Hace 10 años un funcionario realizo dentro de una instalación publica un cobertizo a modo de garaje del que ha estado haciendo uso, ahora al ser requerido por escrito, se niega a abandonar el mismo, tiene algun tipo de derecho adquirido.
No creo que tenga ningún derecho adquirido porque para adquirir algún derecho, es necesario que obre de buena fé(art. 1950 codigo civil,es decir que creyera que recibio la cosa de quien era dueño de ella) y es necesario también justo titulo( o titulo en el que se le transfiere ese dominio o derecho).
Al ser suelo publico creo que deberia denunciar esta situación en su Ayto.