Hola
me han desestimado un recurso de alzada, TRAS NUEVE MESES, y me lo notifican el 29 de julio.
Para ganar tiempo y soslayar el inconveniente de tener el mes de agosto por medio, aunque se ha agotado la vía administrativa se me ha ocurrido ponerles un recurso de revisión de oficio, o bien un recurso estradordinario de revisión, porque además, existen errores de hecho y una supuesta violaciín del art. 14 CE.
Mi pregunta es si paralizo el plazo de interponer recurso contencioso administrativo mientras me responden al nuevo recurso o bien pasan los tres meses y hay silencio.
gracias por responder. Ya tengo el recurso de reposición bastante avanzado, aunque sea por tocarles las narices......
Una pregunta: si en el recurso afirmo que la administración está obrando de mala fe hacia sus trabajadores (no soy el único con el mismo problema), y un chapucero escrito que me enviaron es fraudulento, ¿puedo meterme en algún lio?.
Realmente pienso eso.