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gafas gasto extraordinario?

21 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 21 comentarios
01/05/2013 11:42
Y ami también me dirá el tiempo si tengo razón sobre usted.

Respecto a opinar sobre un tema que está bien especificado en derecho es peligroso sobre todo por que lleva a engaño a otras personas y las consecuencias pueden ser graves a según que economias.

Y yo creo para ser persona y no tener complejo de tarjeta de crédito lo primero es ver que si tu hijo necesita algo no cubierto por la seguridad social es obvio que habrá que comprarlo por que lo primero al menos para cualquier buen padre o madre deberia ser el bien estar de sus hijos por encima de rencillas, odios, etc etc.

Y si defiende al cree que por ley tiene razón, que casualidad que en este caso defienda al que no la tiene...ya iremos viendo a cuantos más sin razón defiende...
01/05/2013 02:09
Marina5, el tiempo me dirá si tengo razón respecto a mi opinión sobre usted.
Yo no aliento a nadie para que no pague, si no que aconsejo a que primero sean personas y luego tarjetas de crédito.
En mi caso puede comprobar que defiendo al que creo que por ley tiene razón y no soy yo quien tiene la culpa de que la actitud de muchas custodias no sea la correcta.
01/05/2013 01:58
Soy padre (no custodio) y he de decir que me parece obvio que las gafas son un gasto extraordinario a abonar. Las razones ya se han apuntado: es un gasto no previsible y no cubierto por la Seguridad Social.
30/04/2013 23:25
Perdone???

En que se basa usted para decir que yo defiendo a las madres por sistema???

Yo podria decir entonces lo mismo de usted que defiende a los padres por sistema, no??

Mire lo diga la sentencia o no hay gastos que son extraordinarios, es decir los que no entran en seguridad social.

Si la madre de esa niña demanda al padre por este motivo seguro que gana el pleito, y luego dirán que que malísima ha demandado y nos ha hecho gastar dinero. Pero es que algunos y algunas nuevas esposas se merecen que los pongan en su sitio.
Es de cajón que este concepto de gastos extraordinarios no hay ni que ponerlo en sentencia, imaginese que en vez unas gafas es una silla de ruedas u otro aparato caro no cubierto, es de cajón que esos gastos no entran en la pensión de alimentos.

Pero nada usted a alentar a que no las pague, que luego ya le llegará la demanda.

Y le digo lo mismo, si me permite no defienda siempre a los padres por sistema que un dia puede tener un yerno que le haga ver que hay hombres que no son tan buenos.
30/04/2013 22:20
Martina5, has leído las sentencias, de todo el mundo?
En el caso de pepa68 te dice que en su convenio no pone nada de gastos extraordinarios, se entiende que en su caso las gafas no lo son.
De todas formas creo que si el gasto es urgente se puede evitar el consenso, los demás gastos en principio siempre son necesarios para el menor, aunque sea jugar a fútbol.
Yo gracias a mi tesón, perseverancia y no pagando lo que no me correspondía, hoy vivo con mi dignidad intacta.
Martina5, si me permite un consejo no defienda a la madre por sistema, puede que algún día tenga alguna nuera que le haga ver que hay mujeres que no son tan buenas.
30/04/2013 19:18
Las gafas siempre son gasto extraordinario ya que aunque las llevarán con anterioridad, nunca se sabe y menos en niños cuando hay que cambiar cristales o montura.
Como gasto extraordinario necesario no necesita de consenso entre las partes, ya que si uno no quiere y hay que acudir al juez pueden pasar años sin que pudiera llevarlas y repito son necesarias.


Esta claro que como ambos pagan la mitad siempre se buscará la mejor opción que no tiene por que ser la más económica, puede ser la de mayor calidad(cristales hay de muchas clases)y los precios varian mucho, antireflejantes, con reducción de grosor etc.

Si algún no custodio no está de acuerdo después de pagar ya que corre prisa en estos casos que las lleve el niño, que demande y le diga al juez que su exmujer compró los mejores cristales, a ver que le contesta el juez...
30/04/2013 15:29
Vaya!! Aún a riesgo de resultar repetitiva, estimados moderadores o administradores del foro: estas palabras "que panda de miserables sois todos los padres", siguen ahí!

Se permite insultar de forma tan ostensible y gratuita, sin que ni siquiera se borre tu mensaje?
Gracias
29/04/2013 15:20
Pero...continúa el mensaje?

Nuria, perdona que me haga eco de tus palabras, pero...como bien dices en otro hilo y yo añado mi punto de vista: hay mensajes que, además de ser una total falta de educación y de respeto, hacen daño a la vista.
No entiendo cómo siguen ahí!!
29/04/2013 10:37
Buenos días, pepa68 ,te doy mi opinión, asesoraros bien, si no teneis obligación, no pagueis nada , te lo digo por experiencia, si lo haceis, seguirá queriendo "sacar" los ojos al papá.
Por otra parte , de acuerdo totalmente con mamaria, hay posteros que solo entran a faltar al respeto, incordiar y manchar el foro, aquí estamos para ayudarnos los unos a los otros, dentro de los conocimientos que tenemos cada uno, a veces sacamos cunclusiones equivocadas,(yo la primera)pero siempre desde el respeto a la persona que le respondemos y a los demás posteros, en fin, como dice mamaria sins comentarios, lo peor en estos casos es porque hay quienes por comentarios de este tipo,deja de entrar, con el perjuicio que suspone para quienes son personas respetuosas y que necesitan ayuda y/o asesoramiento.
Yo tb espero que estas descalificaciones no se queden ahí escritas.
Un saludo
29/04/2013 10:06
Es lo más "fácil" pepa68.
Pensar y decir que todos son iguales. Que siempre es cuestión de dinero y que no quieren pagar.

Lo de "miserables".........ni lo comento.
Aunque vuelvo a preguntar a quienes moderan el foro: se permiten ese tipo de comentarios???

Allá cada cual...................................

Un saludo pepa
28/04/2013 21:07
Como veo qe ha gitanofeo le interesa, le contestare.
Nomina de 1180eu
Manutencion 250eu
Hipoteca 400eu.
No es x n pagar la mitad d las gafas (en el momento dl divorcio ya llevaba gafas) es qe considero qe con la manutencion ya las paga, son las maneras d hacer las cosas, sin consenso y exigiendo y amenazando.
Otra d las ultimas qe ha hexo, se fue dl piso diciendo qe n podia pagar hipoteca, se va d alquiler, se acuerda cn el banco d estudiar una dacion, pues despues d 5 meses se vuelve al piso, las intenciones me las imagino, no firmar dacion y esperar qe embarguen?? Asi beneficiarse d las nuevasleyes d hipoteca.
Consecuencias? Tanto ella como nosotros embargados d x vida, ella no tiene nada mas, nosotros si la casa dnd vivimos, y lo peor de todo?? El mal trago qe pasaran los hijos!!!

Supongo qe denunciara ami marido x las gafas y x todo lo demas qe se le ocurra. Luego nosotros demostrar que no tiene razon (seria la 4 vez)
Gracias x leer y opinar
28/04/2013 04:24
Todos somos buenos, hasta que dejamos de serlo. Pero el dejar de serlo ha de quedar constatado con pruebas, dentro de un proceso legal con las debidas garantías procesales y de base, como debe ser propio de cualquier estado de derecho. En España ningún hombre las tiene desde hace muchos años, ya no, con las violaciones que venimos padeciendo los varones en España, por el simple hecho de serlo, ves cómo te es adjudicada la culpabilidad por decreto ley o ley de género. Los hombres y padres somos seres humanos y se nos deben garantizar nuestros derechos como tales, estoy hasta las huevas de que me señalen, por nacer con un par de huevos, con calificativos de machista ancestral, ser del averno, que mi paternidad no sirva de nada y un sinfín de prejuicios de género. Por suerte soy de los que jamás diré, eso llevo ganado en mi devenir, que un par de huevos no valen lo mismo que un par de ovarios. Pero la vaquiña por lo que vale, sin más.

Esto, y mucho más, amparado en un discurso racional, es lo que hace que me pueda ciscar en el estado español, por derecho natural, sin miedo a que queden comprometidos, en manera alguna, cuestiones de moralidad, ética, expresión práctica de la primera, decencia, justicia, tras ella la defensa de unos derechos básicos que sólo al amparo de un auténtico estado de derecho se defienden a capa y espada por los que lo gobiernan, y muchas otras cuestiones que hacen de los políticos españoles lo que son. Parásitos sociales y un grano en el culo de todos los españoles bien nacidos. Ellos, y sólo ellos, son la crisis, la ruina de este país.

Si el gran pecado capital de todos los españoles es votar entre A o B, sólo, mismos perros con distinto bozal, sigan así, olé. Pero luego no se quejen de que los jubilen a los 90 y les exijan 40 de cotización, ni de que la paternidad quede reducida a una tarjeta de crédito o débito, ni que el señor Rajoy meta su digitus medius y rebusque en sus esfínteres anales la manera de sustentar su forma de vida y la de su casta, y en ésta está incluida esa que dice ser del proletariado. Sólo pediría que a mí no me impliquen en sus problemas. Disfruten pero no me jodan.

Salvo mejor opinión.

Un cordial saludo

28/04/2013 04:22
Hola:

Lmn81, efectivamente, entre las características principales de los gastos extraordinarios nos encontramos con dos básicas, la necesidad, esto quiere decir que no ha de estar sujeto a capricho de ninguna de las partes, hijo, madre o padre, y la no previsibilidad del gasto, es decir, el gasto ha de surgir del gasto por una necesidad imperiosa del menor que no se ha podido establecer cuando se dictó la correspondiente sentencia. Hay diferencias entre cuando el menor ya usaba gafas y cuando le sobrevino la necesidad, entre el antes de y el después de.

Por otra parte, nunca la existencia de esa necesidad exime del consenso, de la necesidad del acuerdo entre las partes obligadas al pago. En caso de no consenso la ley indica que se debe recurrir a la resolución judicial.

Si la necesidad existe realmente es fácil de determinar, informe del profesional de turno, con derecho a ser contrastado por el informe de otro profesional. Pero la existencia de este no conduce al derecho de una parte, la custodia normalmente, a decidir sobre el gasto en exclusiva. No. Debe haber consenso o, en su defecto, pronunciamiento judicial al respecto.

Mi ex me puede decir la nena, o el nene, necesita gafas, hasta ahí no hay problema. El problema viene cuando te dicen son 300 morlacos del ala, sin mayor explicación ni fase de negociación. O sea, que la parte custodia hace y deshace y convierte a la no custodia en un pagador per se, sin derecho al libro de reclamaciones. No es así y, lo correcto, es seguir la siguiente secuencia:


1.- Se establece la necesidad del gasto. OK. Algo también sujeto a contrastación.

2.- La parte custodia propone un costo, presentando presupuesto o presupuestos.

3.- La parte no custodia tiene el derecho a estudiar el o los presupuestos, informarse, pedir otros, y proponer otros, tan documentados unos como otros. Si estos resultaren ser inferiores a los propuestos por la otra parte es obvio cuales deben prevalecer.

Pero no, el típico comportamiento de la parte custodia se remite, experiencia manda, a lo siguiente:

1:- El nene o nena necesita gafas, son 300 del ala, me los pagas sí o sí porque son gastos extraordinarios. Como diciendo: Yo ya me he encargado de todo, huevón. O sea, los pasos 2 y 3 se los pasan por el arco de triunfo. Como quien “baipasea”, se pasa por el arco de triunfo, conceptos legales como los son la patria potestad y el ejercicio de la paternidad, entre otros, hasta los derechos básicos de un consumidor cualquiera de un producto o servicio se “baipasean” en estos temas. Pensando que el hecho de ser custodio es como tener un título de propiedad donde dice que mis hijos son míos y su padre, no digo madre porque todos sabemos de lo que hablamos en España, uno que pasaba por ahí con una tarjeta de crédito o de débito. Sin más y así de crudo. Hechos mandan y son incuestionables. Me remito a ellos.

Esto último deja la puerta abierta a una variante del timo de la estampita, a la picaresca en estado puro, y en España se inventó tal, ahora en su modalidad de “con menor de por medio”. En España se está haciendo algo mucho peor que mandar a menores a ejercer la mendicidad, se los está utilizando para garantizar lo que ninguna compañía de seguros, ni banco, ni estado, oferta, ni puede cubrir, de cajón. Como en el banco, en el seguro o en el Inem o similares me mandan a la M, voy a ver si el padre de mis hijos, me lo da. Cuando a una mujer, por el simple hecho de tener unos hijos, se le facilita el derecho básico a una vivienda, a un techo, porque tú lo vales al haber parido, algo falla cuando lo es acosta de las espaldas de un hombre y poniendo como justificante moral a unos hijos comunes. ¿Igualdad? Si, por mis webs. Así de crudo, aunque nadie parece hablar tan claro. Es más, afirmo, la mafia siciliana, es producto español, con esto queda dicho todo, dejo a los lectores la capacidad que presupongo de comprobarlo. Lean, aprendan, pues ilustra, y aleja de la cultura adquirida de un 47 pulgadas de tecnología LED, Light Emitting Diode, con un ángulo de visibilidad de 160 grados, donde ven su programa favorito de porteras, de verduleras de pro, con menos aprovechamiento neuronal del usual en una ameba.
28/04/2013 02:17
cuanto pagas de mautencion? y te digo si llega para las gafas
27/04/2013 23:02
Gitanofeo no es que no quiera pagarle la mitad de las gafas, es que ya se las paga cada mes, sea o no gasto extraordinario en el convenio de divorcio no dice nada y se presupone que todos los gastos de la niña entran en la manutencion
27/04/2013 15:40
Mensaje eliminado por incumplir las normas de participación en los foros de PorticoLegal.com.
27/04/2013 13:37
Entiendo que es extraordinario, necesario previo informe médico de aumento o disminución de la graduación, o que conste la rotura de las gafas, etc. El gasto no es periódico ni previsible pues puede no puede establecerse cuando aumentará o no la graduación, si se romperán las gafas, si le quedarán pequeñas, etc.
Cuando le solicite el pago, remitale burofax solicitando que le aporte el informe del oculista anterior y el actual (o del óptico en su caso).
Un saludo-.
26/04/2013 21:32
Se me ha cortado el anterior mensaje, sigo:
Pero el gasto tiene que ser justificado, no sirve con que el custodio diga que el niño necesita gafas o una prótesis o aparato dental (por poner un ejemplo), tendrá que ir acompañado del informe del médico especialista que lo diga y el porqué lo necesita.
26/04/2013 21:15
Si el gasto extraordinario es necesario como unas gafas o una prótesis el juez sí que puede obligar al no custodio a pagar la mitad pero el gasto tien
26/04/2013 20:37
PulpoPaul. Respecto al aparatado C.
Tengo entendio que se entienden como gastos extraordinarios los necesarios o imprescindibles pero no previsibles. Por lo que, por su carácter de "ser necesario" no tiene por que existir el consenso de ambos progenitores. Si le hacen faltan unas gafas o una protesis (hablo en caso de que antes no las usara) está claro que es una necesidad y el no custodio no puede oponerse a pagar el 50% de dicho gasto. Mi duda es si estoy en lo cierto.
Si un no custodio no esta de acuerdo en pagar por ejemplo un protesis. ¿Un juez podría no obligarlo a pagar su parte por no haber dado su consentimiento?. Otra cos

Caso distinto es el de pepa68 porque si el menor ya las usaba cuando se estableció el convenio, se entiende que es un gasto previsible por lo tanto ordinario