Reescribiré de nuevo el mensaje en el foro de familia.
El punto de la hipoteca, que es completamente correcto, lo estaba considerando ya en las cifras iniciales que compartía. Por ponerlo en contexto, del pago total y de forma algo más detallada, un 75% lo asumiré yo con mis recursos actuales, un 5% ella con los suyos y el 20% restante será a través de una hipoteca común, todo lo anterior de forma aproximada. De ahí las cifras que planteaba inicialmente, en las que mencionaba que yo estaré a cargo de un 85% (75% 10% hipoteca) y ella de un 15% (5% 10% hipoteca). A la hipoteca contribuiré más yo, pero quiero calcularla como si la aportación fuera similar.
Un saludo y, de nuevo, mi agradecimiento a sus comentarios.
Hay que añadir a la respuesta del insigne letrado Hoplon que la cuenta con respecto a las magnitudes de propiedad es muy otra, pues dependen de la hipoteca. La amortización de la misma está asimilada jurídicamente a un pago a plazos, que ustedes dos van a afrontar mitad y mitad, lo cual significa que van a pagar al 50% los plazos de precio pendientes, y eso necesariamente variará la cuota de participación. El cálculo se hace sobre toda la cantidad de la hipoteca (sin contar un pago anticipado) a lo que hay que sumar en términos brutos lo que ha puesto usted y lo que ha puesto la señora. De ahí le saldrán unos porcentajes completamente distintos de propiedad. Cosa distinta sería que usted amortizase el 90% de cada cuota y la señora el 10%, pero no es el caso, y no puede usted pretender que la señora pague la mitad y se quede con la décima parte.
Aquí se mezclan cosas de derecho de familia. Hay un hilo especifico para ello.
Si hay hijos menores, en caso de divorcio se atenderá, en cuanto a la atribución del uso de la vivienda familiar, al interés del menor. Pero nunca, nunca, se le tocará a usted su porcentaje de titularidad sobre el inmueble.
Es algo que tocará pelear en el proceso de divorcio, y si hay niños.
Próximamente compraré la que será nuestra vivienda habitual con mi pareja (matrimonio en gananciales desde algo menos de 1 año). El esfuerzo de compra que haremos será muy diferente: yo pondré en torno a un 85% del valor total y ella, un 15%, todo lo anterior contando con una hipoteca común que contamos a partes iguales. Esto es, hipoteca aparte, ella asumirá algo menos de un 10% del valor total de la vivienda.
Para mí, la compra anterior supone un gran esfuerzo, donde sumo mis ahorros de más de 20 años y alguna herencia pequeña familiar, que será la menor parte. Lo anterior es coherente con el esfuerzo que quiero dedicar al que será nuestro hogar familiar; dicho esto, me gustaría contar con una cierta seguridad de que, si mi matrimonio no fuera bien, no pierdo en unos días la práctica totalidad de lo que me ha costado muchos años conseguir. Tengo el caso reciente de un compañero al que, partiendo de una situación parecida (él había puesto una proporción algo menor que yo, en torno al 70% del valor de la casa) se ha quedado en la calle, con su expareja viviendo, junto a su actual novio, en la casa que él en su mayor parte pagó.
En este contexto, ¿cuál sería la forma más razonable de gestionar compra y escrituras de forma que, en caso de divorcio (y considerando una custodia compartida), cada miembro de la pareja se.quede con una parte razonablemente proporcional a la aportada? ¿Implicaría necesariamente cambiar previamente el régimen del matrimonio a separación de bienes? Si el supuesto de liquidación fuera distinto a divorcio, no tendría problema en que el reparto no fuera proporcional.
Un saludo y gracias por adelantado por vuestra ayuda.