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garantía

5 Comentarios
 
06/04/2006 19:33
gracias a todos. Volveré a la tienda y les cantaré las cuarenta,je,je
perfil Rus
06/04/2006 18:51
LEY 23/2003:

Artículo 9. Plazos.

1. El vendedor responde de las faltas de conformidad que se manifiesten en un plazo de dos años desde la entrega. En los bienes de segunda mano, el vendedor y el consumidor podrán pactar un plazo menor, que no podrá ser inferior a un año desde la entrega.

Salvo prueba en contrario, se presumirá que las faltas de conformidad que se manifiesten en los seis meses posteriores a la entrega ya existían cuando la cosa se entregó, excepto cuando esta presunción sea incompatible con la naturaleza del bien o la índole de la falta de conformidad

Artículo 6. Reglas de la reparación o sustitución del bien.

La reparación y la sustitución se ajustarán a las siguientes reglas:

Serán gratuitas para el consumidor. Dicha gratuidad comprenderá los gastos necesarios realizados para subsanar la falta de conformidad de los bienes con el contrato, especialmente los gastos de envío, así como los costes relacionados con la mano de obra y los materiales.

Deberán llevarse a cabo en un plazo razonable y sin mayores inconvenientes para el consumidor, habida cuenta de la naturaleza de los bienes y de la finalidad que tuvieran para el consumidor.

etc,etc,etc.

perfil Gem
06/04/2006 18:31
Hola, sé que hay empresas que si tienen en el mismo lugar el servicio de reparación te lo arreglan allí, pero sino, te instan a que vayas a cualquier sitio de los que te señala la garantía ( que tienen un morro) por que en pricipio son los que se tienen que hacer cargo...pero se quitan el muerto de encima para que lo lleves tú, pero que te pidan dinero por llevarlo ellos, eso creo yo que no están legitimados para hacerlo. site lo piden pídeles tú el libro de reclamaciones, y ya verás qué rápido te dicen que no.
perfil Rus
06/04/2006 10:13
Me acaba de llegar esto desde la web de la OCU. No es el mismo caso, pero sirve para mostrar los abusos.


E.V. llevó su DVD de la marca Philips al Servicio de Asistencia Técnica Euroservice. Al mostrar el DVD estropeado, la señora que le atendió le preguntó si estaba en garantía, y al contestar que no, le pidió un depósito de 80 euros. E.V. quiso saber qué ocurriría en caso de que la reparación tuviera un coste inferior, si le devolverían la diferencia, a lo que la señora respondió con un no rotundo; sólo añadió que si la avería finalmente costara más de 160 euros, le llamarían para hacer un presupuesto. E.V. comentó si le estaba queriendo decir que se comprara un DVD nuevo, pero ella contestó que no, que era norma de la casa pedir 80 euros de depósito porque era lo que costaba la avería (¡y ni siquiera había preguntado qué le pasaba al aparato!).

E.V. llevó el DVD a otro servicio técnico (no Philips), donde avisan para hacer un presupuesto en caso de que la reparación sobrepase los 55 euros. Finalmente, la avería, que no era nada, sólo le costó 15,07 euros...

A la luz de esta experiencia, E.V. preguntó en la Asesoría Jurídica de la OCU si existe alguna normativa por la que un servicio técnico pueda exigir el pago de un depósito. Como le respondimos que el cobro es improcedente, E.V. presentó una hoja de reclamaciones. La Agencia de Consumo de la Generalitat de Cataluña le ha comunicado que ha abierto un expediente para aclarar esta cuestión.

En los talleres de reparación y asistencia técnica pueden cobrar por la elaboración de un presupuesto que no se acepta. Estos precios suelen fijarse en función del precio de mano de obra, que deben estar expuestos al público. Antes de dejar un aparato para arreglar, pregunte por todas las cuestiones relativas al coste y si no le convence, haga como nuestro lector E.V.: diríjase a otro servicio que le ofrezca más garantías.


perfil Rus
05/04/2006 14:04
No.

Sólo te pueden cobrar (la reparación) si la avería te la achacan a tí por un mal uso. La ley de garantía dice que durante los 6 primeros meses se entiende que el fallo viene de fábrica, y que a partir de ahí, el consumidor debe probar el defecto. Esto supondría abligarnos a presentar un peritaje al servicio técnico corresponidente, lo cual es absurdo.
Es el servicio técnico quien debe presentar el informe elaborado para investigar el origen de la avería (si llegan a la conclusión de que el fallo se debe a un mal uso, deberían exponer en qué se basan).

Esto que acabo de decir no tiene mucho que ver con la cuestión, me doy cuenta, pero lo dejo por si sirve de algo.

Conclusión y consejo: La ley de garantías no dice nada de que el cliente deba llevar el aparato al servicio técnico o que la tienda pueda cobrarlo. El establecimiento responde y ya está.

Pide una hoja de reclamaciones y preséntala en la Oficina Municipal de Información al Consumidor. Lleva el ticket de compra.
Garantía
05/04/2006 13:52
HOLA, compré un equipo de musica y se ha estropeado antes de los dos años de garantía. Lo digo en la tienda y me dicen que si ha pasado más de un año lo tengo que llevar yo mismo al servicio técnico o si lo llevan ellos me cobran. Es eso así?