Intachable la respuesta de Paquito, que suscribo íntegramente.
Mire a ver si ese compraventa profesional está adherido a arbitraje de consumo. Si no lo está, intente de todos modos una reclamación a través de la OMIC (oficina municipal de información al consumidor).
Pida la hoja de reclamaciones, si no se la quieren dar, llame a la policía municipal.
Es importante que pueda usted acreditar que surgió la avería dentro del plazo de garantía: mande inmediatamente un burofax con acuse de recibo y certificación de texto al vendedor comunicándole la existencia de la avería y requiriéndole la reparación en garantía.
Las pólizas de seguro de auto suelen incluir la cobertura de reclamaciones al taller por garantía.
Si no recibe respuesta en un plazo prudencial acometa usted el arreglo y guarde la factura. Luego la podrá reclamar por vía judicial. Peor esto sería el último paso, porque supone adelantar dinero, y luego tal vez intenten escudarse en la imposibilidad de peritar el auto ya reparado: por ello, la factura ha de ser muy clara y es posible que el mecánico que la emita tenga que ratificarla en juicio.
Es de aplicación el Real Decreto 1457/1986, derechos de los usuarios, garantía de la reparación y el trámite de reclamaciones a talleres.
El plazo para reclamar para vicios ocultos sirve por ejemplo para cuando no se vende con garantía o es de un plazo inferior a esos 6 meses. Si ya se ha superado no puedes reclamar en base a ese derecho, pero si la venta tiene garantía de un plazo mayor pues reclamar la garantía; lo que te sea más beneficioso. Si la garantía expande este plazo, pues se tendrá que cumplir, según lo que se estipule en ese contrato de garantía.
Hola a todos, compramos un vehículo de segunda mano en un compraventa, la garantía de un año vence este mes de marzo, pues bien el coche le ha salido una avería que según dice la máquina que lo detecta "perdonad pero no me acuerdo del nombre" es un averia de caja de cambios y bomba de aceite.
Pues bien,el vendedor dice que no se hace responsable de la avería por que al coche se le han hecho más de 30 mil k , lo cual no es legal hasta donde sé.
Nuestro problema es que no sabemos si esa avería es un vicio oculto y en caso de no serlo si la garantía lo cubre. Otra duda que tenemos es que según hemos leído los vicios ocultos solo se pueden reclamar en los 6 meses posteriores a la venta. Entonces la pregunta sería, para que Dan garantías de un año si solo se puede reclamar vicios ocultos 6 meses? Estamos un poco desconcertados y no sabemos qué hacer. Agradecería que en lo posible me sacasen de dudas.
Gracias