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gananciales

18 Comentarios
 
12/05/2015 11:06
Juansan, el inventario de bienes se realiza en presencia del secretario judicial. Un saludo.
12/05/2015 11:05
Huida, si hay acuerdo entre las partes, bastará acercarse a una notaría y hacer en ella la disolución, liquidación y adjudicación y, presentación de la exención del impuesto, no tienes que presentar ninguna demanda.
Y si, es un procedimiento distinto que se turna. No entiendo que estando de acuerdo, se inicie un procedimiento judicial cuando se puede solventar en notaría con menos coste.
Juansan: debe contratar abogado y procurador o soilicitarlos del turno de oficio. El procedimiento se inicia con un inventario al que es obligatorio por imperativo legal que acudan ambos cónyuges o ex cónyuges so pena de mostrar conformidad con el que presente el contrario. Si no hay conformidad con la inclusión o exclusión de bienes, sobre los que exista discusión se celebra una vista que se sustancia por los trámites del juicio verbal donde el juez determina si el bien se incluye o no y la naturaleza del mismo (ganancial o privativo) si se discutiera. Hecho ésto, se designa contador partidor y peritos para valorar determinados bienes (en el inventario no es obligatorio valorarlos, pero si conviene por si hubiera acuerdo en ese valor) y, en los dos meses siguientes, el contador debe realizar la liquidación y adjudicación. Hecha, se les da traslado para que muestren conformidad o no y si es no, se decide el juez o la audiencia si procede ulterior recurso. La resolución que ponga fin al procedimiento, salvo en lo que no exista discusión, no tiene efectos de cosa juzgada, lo que le permite si no está conforme, acudir a dirimir la cuestión (ejemplo, si le excluyen determinados bienes) en el procedimiento declarativo oportuno.
Un saludo.
12/05/2015 00:30
Muchas gracias Victority!
Las partes ya han firmado el convenio. Lo presento entonces con la demanda solicitando la aprobación judicial? Con el mismo número de expediente que el divorcio de hace dos años?
Es que me dijeron que el juez que los divorció hace dos años puede desestimar ahora la nueva demanda de la liquidación, por entender que es un procedimiento distinto.
27/04/2015 13:17
Mi experiencia es que Sevilla es mas lenta que Madrid.
26/04/2015 20:44
en Sevilla?
26/04/2015 19:36
Si no hay acuerdo, depende la localidad, pero en total, 10 o 14 años (yo lo he visto).
25/04/2015 11:35
cuanto se estima puede tardar mi proceso en contencioso? gracias
25/04/2015 10:52
Así es, Huida.
25/04/2015 03:44
Aprovechando el tema, me gustaría hacerles una pregunta, a ver si me pueden ayudar.
En un procedimiento de divorcio, hace ya dos años, se dejó la liquidación de bienes gananciales para un momento posterior.
Ahora las partes quieren liquidar la sociedad y están de acuerdo en todo, en el activo, pasivo y adjudicación.
Debo presentar junto con la demanda un convenio firmado por ambas partes para su posterior ratificación?
En ese caso, ese convenio (junto con la demanda) se dirige al mismo juzgado y número de procedimiento que el procedimiento de divorcio de hace dos años?
Gracias!
24/04/2015 15:08
Si tengo que hacerlo por contencioso cuanto se estima puede tardar el proceso
24/04/2015 08:30
Efectivamente, se puede iniciar la negociación para ver si puede realizarse de mutuo acuerdo, en cuyo caso o bien se homologa el acuerdo en el juzgado o se hace la liquidación y adjudicación en el notario.
23/04/2015 18:57
Su abogado puede iniciar na negociación previa con el abogado contrario para intentar llegar a un acuerdo; pero si éste no es factible, se pasa al juzgado.
23/04/2015 15:37
Supongo que una vez mi abogado haga el invemtario lo pasaria a su abogado contrario com el fin de no recurrir al juzgado es asi? Gracias de nuevo
23/04/2015 12:59
Como le indican, necesita un abogado y un procurador; Ud. solo no puede hacerlo, salvo que sea uno de estos profesionales.
23/04/2015 12:42
Lo realiza la parte que inicia el procedimiento (con abogado y procurador). Se realiza un cuaderno que contiene el activo y el pasivo de la sociedad de gananciales.

Si la otra parte está de acuerdo, se conformar, y si no lo está, habrá una vista para discutir qué bienes forman parte de los gananciales y su valoración.

AR.Abogada, Alicante
www.arabogada.es
23/04/2015 12:38
Gracias dice que se inicia con el inventario y quie
n hace ese inventario
23/04/2015 10:13
Ello si no hay acuerdo, porque si lo hubiera se puede solventar en el notario.
23/04/2015 09:44
Es un procedimiento que se inicia con un inventario; luego se celebra una especie de vista con el secretario del juzgado y si no hay acuerdo, se pasa a juicio (contado para que se entienda).
Gananciales
22/04/2015 22:09
Como he de proceder para liquidar los gananciales