soy presidenta de una comunidad de vecinos, y el banco a embargado un piso, por lo cual hasta que no se ha sabido que la vivienda era del banco ha venido dos cuotas devueltas y se ha generado comision de devolucion, por lo cual el banco se hace cargo de las cuotas pero no de los gastos y dice lo siguiente: "Siento comunicarle que no nos autorizan al pago de comisiones bancarias por devolución de recibos dirigidos a cuentas de anteriores propietarios". Mi pregunta es si aceptan en pagar las cuotas y son propietarios desde la primera cuota que vino impagada, se contradice, porque eran ellos los propietarios y aceptan la cuota pero no los gastos, ¿que he de hacer? quien paga esos gastos?
Te aconsejo que sufragueis dichos gastos entre el resto de propietarios ya que si el banco se niega en pagarlos y teneis que emprender acciones vais a perder mucho tiempo y más dinero. Además, supongo que estamos hablando de cuentías mínimas que poco repercutirán en el bolsillo de los copropietarios.
Si no pagan esos gastos, el Banco pasará a ser moroso en la Comunidad. Cuando quiera el Banco vender la vivienda, le negais el certificado de estar al corriente con la Comunidad.