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gastos deducibles IRPF

6 Comentarios
 
Gastos deducibles irpf
08/02/2009 12:28
Hola, soy nueva en esto y quería plantear una pregunta. Soy dueña de un comercio y, como estoy empezando, mi nómina es de 12.000€ al año. Un familiar me lleva las cuentas pero hay cosas que no entiendo muy bien. Me acaba de dar el certificado de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF, y en el apartado "importe de los gastos fiscalmente deducibles a que se refiere el art. 18.2 de la ley del IRPF", me sale un importe de 2.922€. Qué es lo que quiere decir este importe? En teoría no estoy obligada a hacer la declaración de la renta. Si la hiciera, me devolverían algo? Gracais de antemano. Un saludo.
19/02/2009 17:13
Hola,
El artículo 18 se refiere a reducciones especiales de rendimientos del trabajo. La cantidad que te han dicho hace referencia a uno de estos grupos, deducen o reducen, de pende del caso.
Te pongo una "chuleta" sacada directamente del PADRE:
REDUCCIONES DEL RENDIMIENTO ÍNTEGRO (art. 18 Ley)
Como regla general, los rendimientos íntegros se computarán en su totalidad, excepto que les sea de aplicación alguna de las reducciones siguientes:
- Rendimientos irregulares: reducción del 40 por 100
- Prestaciones de determinados sistemas de previsión social: reducción del 40 por 100
- Reducciones del Régimen transitorio: seguros colectivos, y determinados sistemas de previsión social
Si haces la declaración, aunque no estés obligada, viendo lo que has ganado (no dices si es bruto o neto) y lo que tienes de "gastos fiscalmente deducibles", probablemente te salga a devolver una parte de lo que te hayan retenido. Todo sería cuestión de verlo haciendo una simulación con todos los datos en la mano y teniendo en cuenta que aún no está disponible el PADRE para 2008.
19/02/2009 20:02
Pocoyo!! Muchísimas gracias por tu respuesta!! Me has ayudado mucho. Esos ingresos son brutos, no sé si te aclara algo más. Habría diferencia si son brutos o netos a la hora de que me devuelvan algo como tú dices? Un saludo.
09/06/2011 15:33
Hola Soy Autonomo Agente de seguros, 1.- hice un curso de formación y no declare la factura.
1.- En que casilla? (Servicios profesionales independientes)
o (otros servicios exteriores) Pongo la cantidad total de la factura (es decir con iva incluido)

2.- Como no declare dicha factura el profesional me reclama el importe del IVA.
¿Puedo hacer un declaracion complementaria o modificación de la declaración presentada?

Y por ultimo declare gastos de vehiculo al 50%. Entiendo que lo hice mal por poseer solo un vehiculo a mi nombre.
Puedo rectificar dicha declaración, la presente hace dos meses.
17/06/2011 22:37
Para la renta del 2010, ¿siguen siendo deducibles los gastos producidos en la enajenacion(transmision) y adquisicion de los valores mobiliarios(acciones, etc). Gracias
18/06/2011 21:31
No son gastos deducibles sino mayor valor de compra y menor valor de venta.
19/06/2011 00:20
Perfecto su matiz. O sea, que sigue como en años anteriores. Es que me decía la persona(no es asesor fiscal) que este año los gastos no se podían tener en cuenta, y yo lo dudaba. Ahora ya lo tengo claro. Gracias y saludos