Situación: custodia compartida al 50% de una hija de 10 años. En su momento se me estableció una pensión alimenticia elevada debido a que la madre tenía muy bajos ingresos. Esto ha cambiado hace 2 meses ya que ella ahora tiene un trabajo a tiempo completo. Sabe, y me lo ha dicho, que va a implicar modificar la pensión. Al ser un trabajo en horario comercial, me pidió al principio que yo me hiciera cargo de la niña las tardes de sus semanas, lo cual acepté dado que tengo facilidad por trabajar en casa. Pero en Enero cuando ya llegaba el momento de abordar seriamente el tema por tener ella ya contrato, de repente paró eso y ha empezado a dejar a la niña con una cuidadora (encima sin asegurar ni contrato). Yo entiendo que claramente no busca lo mejor para mi hija (mi hija y yo tenemos una buenísima relación) y sospecho que lo que pretende es alegar ese gasto para impedir rebaja de pensión o amortiguarla. Y está es la pregunta, yo entiendo que es claramente un gasto innecesario e incluso una situación que no favorece a mi hija, y que llegado el caso, que llegará, puedo alegar que es un gasto innecesario e incluso basado en la mala fé de tener un fin económico. ¿puede a ella beneficiarle lo que ha hecho?, ¿puedo alegar gasto innecesario y ofrecerme yo a quedarme con la niña esas tardes?. Tengo registrado que durante mes y medio fue así y mi disposición a hacerlo. Un saludo, y gracias por adelantando.
No tiene mucho recorrido judicial. Cada uno en su tierra decide con quién deja al menor sea mejor o peor,justo o injusto para usted. Por eso es una custodia compartida . Que ella haya tirado de usted en un momento puntual pues ahora no lo ve necesario y ya está no tiene más . Usted podría hacer igual .
Aquí lo único que puede hacer es si cree que la situación económica ha cambiado pues modificación de medidas y que valore el juez si se tiene que rebajar la pensión.
A nadie nos gusta que a nuestros hijos los lleve otras personas que nosotros mismos sus progenitores, pero usted no debe interferir en las decisiones de la otra parte a no ser que hubiera una situación precaria, situación de riesgo para la menor o el menor .
Igual manera al revés , ella no debe interferir si no hay un riesgo .
Los cuidadores están para eso precisamente.
Quizás no expliqué bien mi duda. Lo que quería decir es que veo bastante claro que ella ha cambiado y ha optado por una cuidadora (encima sin contrato y sin asegurar) con mala fé y sospecho que para alegar ese gasto a la hora de que yo le pida rebaja de pensión. Y mi duda es, ¿puede eso efectivamente ayudarla a que un juez no rebaje o rebaje menos la pensión?