Tengo un solar y quiero construirme una casa para vivir con mi familia (estoy buscando ya constructoras). Aunque la idea es vivir allí con mi familia, quizás tengamos que mudarnos a Londres en un par de años por el traslado de mi marido allí, en cuyo caso nos planteariamos vender la casa. Mi duda es que no sé si tendría que contratar las garantías que exige el art. 19.1 c) de la LOE.
Es mejor vender el solar sin edificar, ¿para que lo va ha hacer? sino lo va a utilizar, al menos de momento, cuando le terminen la casa, igual se tiene que ir, o incluso antes de terminar.