Hola, mi nombre es David, y tengo un problemilla con el alternador de mi coche, os comento un poco por encima, a ver si alguien me puede ayudar:
El día 7 de Enero de 2010 me pusieron un alternador nuevo en un taller Bosch Car Service en Huelva, y el día 31 de Octubre de este mismo año(2011) me vuelve a fallar, en el taller me dicen que puede entrar en garantía o no, y hoy, día 2 de Noviembre de 2011 me dicen que la empresa que distribuye esta pieza, (electrobat), sólo dá un (1) año de garantía y que tengo que pagar 544€ si quiero que me lo arreglen, alternador + mano de obra y materiales.
Después de indagar un par de horas por internet, encuentro algunas páginas de derechos de consumidor y leyes en las que saco en conclusión que todas las piezas nuevas deben tener dos (2) años de garantía: Real Decreto Legislativo 1/2007 16 de Noviembre. Concretamente: Capítulos II y III del Título V, artículos 118 hasta el 123.
Si aquí dice que se deben dar dos (2) años de garantía y sólo me dan uno (1), ¿Qué puedo hacer? ¿A qué tengo derecho? ¿Está infringiendo la Ley esta empresa? ¿Quién se debería de hacer cargo de la reparación?
Gracias de antemano por vuestra ayuda, espero respuestas por favor, ya que es extremadamente urgente, estoy en números rojos y necesito mi coche para ir al trabajo, que está a 155Km de mi casa; también espero no haberme equivocado en nada ya que soy nuevo por aquí.