Buenos días
Hace un año compré un piso de obra nueva, en el que no se constituyó la comunidad hasta pasados unos meses. Ahora la promotora nos pide que abonemos los gastos que tubo la comunidad hasta que constituimos la comunidad. A los vecinos nos ha parecido justo y lógico y hemos decidido pagar lo que nos toque. Pero cuando nos han pasado el listado con todos los gastos aparecen gastos anteriores a la compra del piso, como las altas de los contadores comunitarios de agua y luz.
En este caso, ¿quién tiene que hacerse cargo de estos gastos anteriores a la adquisición del piso?
Además casi todos los pisos y todos los locales aún son propiedad de la promotora, y ésta no ha incluido los locales para realizar estos pagos ¿Deberían hacerse cargo de su parte de gastos comunitarios?
Muchas gracias
Lo procedente es que cada uno pague gastos de comunidad desde la fecha de la compra del piso.
Los gastos anteriores serían a cargo de la promotora, como serán los gastos de los pisos que continúe manteniendo hasta que venda la totalidad.
Salvo mejor criterio
sólo deberiáis pagar los gastos posteriores a la compra del piso, cuando ya teniáis los contadores a vuestro nombre. Del resto debe hacerse cargo la promotora.