Hola a tod@s!!
Agredecería cualquier ayuda que me podais dar sobre este asunto.
Tengo como clienta a una señora divorciada ya con sentencia firme. Me plantea dos cuestiones:
Posiblididad de denunciar al marido por gastarse todo el caudal canancial en máquinas tragaperras, el encargado de controlar las cuentas del banco era el marido, y ha hecho y deshecho a su antojo, gantándose todo lo que entre los dos han ahorrado por sus trabajos a lo largo de toda la vida del matrimonio, unos 12 años. ¿Podemos denunciarlo por usurpación de bienes o se os ocurre otra cosa mejor?.
Segunda cuestión: esta señora ha quedado con el uso de la vivienda familiar, pero, esta vivienda consta en el catastro como un solar sin edificar, aunque está empadronada allí desde que se casó. El solar está a nombre del marido, pero el dinero que hizo falta para convertir el solar en una casa, lo pusieron entre los dos, aunque no estaban casados todavía. Cuando se constituyo el matrimonio, no hubo que hacer hipoteca, puesto que entre los dos habían contribuido con los gastos para hacer la casa y poder vivir en ella. Mi preguenta es, ¿qué opciones tenemos de reclamar lo que mi clienta ha gastado en la construcción de la cas? No tiene facturas de nada.
Lamento haberme extendido tanto, espero podais ayudarme, porque no se por donde coger esto. Cualquier cosa que me degais me servirá.
Muchas gracias.
En cuanto a la primera cuestión, yo no veo posibilidad de denunciar nada, mientras estaba vigente la sociedad ganancial el marido ha dispuesto del dinero igual que podía haber hecho ella, quien podía haber ejercido un mínimo control sobre las cuentas ya que no se puede argumentar lo de que "...el encargado de controlar las cuentas del banco era el marido" (a no ser que ella no tuviese firma en el banco, cosa improbable). No se trata de que vaya todos los días al banco o al cajero a ver el saldo, pero ¿en 12 años no se ha preocupado nunca de ver qué dinero hay en las cuentas?
Otra cosa muy distinta sería que, por ejemplo, el marido hubiera falsificado extractos o saldos a fin de que la mujer no advirtiera la falta del dinero.
Si no, no sería una sociedad de bienes gananciales, ya que entonces a la hora de disolverla habría que echar cuentas de quién ha gastado más dinero que el otro.
Por la misma razón, en su segunda pregunta no hace falta que su clienta aporte facturas de nada, ya que estando casados se considera que la vivienda se ha construido con dinero de los dos y sería al contrario, el marido tendría que demostrar que la ha costeado él sólo y con dinero privativo (procedente, por ejemplo, de alguna herencia).
Muchas gracias mark9, creo que no me he explicado bien, la casa se construýó antes del matrimonio, cuando aun no estaban casados, por tanto entiendo que ella debería de tener alguna prueba de que contribuyó a los gastos para su constitición, y no las tiene.
De todas formas, muchísimas gracias por su ayuda.
Perdón por mi entromisión.
¿Que pasaría con la primera pregunta si la mujer tuviera una enfermedad mental grave?
Se trataría de un trastorno bipolar que, en sus fases "maníacas" puede llegar a comportamientos extravagantes y por ello no tuviera firma en el banco (retirada por mutuo acuerdo en una fase tranquila o por "imposición del cabeza de familia") ni capacidad para comprobar los saldos. Hablamos de personas mayores educadas en la creencia de que el macho es el que manda. Supongo que la respuesta es la misma si la señora no está incapacitada judicialmente.
Sea cual fuera el caso, yo creo que difícilmente podría prosperar por 2 razones:
1ª si el ex-marido padece (o al menos padecía) ludopatía hasta haber dilapidado el patrimonio ganancial, después de la separación muy posiblemente su situación actual será de insolvente;
2ª ¿cómo prueba la mujer las cantidades que supuestamente habría gastado él en máquinas tragaperras?
Yo todo esto lo veo difícil de demostrar y de cuantificar.
Si se pagó todo antes del matrimonio, ahora va a tener ella que demostrar que aportó algún dinero en la obra, porque si no, nanai de la China.
Ese bien es privativo del marido, si el solar era privativo del marido antes del matrimonio y la casa se hizo con dinero de los dos antes del matrimonio...
Roruzro, tu clienta muy posiblemente está mintiendo, quizás para chinchar a su ex, y te voy a decir por qué. En primer lugar, eso de presentarse como una mujercita que no se entera de nada durante más de una década, mientras un esposo venal y pródigo despilfarra lo trabajosamente conseguido por esa hormiga sacrificada, responde a un patrón maniqueo muy al uso tras una ruptura. Uno de tantos. Posiblemente si tratas con el exmarido cambies de opinión. En segundo lugar, la dupla catastro-padrón es el referente jurídico para personas ajenas a nuestro oficio. Muchas mujeres dotan de efectos demiúrgicos al empadronamiento, llegándolo a considerar el mecanismo ideal de la prescripción adquisitiva. Es decir, que se pueden quedar con la casa por estar empadronados en ella. En cuanto al catastro, se trata de una oficina fiscal. Los abogados hemos de comprobarlo todo en el Registro de la Propiedad, y lo primero si hubo declaración de obra nueva y quién la hizo. Nadie pide a tu cliente la factura del hormigón con que se hizo la casa; pero si es cierto que ella puso dinero para tal fin hay un apunte que así lo pone de manifiesto: una disposición bancaria, la venta de otra propiedad de la que obtuvo dinero...te sugiero que lo compruebes todo, porque de otra forma te lanzarás a una actuación profesional dirigida por una persona que solo quiere revancha, y después ni te lo van a agradecer.