Cuidado con esos posts porque no son correctos desde el punto de vista técnico.
Al respecto de los gastos hay nada más y nada menos que 3 regímenes jurídicos diferentes y hay que saber distinguir entre uno y otro.
El que al forero Pholmo le parezca muy equitativa una solución no quiere decir que esa solución se la que prevé la Legislación vigente. Los foreros no hacemos la Ley, sino los jueces al interpretar lo que dice la Ley.
Insisto en que es necesario saber la fecha del contrato.
Es un problema bastante recurrente, considero que la solución más equitativa es que el inquilino pague el consumo de calefacción que le sea imputable, y, si vd paga los gastos de comunidad, le descuente la reducción que hayan sufrido esos gastos con motivo de individualizar los consumos de calefacción.
En http://www.pedrohernandezabogado.com/ , donde tiene abundante información sobre estos temas, estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente
Buenas tardes a todos. Tengo un piso alquilado en Madrid. En el otoño se instalaron contadores en los pisos para la calefacción, por lo que ha dejado de ser comunitaria. Me ha llegado una factura de 250 euros por consumo de calefacción. Quien tiene que pagarlos?
En el contrato pone que todo lo que sea uso privativo le corresponde a los inquilinos.