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gastos edificios mancomunidad

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Gastos edificios mancomunidad
06/07/2010 13:53
Se trata de una Mancomunidad formada por cuatro edificios (2 edificios dan a una calle y totalmente separados e independientes los otros 2 edificios dan a otra calle) que cuentan con unas zonas comunes privadas situadas en el centro de las edificaciones con acceso por las fachadas posteriores de las mismas.
Este espacio común se compone de zonas verdes ajardinadas, piscina y aparcamiento descubierto situado a nivel de calle.

No hay Estatutos y la ESCRITURA DE DIVISIÓN HORIZONTAL establece:

“El edificio consta de dos cuerpos de edificación separados entre si por un patio común y un aparcamiento-garaje:

• Uno de los cuerpos con fachada a la calle --- con dos portales.

• El otro cuerpo tiene fachada por la calle --- con dos portales,

En la planta baja de dicho cuerpo de edificación a la derecha del mismo, existe un paso techado que da acceso al aparcamiento-garaje.

Se divide la finca en 44 (local, aparcamiento-garaje y 42 viviendas).

B.- REGLAS ESPECIALES DE LA COMUNIDAD:

Se indican como reglas especiales por las que ha de regirse la Comunidad de Propietarios las siguientes:

a) Los propietarios del aparcamiento-garaje no vendrán obligados a contribuir a aquellos gastos, por servicios que no utilicen, tales como luz de portales, escalera, etc… En cambio vendrán obligados a la conservación y mantenimiento del paso techado que da acceso al propio aparcamiento.

b) Los propietarios de los diferentes pisos del inmueble para aquellos gastos que no sean comunes a la totalidad del edificio y sí particulares de cada portal, satisfarán estos por portales, esto es, independientemente unos de otros, en proporción a su cuota de propiedad, tales como conservación y mantenimiento del portal, escaleras respectivas, luz de la escalera, etc.. Los demás gastos que no se puedan distribuir por portales, independientemente unos de otros, tales como arbitrios, contribuciones, etc… vendrán obligados a satisfacerlos entre todos los propietarios de los diferentes pisos y locales conforme a la cuota de propiedad que se les ha asignado.”

Desde el comienzo (más 30 años) han existido 5 comunidades totalmente diferenciadas, dotadas con N.I.F. propio e independientes, una por cada bloque y la del aparcamiento, que conforman al mismo tiempo una mancomunidad con su Presidente, con N.I.F propio e independiente.

Cada comunidad, desde su inicio, se ha venido gestionando de forma independiente los gastos de reparación cubierta, tuberías, bajantes, etc... Dejando unicamente mancomunidad la gestión de la piscina, caldera, es decir todos los servicios que no pueden individualizarse por portales. Únicamente hace 10 años se unificaron los seguros de los cuatro bloques en uno solo con el fin de incluir un seguro decente para la piscina así abaratar costes, aún así cada bloque continuó independientemente sufragando sus obras.
Ahora ha entrado un Administrador que asegura, sin dejar lugar a la discrepancia, que todos tenemos obligación de pagar los arreglos independientemente de si sólo afecta a un edificio.
Es más ahora tenemos que pasar ITE evidentemente no todos hemos conservado igual nuestro edificio (el mío y otro no tienen apenas nada que hacer y hay 2 que se llevan el premio al desastre, claro a estos dos bloques les agrada mucho la teoría del Administrador.

Si de conformidad al título constitutivo y como se ha venido actuando desde siempre es legal, ¿qué puedo hacer para desvirtuar al Administrador? pues aunque se ha hecho una reunión entiendo que se adoptaron unos acuerdos bajo el asesoramiento erróneo de un profesional que condujo a ello.
Igualmente soy propietario de una plaza de garaje y aunque no se hablo nada del garaje ha pasado un reparto de gastos incluyendo al garaje ¿Está obligado el garaje máxime cuando en el acta de la ITE se establece relacionada e individualmente los defectos por cada edificio diciendo que el garaje no tiene defectos. Consultado en el Ayuntamiento me dicen que sólo nos obligan a presentar un certificado de idoneidad (cuando se terminen las obras) conjunto que como se hagan y se abonen las obras el Ayuntamiento no se mete (circunstancia que el Administrador dijo que era imposible)