Independientemente de que no se pueda reclamar un gasto no justificable, por no haber comunidad, entiendo que eso sería mantenimiento ordinario, no una mejora, y por tanto corresponde al que tiene asignado el derecho de uso. Otra cosa sería una mejora de la vivienda, como instalar ascensor.
Gastos domicilio familiar sin comunidad de propietarios constituida
Me gustaría plantear una duda, a ver si alguien me puede ayudar.
Caso: vivienda familiar atribuida a la ex esposa y a los hijos mejores. Propiedad al 50% por cada uno de los ex esposos. Piso en edificio de 4 viviendas. No hay Comunidad de propietarios constituida, ni presidente, ni cuotas, ni juntas, ni siquiera contador de la luz comunitario. Nada. Entre los vecinos se decide pintar la fachada del edificio (no sabemos si se ha alcanzado acuerdo por mayoría simple, absoluta ni nada porque no se convoca ninguna asamblea ni se redacta ningún acta) ni se comunica a ningún propietario derrama alguna...
La pregunta es: ¿puede exigirse legalmente de algún modo a ese ex esposo que no reside en la vivienda el abono de la factura por los trabajos de pintura de la fachada? Quiero recordar que no se ha votado formalmente nada, y que no se le ha comunicado nada...pero ahora la ex esposa le reclama la mitad de la parte de la factura que corresponde pagar como propietarios de uno de los pisos del edificio.
Creo tener claro que la comunidad no podría reclamar nada a este copropietario, pero no tengo tan claro si podría hacerlo la ex esposa…
En cualquier caso: ¿este tipo de arreglos a quien correspondería abonarlos? A los dos propietarios o a quien tiene atribuido el uso de la vivienda?
Muchas gracias a todos los que buenamente queráis ayudarme. Saludos