Un trabajador notifica por burofax a la emrpesa que entiende que ha sido verbalmente despedido pero es falso y requiere a la emrpesa para q lo readmita en el plazo de 48 h, si no entiende el despido como consolidado e interpondrá papeleta de conciliacion.
¿Puede la emrepsa despedirlo a traves de burofax reconociendo directamente la improcedencia y consignando salarios?
¿Incurririamos en riesgo de Nulidad por alegeacion de garantia de indemnidad?
Decidme algo rapido que de los nervios me estoy comiendo las uñas hasta de los pies.
JEJE.
Gracias de antemano compañeros
PD: Ya se que si la papeleta esta puesta o la demanda o la denuncia ante Inspeccion el riesgo de Nulidad lo tenemos pero es que la papeleta no la pondra hasta pasadas las 48 h.
Hola arthur, no entiendo porque ha de alegar garantia de indemnidad, si la unica demanda es la de despido
Cuestion distinta seria que el trabajador estuviera inmerso en algun proceso de reclamacion de derechos o incumplimientos de la empresa, entonces el juez si podria estima despido nulo por vulnerar la garantia de indemnidad
Suponiendo que la version del trabajador fuese cierta y que ha sido despedido verbalmente, esta en su derecho de reclamar por despido improcedente y no nulo, ya que al no observar la forma escrita el dispido disciplinario es improcedente nunca nulo por esta causa
No veo problema es mandarle un burofaz comunicandole el despido reconocido improcedente desde la fecha que el alega y si han pasado las cuarentaiocho horas paga los salarios de tramitacion
Gracias Federico por tu gran ayuda, aunque lo que necesito saber es lo siguiente:
La empresa está dispuesta a reconocer la improcedencia y abonar la máxima indemnización pero no quiere asumir riesgos de posible nulidad, es decir, el trabajador acaba de envíar un burofax a la emrpesa diciendo que se le ha despedido verbalmente (cosa que no es cierta) y que da 48 h a la empresa para decidir si le readmiten o no (en este ultimo caso advierte de que considerará el despido consolidado e interpondrá acciones legales).
El tema es el siguiente:
Si lo despedimos ya, hoy mismo, ¿podemos tener problemas, por el burofax envíado por el trabajador, en base a una posible garantía de indemnidad vulnerada (Ya que reclamó a través de un burofax y la emrpesa acto seguido le despide)? ¿o sería necesario que para entender vulneración de garantía de indemnidad se interpusiese papeleta de conciliacion?
Por favor Federico, espero tu sabia respuesta.
Gracias de antemano.
Hola arthur, como ya te he dicho antes el trabajador que reclama ante un despido disciplinario hecho con defecto de forma no tiene garantia de indemnidad, salvo que el despido hubiera sido inculcando alguno de los derechos fundamentales o alguno de los supuestos especificados como nulos en el ET
Como el trabajador demanda por un despido que la empresa niega, pero que esta dispuesta a reconocer y este ha sido hecho de forma verbal, incumpliendo lo estipulado en en el art, 55.1
El mismo articulo en su punto 2 reconoce a la empresa un plazo de 20 dias para la subsanacion de errores con ciertas garantias para el trabajador
"Si el despido se realizara inobservando lo establecido en el apartado anterior, el empresario podrá realizar un nuevo despido en el que cumpliese los requisitos omitidos en el precedente. Dicho nuevo despido, que sólo surtirá efectos desde su fecha, sólo cabrá efectuarlo en el plazo de veinte días, a contar desde el siguiente al del primer despido. Al realizarlo, el empresario pondrá a disposición del trabajador los salarios devengados en los días intermedios, manteniéndole durante los mismos en alta en la Seguridad Social.
Es decir no puede aducir nulidad por inculcar la garantia de indemnidad, siempre y cuando este trabajador no estuviera inmerso en otras demandas contra la empresa
Ah vale!!!! creo que ya te entiendo Federico... dime si voy bien o si no es esto, por favor... lo que quieres decir es que como la reclamación del burofax viene por un tema de despido, lo único que haría la empresa despidiendole improcedentemente sería asumir esa reclamación como cierta pero no tomar una represalia por lo que no se podría invocar por el trabajador la garantía de indemnidad ¿es así no?
Otra pregunta ¿y si el burofax hubiera contenido como tema de reclamación una reclamación de correcto encuadramiento de categoría profesional por mal encuadramiento de categoría profesional asociado a una reclamación de cantidad reclamada a través de burofax a dirigidop a la empresa (y todavía no se hubiera interpuesto ni papeleta, ni demanda, ni denuncia ante la ITSS) y la empresa antes de interponer nada de esto despide al trabajador improcedentemente consignando la indemnizacion ¿Se estaría vulnerando la garantía de indemnidad? Espero tu sabia respuesta Federico...
Gracias por anticipado...
Hola arthur, perdona por no contestar antes pero no me va muy bien la conexion a la red
Efecitvamente es tal como lo interpretas no hay garantia de indemnidad cuando lo que hace es reclamar por despido
Ante el segundo supuesto si podriamos estar ante un supuesto de vulneracion de garantia de indemnidad y asi lo podria interpretar el juez, ya queel burofax certifica una pretension del trabajador y ante esta la empresa opta por despedirle