Hola,
A finales del pasado mes de diciembre adquirí una vivienda en Madrid.
Al ponerme ahora en contacto con la comunidad de vecinos y con el administrador me dicen que debo las derramas pendientes de octubre y noviembre (además de los recibos).
En el contrato de arras y escritura de compraventa ponía que me entregaban la casa libre de cargas.
Yo entiendo que no me corresponde pero no estoy segura. ¿Alguien me podría aclarar si efectivamente es obligación mía pagar ahora?
No, no me lo presentó.
En el contrato de compraventa pone que él me entrega el inmueble libre de cargas. Aunque no tenga este certificado ¿Puedo reclamarselo o negarme a pagar todas las cuotas que él no ha abonado hasta la firma del contrato?
Gracias y un saludo
Si no dispone del certificado, va a ser algo dificil. Cuando se habla de cargas, no se contemplan dentro de ellas las cuotas vencidas y no pagadas, si no aquellas obligaciones inscribibles como pueden ser una hipoteca, una servidumbre....etc. Cuando firmó, si no disponía del certificado, se supone que el Notario le debería de advertir, y así vendrá en la escritura, de que si hubiesa deudas de cuotas, las iba a asumir Ud. Si no lo hizo, tal vez podría reclamarle algo.....
Gracias a los dos por la respuesta.
La próxima andaré más espabilada pero con lo que me habéis dicho y lo que he consultado por otras vías me temo que me toca pagar.
Un saludo y Felices Fiestas
Tiene que pagar las deudas del año de la compraventa y el anterior, en virtud del articulo 9.1 e)
Adjunto enlace por si quiere consultar éste u otros artículos de la ley de la propiedad horizontal.
http://www.optimizo.es/LEYPROPIEDADHORIZONTAL.html
Feliz año nuevo
En Optimizo nuestro trabajo es tu descanso.
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