La Ley de Ordenación de la Edificación (LOE en vigor desde el año 2000) reconoce un plazo de garantía para las obras que afectan a la salubridad (humedades, filtraciones o envolvente térmica entre otros) que se establece en 3 años.
Si la empresa quiebra la garantía se pierde.
Es lo que se denomina, fin de contrato por disolución de una de las partes.
Buenas tardes.
Si una comunidad de vecinos solicita a una empresa el arreglo de un tejado
-¿Cuanto es el tiempo de garantía de dicho arreglo?.
-Si esa empresa entra en concurso de acreedores y se produce algún desperfecto en el arreglo durante el periodo de garantía ¿que debo hacer?