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gastos bancarios comunidad

10 Comentarios
 
18/01/2017 18:37
ainoa1
Buenas. En nuestra comunidad de vecinos teníamos el mismo problema. te recomiendo te pongas en manos de un buen administrador de fincas. Un saludo.
17/01/2017 20:52
ainoa1
Hola ainoa1



1º.- Cuenta de la comunidad, cada propietario es dueño del saldo que hay a su nombre, sera positivo o negativo, en este caso sera moroso, pero la comunidad no es dueña del dinero, es de cada propietario segun su cuota de participación.

2º.- Domiciliación de recibos, se hace para que haya siempre saldo para el pago del mantenimiento de los elementos comunes, es la modalidad mas corriente y sensata en las comunidades, no obligatoria. habría que saber como cobra el banco la domiciliación , si por recibos emitidos sin tener en cuenta la cantidad de cada recibo, en este caso el reparto seria a prorrata, si fuera por la cantidad de cada recibo, siempre que todos los propietarios tuvieran la domiciliación, se repartiría por cuota de participación, pero si no fuera así, el administrador tendría que realizar un coeficiente rectificado, excluyendo de ese gasto a los propietarios que han decidido otra modalidad. Por supuesto que en la dación de cuentas, ese gasto estaría individualizado.

3º.- Yo todas las cajas que conozco, NO COBRAN POR EL MANTENIMIENTO DE LA CUENTA, solo por las remesas de recibos, de la siguiente manera:
El propietario da su numero de cuenta al administrador, la caja de la comunidad se encarga de los tramites para hacer las transferencia, si no hay saldo en la cuenta del propietario se produce la devolución, o si esa cuenta ha sido cancelada.

4º.- La devolución de recibos si así se ha acordado, sera anotado como deuda del que haya devuelto el recibo.

5º.- Me da la impresión que en tu comunidad lo hacen mal, porque dices lo siguiente:

"Viviendas somos 38 en dos bloques (pocas), 4 bajos pero plazas de garaje unas cuantas, en total 176 propiedades y 60 y algo de propietarios".

Puede que lo haya entendido mal, pero parece ser que hay mas de una comunidad, y los recibos se estan emitiendo por propiedades, no de manera individual y por comunidades, me extraña que hayan anejos, demasiadas plazas de garaje para tan pocas viviendas, si estoy en lo cierto, debería haber mas de una cuenta, una por comunidad, por ejemplo nunca meter en un mismo recibo piso, trastero y cuatro plazas de garaje.
Puede que hay este la cuestión.

Saludos/Juanchito
17/01/2017 18:53
ainoa1
Yo lo hago con rentiserv . No necesitas tener cuentas especiales y no te vuelves loco cuando te devuelven un recibo.
Saludos.
06/02/2014 20:39
Parecen claros los gastos de mantenimiento de cuenta (comunes) y los de devolución (de quien devuelve el recibo).
En cuanto a las preguntas, la segunda también parece obvia, nadie puede obligarte a tener una cuenta corriente, incluso pones un ejemplo de la prestación por desempleo.
Al final nos quedamos con el tema de ¿quién paga los gastos de las remesas de recibos? ¿los propietarios que tienen domiciliados dichos recibos o la comunidad?
Como dije en mi anterior intervención, todas las comunidades que conozco lo consideran un gasto común. ¿Puede considerarse un gasto individualizable?, esa sería una posible razón para que lo paguen los que domicilian las cuotas. Pero, como dice DickTurpin, es la comunidad la que emite los recibos, luego debería pagar la comunidad.
La verdad es que yo no tengo argumentos sólidos y contundentes para optar por una u otra opción. Por eso, abogo más por lo práctico, negociemos con el banco (hoy se puede) remesas casi gratis, el problema desaparec, y dedicamos nuestros esfuerzos a otras cosas más productivas para la comunidad.
05/02/2014 16:09
Continúo con el último punto...y si hay debate mejor.

3 .- GASTOS DE GESTIÓN DE REMESAS DE RECIBOS.-

Aquí discrepo un poco, pues si es un gasto común pero es susceptible de ser individualizado, pues las condiciones bancarias son x euros por recibo (o lo que es lo mismo por propietario). El banco cobra lo mismo por recibo (=propietario) da igual el nº de propiedades que tengas, por tanto si aplicamos el coeficientes hay vecinos que pagan los gastos de los recibos de otros.
Luego tenemos vecinos que no tienen domiciliado y hacen directamente el ingreso por tanto no generan gasto por emisión de recibos, ya vayan en persona a hacer el ingreso y les cobran a ellos o no les cobran (yo lo tengo domiciliado ahora para evitar discusiones, pero al inicio no, di orden a mi banco de que ingresara en la cuenta de la comunidad todos los meses mi cuota, lo hacía sin coste por las condiciones que tenía negociadas con el banco y era mi banco quien me mandaba el justificante no el otro banco, con el que no tenía relación alguna).

Y aquí surge el tema de que no puede la junta obligarte a domiciliar el recibo, partiendo de la premisa de que no existe ninguna ley que obligue a tener una cuenta bancaria.
Al principio, cuando había discrepancias sobre en qué banco abrir la cuenta, si había o no que domiciliar, etc, y que fue creo que la más gorda que hubo en la comunidad durante 4 años (yo estaba fuera y no asistía), incluso un vecino adjuntó una sentencia que había ganado en otra vivienda por lo mismo. La sentencia venía a decir que el vecino estaba obligado a pagar, que como hiciera el ingreso en la cuenta era cosa suya, que no podía obligársele a domiciliar el recibo. El vecino pagaba y puntualmente.
Yo creo que esto es perfectamente defendible, no sé cómo lo ves, y estoy encantada de debatir sobre ello, pues me temo que va a ser caballo de batalla en la junta próxima que está a caer para aprobar las cuentas, y el vecino que en su día se opuso ha vuelto!! Y si sumamos que incluyen los impagos, no pasamos de ese punto ni de broma.

Hay una sentencia reciente en relación a la prestación por desempleo, que le dan la razón a un beneficiario que se negó a dar nº de cuenta y no le pagaban la prestación, y la ley señala que podrá autorizarse el pago directo (…). La noticia salió en diarios porque el se proclamó antisistema, anti bancos, etc., pero la sentencia en si dejaba claro que no es obligatorio tener una cuenta bancaria ni siquiera para las prestaciones, pues supone un gravamen para el titular que no tiene porque asumir si no quiere, y por muchos que el pago de la prestación no puede conllevar gastos la cuenta bancaria en sí los conlleva. Esta es la más reciente, pero hay sentencias anteriores respecto a otras prestaciones.
Uno tiene que tener, por ejemplo, un domicilio pues la ley así lo establece, detallando la obligación de empadronarse dónde uno resida, etc., pero cuenta bancaria? Es como el tema del teléfono, el administrador quería el teléfono de los vecinos, la gran mayoría (80%) se negó a dar su teléfono, y están en su derecho pues la ley no lo exige (si un domicilio), y entiendo que ninguna norma inferior en rango puede establecer dicha exigencia para los particulares si por ley no es obligatorio tener teléfono, amén de que habrá gente que no pueda disponer de él.

Preguntas
Considera que si deben individualizarse los gastos de remesas, en particular teniendo en cuenta que no todos tienen domiciliado y que por tanto no generan ese gasto?
Cree que la junta tiene potestad para imponer la domiciliación de los recibos? Y si un vecino alega que no tiene cuenta bancaria, que hacemos? La junta no puede obligarle a abrir una.

Saludos.

Me interesa el debate, y ya si es avalado con jurisprudencia pues mejor.
05/02/2014 16:08
1.- GASTOS DE MANTENIMIENTO DE CUENTA.

Aquí creo que no hay discrepancia, en un gasto común y se paga según coeficiente pues es lo que establecen los estatutos para los gastos comunes, y la junta sólo podría modificar el pago de gastos comunes por unanimidad (algo que adelanto como inviable). Como no existe tal modificación, pues igual que el resto de gastos comunes por coeficiente.

2 .- GASTOS DE DEVOLUCION DE RECIBOS.-

Aquí también estoy de acuerdo.
Las cuentas anuales del anterior administrador eran a su manera, que conste que más claras que las del actual, y sólo diferenciaba gastos de mantenimiento y de remesas, y en remesas cada año era una cantidad distinta (sin cambiar el banco las condiciones) y era por recibos devueltos.
Este año el administrador actual (11 meses en el cargo) en la convocatoria para aprobación de cuenta indica gastos bancarios sin más, en una lista de gastos (Word) dónde va todo mezclado sin grupos, ni nada más que concepto y cuantía.

Este administrador partía de un presupuesto aprobado, con subida de cuota, dónde se contemplaban todos los gastos, el bancario también el cual es un gasto inalterable en lo que son gastos remesas y mantenimiento si el banco no altera las condiciones, y de resulta que en bastos bancarios tenemos el triple de lo presupuestado. Me da que se va a liar la de Dios, pues como el tema bancario no es pacífico, ni el banco, ni condiciones, ni nada…esto fue así desde el inicio.


05/02/2014 11:38
Mi criterio sería el mismo:


1 .- GASTOS DE MANTENIMIENTO DE CUENTA.- Es un gasto común y se debe pagar por cuota de participación o por lo especialmente establecido en junta.

2 .- GASTOS DE DEVOLUCION DE RECIBOS.-

Es un gasto común, susceptible de individualización e imputación al propietario o propietarios que los devuelvan.

Sí debe aparecer como gasto en las cuentas anuales, pero también debe aparecer su contrapartida al ser imputado individualizadamente al propietario que lo ha creado.


3 .- GASTOS DE GESTIÓN DE REMESAS DE RECIBOS.- Se trata de un gasto común, porque quien emite los recibos es la Comunidad y a ella le corresponde asumir el mismo.


Saludos.


Podríamos tener un largo debate sobre la individualización del gasto producido como consecuencia de las remesas.
05/02/2014 02:55
Los recibos son por propietario no por propiedad no? a mi me vienen todas mis propiedades en un recibo, mi cuota es por todo.

Pues 60-65, tendría que verlo, pero no más. Eso si propiedades son muchas más 175 aproximadamente. Yo por ejemplo, un recibo y 5 propiedades, vivienda, trastero y 3 plazas garaje.

Saludo.
05/02/2014 02:52
Ante todo muchas gracias Pepe123 que siempre me salvas, pues cuanto más intento razonar y leer la ley más me pierdo (después dicen que laboral/seguridad social es un mundo aparte, para mi un mundo aparte es la LPH).

1) Siguiendo los consejos que me habías dado por desajustes y barbaridades, como cobrar 2 recibos si faltaba dinero (por morosos) sin previa aprobación de derrama, reuní las firmas necesarias, junta y cese y nuevo administrador (que hizo trampa para entrar, pero estaba tan cansada que lo dí por bueno). De este tema ya mañana te explico más.

2) Se aprobó en marzo nuevo administrador y cambio a otro banco que estaba pendiente que no nos cobraba nada por remesas, me extrañó pero bueno. Esto nos lo dijo el administrador que cesamos. Entró este y nos dijo lo mismo pero ya no valía el banco del otro administrador sino otro que dijo él, pero como el coste por remesa era cero pues nos valía, lo único mantenimiento cuenta que era mínimo. En abril entró el nuevo administrador y tras reclamarle lo de la cuenta (tenemos plataforma online, total a los que preguntamos cosas que no convienen no nos contestan) no la abrió hasta octubre, pero no lo comunicó (seguimos en la anterior y pagando un pastón) y ahora nos dice que hay un pequeño saldo allí (unos 600 euros). Yo voy a pedir que nos diga y muestre a nombre de quien está la cuenta, porque comenzamos a sospechar que igual la abrió sin ser a nombre de la comunidad. El presidente no vive en el edificio y no sabe nada.

3) El anterior metía todo por coeficiente incluidos recibos devueltos, pero yo esto no lo voy a seguir aceptando (ni más vecinos).

4) En gastos remesas, si es en el nuevo banco y no cobran nada (a mi me suena raro que un banco no cobre nada) pues vale por coeficiente, pero justo no es, pues una plaza de garaje apenas tiene coeficiente (gente que no vive en edifico) y los demás le pagamos sus gastos de remesa, y peor los bajos que pagan una cantidad que no les corresponde (uno me da que impugnará las cuentas si es así, con esta y otras partidas).
Tenemos:
a) vecinos que ingresan por transferencia cuando les viene bien, bueno o cuando se les reclama.
b) Vecinos que dieron su nº de cuenta para domiciliar el recibo.
c) Vecinos que pidieron el nº de cuenta y dieron orden a su banco y todos los meses es su banco quien ingresa el dinero en la cuenta de la comunidad (transfiere).

Creo que la opción c) es la mejor. Además en la plataforma online hay opción de pago con tarjeta, banca online, etc.
A mi no me permitieron la opción c) y por no discutir al inicio cuando pasaba de todo di el nº de cuenta, pero es que resulta que a mi el banco no me cobra nada por hacer la tranferencia al nº de cuenta de la comunidad, y sería un dinero que nos ahorraríamos. Igual que a mi, hay vecinos que tienen esas condiciones en los bancos. Por eso me planteo que existiendo esta opción es mejor individualizar, y se puede. Además un bajo con un 22% paga una pasta mientras una plaza de garaje con 0,8932% casi nada, cuando el banco cobra por recibo-propietario.

Mañana leo de nuevo que ya no se lo que escribo. Viviendas somos 38 en dos bloques (pocas), 4 bajos pero plazas de garaje unas cuantas, en total 176 propiedades y 60 y algo de propietarios.
Por eso veía más fácil,
-Mantenimiento cuenta: %.
-remesas (x € x nº propietarios x 12 recibos) y sale lo que le toca a cada propietario.
-impagos: cada uno lo suyo, pero es que el administrador no le lo cobró, no se si ya pagaron o no, pero allí está la cuenta y yo me niego a pagar los recibos devueltos (es que es mucha diferencia, son unos 500 euros de más, respecto al presupuesto, y no hablamos de vecinos sin poder adquisitivo o que estén pasando un mal momento, hay plazas de constructor, bajos, bajo banco al cual el anterior administrador no le cobraba remesas ni gastos de administración, etc).

Saludos.

Muchas gracias de nuevo, y lo dicho mñana vuelvo a leer todo con calma, y te pongo más dudas, pues aquí no hay grupos de gastos, nos dan todos los gastos en un folio sin separar, y los estatutos son claros.

05/02/2014 00:37
Yo lo veo de la siguiente forma, que casualmente es la que se aplica en TODAS las comunidades que yo conozco, por intervenir como propietario o representante.
1 .- Comisiones de mantenimiento de cuenta, parece claro que es un gasto general, que va al capítulo de gastos generales, y se paga por cuota de participación.
2 .- Gastos de devolución de recibos, se cargan al propietario que los devuelve, y no aparece como gasto en las cuentas anuales. Evidentemente, el dinero ha salido de la tesorería de la comunidad, pero es lo mismo que la cuota impagada, que no ha entrado, y la suma de ambas es lo que el propietario en cuestión debe, y lo que se le debe reclamar, por las buenas primero, y mediante un monitorio después. Creo que también es algo claro que debe ser así.
3 .- Gastos de gestión de remesas de recibos. Aquí es donde hay dudas de cual es la mejor fórmula. Mi criterio es que sea un gasto general, por cuota de participación y, repito, es como se hace en las comunidades que conozco.
Sin embargo hay quien opina que debe ser pagado por quien origina el gasto, es decir, por los propietarios que pagan mediante recibo domiciliado, como explicas en tu exposición.
Yo pienso que hoy en día, en la era de las comunicaciones, parece un poco anticuado el sistema de pagar en efectivo cada mes (mejor transferencia por internet), hay que acordarse, ir al banco, etc. y ya no hablo de los que quieren seguir a la antigua usanza, llevándole el dinero al presidente y que este se preocupe de ingresarlo.
Yo diría que lo importante en este tema es negociar bien con los bancos, para que estos gastos sean mínimos (desde luego, 800 euros parece mucho, pero no se cuantos recibos son). Y existen bancos hoy en día que cobran muy poco, por no decir nada.
Saludos
Gastos bancarios comunidad
04/02/2014 23:10
Entre los gastos de la comunidad están los gastos bancarios que incluyen:
-comisiones bancarias (las de mantenimiento de la cuenta),
-comisiones remesas.
El problema, tras cambio de administrador, es que teniendo en cuenta las condiciones de la entidad bancaria se presupuestó, al no cambiar las condiciones de la entidad, entiendo que esa partida debe permanercer inalterable SI todos cumplimos.
Cabe recordar que hay algunas propiedades que no tienen domiciliado el pago y legalmente no puede obligársele, aunque a alguno el anterior administrador le cobraba pues aplicable el método del porcentaje en gastos comunes (luego están portales, y garaje).
Bueno, el tema está en que el total presupuestado triplica aproximadamente la cantidad, si eran 260 euros (pongo cifras aproximadas) ahora resulta que son 800 euros largos.
Además de que obviamente tenemos que exigir que nos muestren la documentación que avale la cantidad que el administrador pone como gasto bancario, quiero que me confirmeis si estamos en lo cierto, partiendo de que hay gastos individualizables y otros no.
-comisiones bancarias (mantenimiento de cuenta): por coeficiente en la comunidad, entiendo, pues la cuenta es necesaria. Lo veis así?

-comisiones por remesas: cuantía dividida entre nº de propietarios que tienen domiciliado el pago y a los que el banco emite recibo x 12 mensualidades....entiendo aquí que no cabría aplicar a la cuantía el coeficiente de participación pues no todos lo tienen domiciliado, y como no es obligatorio ni puede obligarse pues mientras paguen puntualmente mediante ingreso si el banco no les cobra nada por ello (ser clientes o lo que sea) estos vecinos no tienen que participar en dichos gastos. Lo veis así?. Yo me baso en que es un gasto individualizable.

-pero ahora viene lo peor, que son que en comisiones remesas si antes eran 260 euros y ahora son 800, aún no nos justificaron el motivo, pero ya nos suponemos por recibos devueltos por impago (que el banco cobra 8-10 euros o algo así), y viendo los impagos que fueron bastantes no encuentro otra posibilidad, aunque veremos que nos explican. Estas cuantías deben aplicarse, entiendo, a cada vecino moroso (al menos en su día) la suya, si a un vecino le devlvieron 5 recibos en el año debe soportar el coste de esas 5 devoluciones, y a otro 3 pues 3, etc. Vamos individualización pero a cargo de quien generó el gasto exclusivamente, no que todos los vecinos tengamos que asumir un gasto ocasionado por el incumplimiento de otro, amén de que lo veo perfectamente individualizable, pues hacer lo contrario supone que todos hagamos lo mismo, total lo pagamos entre todos. Como lo veis?.

El anterior administrador lo que hacía era al inicio (luego ya perdió la costumbre) era dentro del apartado gastos cuenta corriente era diferenciar: 1) comisiones bancarias mantenimiento y 2) comisiones remesas incluyendo en estas el total, incluso los gastos de las devoluciones, y encima pagabamos segùn porcentaje sin tener en cuenta quien tenía o no domiciliado el recibo. Fueron subiendo el total de gastos bancarios pero nadie se preguntaba nada...pero como este administrador pasó a la historia lo dejo. Además, el coste del banco era por propiedad/es que emitía recibo, y claro si alguien tenía sólo una plaza de garaje el coeficiente era ridiculo con lo que los demás asumíamos el coste de parte de sus remesas.

Ahora con el nuevo administrador pone comisiones bancarias sin más y 800 y algo de euros, cuando lo presupuestado ajutándonos a las condiciones de la entidad bancaria era exacto y no llegaba a 300 euros. Esto es lo único que pone en los gastos que nos adjuntó a la convocatoria, pero no desglosa nada.
1) Debemos pedirle un desglose, de que tipo o como lo especificamos.
2) La imputación de los gastos debe ser como indiqué o en que estoy equivocada?. Me baso en que lo único común son las comisiones de mantenimiento, pero las comisiones remesas son individualizables igual que las comisiones por impagos y vuelta a emitir recibo, etc. Y al ser ndividualizable y además al cobrar el banco por recibo que emite a cada propietario con la totalidad de sus propiedades y cobra lo mismo vayan en un recibo 3 o 1 propiedad, aplicar el coeficiente de participacion supone que algunos pagamos las comisiones de remesas de otros (hablo de los pagadores), pues no es lo mismo tener 2 viviendas, 4 plazas de garaje y un trastero, que tener una plaza de garaje.

Que opiniais?.

Yo lo veo un gasto individualizable totalmente, pero espero más opiniones.

Saludos.