Hola, mi tema es el siguiente, compré un coche de segunda mano hace 3 meses y le han surjido 2 fallos, uno en la parte electrica y otro en la parte mecanica, el de la parte mecanica, el coche pierde un poco de aceite, en la electrica el coche no se ponía en marcha. EL compraventa me comentó que lo electrico no cubre la garantia y lo de la perdida si. Hoy me ha llamado y dice que la parte electrica está reparada y la paga el 250€, pero que la del aceite no le corresponde, que es un fallo sucedido después de comprarlo y que tendré que pagar 250€. Esto funciona así? o ha de cubrir el todo lo que le surja al coche?, quisiera saber si es mejor pagar y luego informarme de que es lo que me correspondia pagar o no?
Ante todo gracias por la respuesta. Entonces según esta avería de la perdida de aceite, si ha surjido a los 3 meses de comprarlo, el vendedor no se ha de hacer cargo? como se yo si no es una pieza en mal estado que ya tenia el vehiculo?, entonces el puede decirme que esa avería va acorde con el kilometraje del vehiuclo?,
Entonces por lo que entiendo yo es que esa reparación la he de pagar yo.
Yo no soy mecánico, y por lo que veo, tú tampoco. Si quieres que te lo pague, tendrás que acudir a un perito mecánico y qye te diga si esa avería estaba antes o no, y que te lo certifique.
Total, más el collar que el perro.
Saludos, mi caso es que compre un vehiculo a un compraventa profesional, yo rebaje el precio del coche, y el que dijo que quitaba la garantia del vehiculo. hicimos el contrato de compra-venta y reflejamos con puño y letra y firmado por ambas partes que yo renunciaba a dicha garantia, el casos es que en menos de 2 meses e tenido una averia seria en la caja de cambios, y e leido en varios sitios que no se puede negociar la garantia ya que es una ley, estoy pensando en demandarlo ya que es algo que me an recomendado en el taller. es cierto que la garantia en ningun caso se puede anular? esta obligado a darla?
Si quien le vendió era una empresa dedicada profesionalmente a la venta de vehículos (a estrenar o usados, tanto da) y usted compró el vehículo para su uso privado, la cuestión de la garantía queda así:
1º. El pacto por el que usted renuncia a la garantía es nulo. Ha de entenderse que la vendedora se condujo con mala fe y que sabía que estaba vendiendo algo con problemas.
2º. La garantía, si no se dice nada, es de 2 años. El comprador y el vendedor, no obstante, pueden pactar que solo sea de 1 año, pero jamás menos.
Por tanto, su vehículo está en garantía y puede usted ejecutarla exigiendo que se le repare sin coste o que le entreguen otro vehículo. Durante el tiempo que dure la reparación, se suspende el periodo de garantía y este empieza de nuevo a contar cuando se lo entreguen.
Coincido con Juan Carlos. Ese pacto de renuncia expresa a la garantia es nulo, así lo establece la ley de consumidores y usuarios. Ya ha habido pronunciamientos judiciales en este sentido. Reclame para que le arreglen el coche.
Saludos.