Tiene garantía un producto adquirido por un particular a otro que tenga una antigüedad de un año?
El producto en principio fue comprado nuevo en España a un profesional que se dedica a importarlos y comercializarlos aquí y revendido un año después por el primer adquiriente a otro.
Yo pienso que le debería quedar un año de garantía, pues se vendió con dos años como establece la ley y no he encontrado nada que exima de esa obligación porque se haya transmitido el producto.
A ver si alguien está al cabo de estos asuntos. Gracias.