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Gasto real

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Gasto real
28/09/2006 09:33
Si en una comunidad no se aprueban presupuestos, y sólo se aprueban las cuentas (las cuentas de resultados, porque al Legislador le entró miedo de poner las expresión correcta), al comunero no se le está diciendo nada.

La Ley dice que para que se genere un derecho de crédito de la comunidad frente a un propietario, se debe acordar un presupuesto, o a lo sumo, ratificar un gasto. Pero es que cuando se aprueban las cuentas, ... ¿qué se aprueba realmente?:

Se aprueba una resta. El total de ingresos generados menos el total de gastos realizados, a lo largo de un ejercicio. Hay que tener bien presente que se computarán como ingresos los presupuestos aprobados, CON INDEPENDENCIA DE QUE ALGUNOS COMUNEROS HAYAN SATISFECHO O NO DICHAS CANTIDADES. Y lo mismo pasa con los gastos. Se computarán como gastos aquellos que se hayan aprobado, CON INDEPENDENCIA QUE EL PAGO DE LOS MISMOS SE HAYA REALIZADO O NO.

Es decir, que en la aprobación de las cuentas SE DEBEN COMPUTAR COMO INGRESOS NO LAS CANTIDADES RECAUDADAS, SINO LOS DERECHOS DE CRÉDITO DE LA COMUNIDAD FRENTE A LOS COPROPIETARIOS O FRENTE A TERCEROS.

Asímismo, SE DEBEN COMPUTAR COMO GASTOS LO INVERSO, ES DECIR, LOS DERECHOS DE CRÉDITO GENERADOS POR TERCEROS FRENTE A LA COMUNIDAD, INDEPENDIENTEMENTE DE QUE LA COMUNIDAD LOS HAYA SATISFECHO.

En otras palabras, la aprobación de las cuentas es una confrontación de derechos de crédito, no un puntual estado de tesorería.

Todo esto viene avalado porque la LPH dice:

Corresponde a la Junta:
b) Aprobar el plan de gastos e ingresos previsibles y las cuentas CORRESPONDIENTES.

No se puede aprobar una cuenta de resultados sobre recaudaciones, sino sobre derechos de crédito que nacen como consecuencia de la aprobación de presupuestos. La pregunta es: Si el administrador pasa de confeccionar presupuestos, y lo que hace es pasarte al cobro liquidaciones trimestrales de gastos ¿se está generando un derecho de crédito?. Si no media acuerdo comunitario, la respuesta es NO. Y si hubiera acuerdo en tal sentido, sería contrario a la LPH.

Otra pregunta más. ¿Si un propietario ha consentido durante varios años este caotismo de las liquidaciones del administrador, habrá aprobado tácitamente que las liquidaciones del administrador generen un derecho de crédito, o será mera tolerancia ante una práctica inadecuada?

continuará ...