Pero por la misma regla de 3 entiendo que procede poder ejecutarla hasta que se alquile de nuevo la vivienda.
Si pretende juntar suministros impagados, con altas nuevas porque han dado de baja suministros, con la indemnizacion por daños y perjuicios hasta que se realquile, es monitorio o juicio verbal?
Hola Arrendador55. Si usted ejecuta la citada cláusula no podrá volver a alquilar la vivienda hasta que haya terminado el plazo indemnizatorio( 1,2,3,4.. meses).
Gracias Jan,
en realidad se trata de una errata de la inmobiliaria al redactar el contrato, porque los gastos de comunidad iban a ser por cuenta mía.
Pero ya que me la han jugado con todo, con impagos de rentas y suministros, quería reclamarle todo lo posible.
Se pacto una clausula indemnizatoria de que el incumplimiento de la duración pacatda minima de un años les obligaria a aindemnizar con las mensualidades que resten para cumplir la anualidad. Entiendo que dicha clausula es valida, pero no sé si tiene por limite cuando realquile la vivienda.
Alguna recomendacion?
Hola Arremdador55. Si no consta el coste de los "gastos de escalera" las opciones de conseguir una sentencia estimativa en caso de llegar a la vía judicial son, a falta de más datos, escasas.
en contrato de arrendamiento se pactó:
"Será de cargo del arrendatario los gastos generales de la comunidad de la finca de la que forma parte la vivienda, es decir, los denominados vulgarmente como gastos de escalera"
¿Está dicha clausula legalmente redactada para que pueda repercutir los gastos de comunidad al inquilino?