoco he sido consultado en la eleccion de colegio
- por la saludo de mi hijo..si que me intereso...me he tenido que ir a la mutua, libro de familia en mano..para ver cuando ha ido al medico, peor ha sido en la seguridad social, que he tenido que llamar a los mossos para que se presenten alli y que den fe de que la directora del CAP no me facilita datos (luego se acojono y los facilito)...
se me priva sistematicamente de cualquier informacion relativa a mi hijo...y creeme que esta todo denunciado..y que?
si eres de barcelona..te insto un dia tomar algo..y tel llevo toda la documentacion, para que tu seas juez y parte de las injusticias que se comenten en los juzgados de familia
y seguire gritando a los 4 vientos "CUSTODIA COMPARTIDA"...y el 19 de Noviembre..estare en Valencia..en la mani..
Raul37
Aprovechando que este post estaba ya en el olvido y se ha retomado, te he leido en lo que se refiere a que no se te facilita ningun dato de tu hijo... Recientemente he abierto un post precisamente por un problema que he tenido con mi ayuntamiento al negarseme un certificado de convivencia de mi hija pero parece ser que o no ha interesado demasiado el tema o ninguno de los profesionales que tan inestimable ayuda prestan desinteresadamente han reparado en el. Te rogaria Raul37 que leyeras mi post y si tienes alguna informacion al respecto me la facilitaras dandote las gracias.
Saludos
Ay, ay, ay...Padre 1, en el tema de "dejar opinar a los demás" aplícate el cuento puesto que no he hecho más que dar mi opinión y desde el punto de vista de muchos casos que conozco. Creo sinceramente que Raul37 es ese minoritario tanto por ciento que se ocupa y se interesa por su hijo pero se equivoca al "generalizar" pidiendo la CUSTODIA COMPARTIDA a los cuatro vientos.
Rotundamente no:
-porque no favorece la estabilidad de los niños
-porque se entra en una guerra de la que el niño es siempre el mayor perjudicado
y no pararía de dar razones, hay algún psicólogo en el foro que me pueda hablar bien de ella?
Yo no quiero la custodia de mis hijos por la pensión, ya que no saco beneficio alguno de ello sinó al contrario y de todos los gastos extras...los abono íntegramente yo.
Creo que un padre que no se ocupa de sus hijos sin tener la custodia, no debería optar a ella y repito, estoy convencida que no es tu caso Raul37, pero si el mío y como tengo derecho a opinar, opino Padre 1, mal que te pese...
...perdón por la intromisión (para nada es mi intención hacer un parón en la trifulca que teneis montada) pero me gustaria que alguien me pudiera decir algo sobre mi duda...entre tiro y tiro que os estais dando los unos a los otros...He sido la culpable de resucitar este hilo y mi intención no era la de animar vuestra discusión...sino plantear una duda...
Loa gastos escolares, atividades extraescolares, APA..., no son gastos extraordinarios. Deben cubrirse con la pensión alimenticia.
a la pregunta de Covadonga asturias, contesto: si uno de los padres no está de acuerdo con una actividad, quien sale perjudicado es el hijo, pues nadie le obliga al otro progenitor a asumir un gasto que para él podría no ser necesario. Esa es la tendencia actual en el dictamen de los jueces. Salvo mejor criterio