Si la tasación forma parte de un proceso de división de la cosa común podrá repercutirse en las costas, y se prorrateará o lo tendrá que pagar a quien se le imputen en caso de haber imposición de costas. Si no es el caso no es ningún gasto de mantenimiento, y lo pagará quien lo quiera tasar por su propia iniciativa.
El IBI puedes reclamarlo si quieres, sería otro tema diferente.
Hola buenas soy propietario de un solar con otros varios comuneros de una comunidad de bienes, el resto de los comuneros que son mayoría en la propiedad quieren tasar el solar para venderlo, y yo no quiero hacerla ni pagar esa tasación , mi pregunta es si tienen derecho a obligarme a pagar tal tasación si no quiero realizarla, según tengo entendido legalmente sólo debería estar obligado a pagar los gastos de mantenimiento del solar aunque ellos sean mayoría y la tasación no es un gasto de mantenimiento, pero según ellos dicen que son mayoría y que tengo obligación de pagarla aunque yo no quiera realizarla¿quien tiene razón y basado en que ley y artículos para consultarlo si es posible?un saludo y muchas gracias , estos comuneros me deben el IBI del solar que se lo estuve pagando 15 años atrás, y no me lo pagan aludiendo que es una deuda de hace más de 5 años los recibos de los últimos diez años si los han pagado, ¿ si los denunciase por no pagarme esta deuda me ganarían el juicio ? Un saludo y muchas gracias