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Gastos deducibles en programa PADRE

5 Comentarios
 
Gastos deducibles en programa padre
08/05/2010 19:36
Hola Buenas tardes,

Es mi primer año como autónomo, utilizando el programa PADRE para hacer la declaración anual de IRPF (no he de presentar liquidación trimestral de IRPF) he introducido mis datos fiscales, pero no sé dónde introducir los gastos deducibles de mi actividad (ordenador, componentes, material...). Mi trabajo consiste en servicios técnicos de ingeniería principalmente para una misma entidad (les hago una factura cada mes), ocasionalmente facturo a otras empresas.

Supongo que esto tiene que ver con el apartado de rendimientos económicos: estimación directa, directa simplificada...etc, pero no sé si estoy en lo cierto y qué estimación he de usar...en definitiva cómo introducir los gastos deducibles en el programa PADRE.

Si me pueden orientar se lo agradecería mucho.

Un saludo
09/05/2010 21:05
Tienes que mirar tu modelo de alta en hacienda (Modelo 037) y ahí pondra si estas en estimación directa normal o simplificada, supongo que no presentas trimestrales porque más del 70% tus ingresos estan sujetos a retención, debes coger tus ingresos, retenciones y gastos y ponerlos dónde corresponda, y si has comprado inmovilizado por más de 600 euros recuerda que no puede ser gasto del ejercicio sino amortización segun tablas fiscales, además si tu estimación es directa simplificada, puedes aplicar un 5% de gastos de difícil justificación calculado sobre el rendimiento (ingresos-gastos), saludos.
10/05/2010 18:16
Hola, muchas gracias.

Efectivamente no presento trimestrales porque todas mis facturas me retengo un 15% de IRPF. En el Modelo 037 estoy dado de alta en estimación directa simplificada (supongo que es lo más conveniente para cifra de negocios inferior a 600.000€). Mis gastos han sido material (ordenador portátil, diversos libros, material de bajo coste: ejemplo regleta de enchufes, etc. ¿Son estos conceptos inmovilizado?). Por otro lado tengo gastos por pago de derechos de visado en Colegio Oficial (soy ingeniero), facturas de gasolina, teléfono móvil, comidas...¿puedo poner estos gastos?.

¿Dónde puedo consultar las tablas fiscales para amortización de inmovilizado por valor superior a 600€?

¿El último punto, 5% de gastos de dificil justificación, simplemente sería computar como gasto el 5% de la cantidad (ingreso-gastos)?

Muchas gracias de nuevo, saludos
11/05/2010 02:31
Si son gastos que vayan en correlación con la obtención de ingresos puedes deducirlos sin problemas en cuantoa el gasto de la gasolina si utilizas el mismo vehículo tanto para trabajar como para tu uso particular deberias poner el gasto en proporción a las horas trabajadas y los gastos de comidas cuando los puedas justificar porque vas a hacer un trabajo a un cliente,

Respecto inmovilizado, cuando el valor unitario sea menos de 601,01 lo puedes poner todo como gasto con un máximo de 12.020,24 en conjunto, lo que excedea debes amortizar. Con el tema de lo que es o no inmovilizado te pongo un ejemplo: si compras un ordenador si es inmovilizado porque va a durar en tu empresa tiene caracter permanente, si tu compras un enchufe y se lo colocas a tu cliente, éste es un gasto, sea el importe que sea, lo compras para vender, o en este caso prestar un servicio.

La tabla de amortización la puedes buscar en google poniendo: tabla amortizacion estimacion drecta simplificada. Si el 5% es sobre ingresos menos gastos, te aconsejo el manual practico de la renta 2009 en la parte de actividades económicas te sacará de muchas dudas si vas a liquidar tú solo el impuesto, saludos.


Los
12/05/2010 19:18
Buenas tardes, gracias por su respuesta.

Estoy haciendo la declaración y en los gastos fiscalmente deducibles (estimación directa simplificada) tengo un par de dudas:
1) en el apartado de seguridad social a cargo de la empresa: mi base de cotización es 833,40: pago 174,67 € al mes de seguridad social de autónomos: 174,67 x 12 = 2096,04 € ¿he de poner los 2096,04 € en la casilla 112 correspondiente a seguridad social a cargo de la empresa?

2)Soy ingeniero y viso los proyectos en el colegio oficial, ¿introduzco estos gastos como servicios de profesionales independientes, consumos de explotación u otros gastos fiscalmente deducibles?

3)El inmovilizado con valor inferior a 601,01 € con un máximo en conjunto menor a 12.020,24 €, ¿pasaría a ser consumo de explotación?
Finalmente entiendo también que los gastos de teléfono móvil, gastos de gasolina y comidas justificables serían también consumos de explotación

4) el 5% de gastos de difícil justificación, ¿puedo ponerlo sin más que hacer el 5% de ingresos totales menos gastos deducibles?

Gracias de nuevo por su ayuda, saludos
17/05/2010 10:01
Hola buenos días,
Yo llevo dos años como autónomo (estimación directa simplificada), el año pasado me salió la declaración de la renta a devolver unos 500 €, sin embargo este año para unos mismos ingresos (sólo un 2% mayores), misma retención y gastos mayores (el año pasado no introduje gastos) me sale a pagar unos 600 €, ¿es esto normal?

Muchas gracias, un saludo